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Contrato De Fianzas


Enviado por   •  10 de Mayo de 2012  •  465 Palabras (2 Páginas)  •  678 Visitas

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formato de contrato de fianzas

CONTRATO DE SEGURO

ENTIDAD ASEGURADORA

Denominación Social: SEGUROS S.A.. es el nombre comercial de SEGURIDAD (SEGUROS)S.A. , con domicilio en Calle Independencia No. 125 Tlaxcala Tlax.

Corresponde a la Dirección General de Seguros, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, el control y supervisión de la actividad de dicha Entidad Aseguradora.

INSTANCIAS DE RECLAMACIÓN Calle Independencia No. 125 Tlaxcala Tlax.

1) Servicio de Atención al Cliente cuyo reglamento se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas de SEGURIDAD (SEGUROS) S.A.

2) Con carácter general los conflictos se resolverán por los jueces y tribunales competentes.

3) Asimismo puede acudirse, para resolver las controversias que puedan plantearse, al procedimiento administrativo de reclamación ante la Dirección General de Seguros para el cual está legitimado el tomador, asegurado, beneficiario, tercero perjudicado o derechohabiente de cualquiera de ellos.

CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO

El presente contrato de seguro se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de Seguro, T.R de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, R.D. Leg 6/2004, R.D. 2486/1998 de 20 de Noviembre y por lo convenido en las Condiciones Generales, Especiales y Particulares de este contrato, sin que tengan validez las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados que no sean específicamente aceptadas por el tomador de la póliza. No requerirán dicha aceptación las meras transcripciones o referencias a preceptos legales.

El control de la actividad que desarrolla la Entidad Aseguradora, le corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda del Estado español, que lo ejerce a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

ARTÍCULO PRELIMINAR. DEFINICIONES.

Para los efectos de este contrato se entenderá por:

a) ASEGURADOR, ENTIDAD ASEGURADORA o SEGUROS S.A.

Cualquiera de las tres anteriores denominaciones se utilizan por “SEGURIDAD (SEGUROS)S.A.”, entidad que asume la cobertura de los riesgos objeto de este contrato y garantiza el pago de las indemnizaciones que pudieran corresponder, de acuerdo con las condiciones del mismo.

b) TOMADOR DEL SEGURO

La persona física o jurídica que suscribe el contrato con el ASEGURADOR, asumiendo las obligaciones del mismo -salvo aquéllas que por su naturaleza deban ser cumplidas por el ASEGURADO-.

c) ASEGURADO

La

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