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Control constitucional


Enviado por   •  13 de Agosto de 2021  •  Ensayos  •  829 Palabras (4 Páginas)  •  104 Visitas

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Control Constitucional

         El Consejo de Estado, la Corte Constitucional o los Tribunales Constitucionales de varios países emiten sentencias de análisis de normas de inconstitucionalidad de alguna norma que va en contra del ordenamiento jurídico constitucional.

El sistema de Control Constitucional

        El Sistema de Control Constitucional nace de la necesidad de poder dar un intérprete especializado a la norma constitucional, ella comprende no solamente el control de constitucionalidad de las leyes, sino toda acción y todo recurso de índole judicial destinados a asegurar la prevalencia de la Constitución. (Ortiz, 2011)

        El Ecuador ha tenido una historia muy relativo al respecto del Control de Constitucionalidad. Básicamente en el siglo XIX y hasta mediados del siglo XX el Control de Constitucional era semántico; es decir, generalmente se entregaba su vigilancia de constitucionalidad al Congreso. A este órgano le corresponde declarar la constitucionalidad de sus propias leyes lo cual generaba un problema ya que la misma institución que lo creaba lo declaraba inconstitucional. En algunos casos lo hacía por su propia iniciativa o en otros lo hacía por pedimento del llamado Consejo de Estado. (Cabrera, 2021)

        De acuerdo a la Constitución del 2008, el Ecuador conserva un sistema de Control Constitucional Concentrado, que es el sistema que se encarga de hacer efectiva la regularidad Constitucional del ordenamiento jurídico. El profesor Rafael (Oyarte, 2020) manifiesta que el Ecuador tiene un sistema de Control Constitucional aceptable como el represivo y otro que es preventivo. El Control represivo o a posteriori, ex post facto está dado primero por las acciones de inconstitucionalidad en virtud del cual se activa el Control Abstracto de Constitucionalidad de las normas, se tiene las consultas de constitucionalidad judicial que si bien se activan en casos concretos lo que hace es iniciar el control abstracto.

Modalidades del Control de Constitucionalidad

        Dentro de los modelos de control de constitucional podemos determinar: a) Por el órgano que lo controla; b) Control Abstracto y Concreto; c) Por la oportunidad; d) Por los efectos de la decisión; e) Por el inicio de la acción.

Por el órgano. - En este existen básicamente tres sistemas esto es por el órgano político, control concentrado y control difuso.

Por el órgano Político como su nombre lo dice se le encarga a uno de carácter político el órgano de constitucionalidad, es básicamente lo que proponía Carl Smichtt, en nuestra legislación ecuatoriana ocurrió hasta el año 1992 (Oyarte, 2019) donde el Congreso era el que decidía si la ley es o no inconstitucional

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