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Cuáles son las faltas absolutas y temporales del ejecutivo


Enviado por   •  29 de Octubre de 2017  •  Apuntes  •  1.735 Palabras (7 Páginas)  •  350 Visitas

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5. Cuáles  son las faltas absolutas y temporales del ejecutivo.

Artículo 233. Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia; su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional; el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.

Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.

Si la falta absoluta del Presidente o la Presidenta de la República se produce durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva.

En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período constitucional correspondiente.

Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período.

 
Artículo 234. Las faltas temporales del Presidente o Presidenta de la República serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva hasta por noventa días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional hasta por noventa días más.

Si una falta temporal se prolonga por más de noventa días consecutivos, la Asamblea Nacional decidirá por mayoría de sus integrantes si debe considerarse que hay falta absoluta.

Artículo 235. La ausencia del territorio nacional por parte del Presidente o Presidenta de la República requiere autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, cuando se prolongue por un lapso superior a cinco días consecutivos.

Faltas Absolutas:

  • La muerte: Es la desaparición física del jefe de Estado, ya se ha esta por causas naturales o no, es el cese de la vida de este,  la muerte del presidente de bebe estar certificada por una junta  médica especializada.

Ejemplo:

El 5 de marzo de 2013, a las 5:20 pm, el entonces vicepresidente de la República Nicolás Maduro, anunció en Cadena Nacional el fallecimiento de presidente Hugo Chávez, ocurrido a las 4:25 pm del mismo día en el Hospital Militar de Caracas. Tras la muerte del presidente ChávezNicolás Maduro como vicepresidente asumió la presidencia provisional, fue ratificado por el TSJ se convocaron elecciones adelantadas, las cuales gano.

  • La renuncia: Es la falta voluntaria del Presidente, ya sea a porque algún caso este no sé sienta capacitado o haiga la presión de terceros, este podrá renunciar al  cargo de jefe de Estado, aunque en la actualidad ningún presidente ha renunciado al cargo, salvo el caso del presidente Manuel Felipe de Tovar. 

 Ejemplo:

El Presidente Manuel Felipe de Tovar renuncio a la Presidencia de la República el 20 de mayo de 1861, tras la presión de una Guerra Civil que está desarrollándose en Venezuela,  cuando el General José Antonio Páez, que estaba en Nueva York, regresa a petición del gobierno para encargarse del Ejército, este sólo dura 8 días en el cargo por lo arruinado del ejército en la contienda civil.

  • La destitución: Cuando el presidente incumpla sus funciones o usurpe funciones de otros poderes o irrespete a la constitución, el  tribunal supremo de justicia bajo sentencia podrá decretar la destitución del Presidente.

Ejemplo:

Carlos Andrés Pérez, Se Convirtió En El Único Presidente En Ejercicio En La Historia De Venezuela En Ser Destituido Por Una Acción Judicial. Acusado De Malversación De Fondos Públicos Y Fraude A La Nación,

En marzo de 1993 el Fiscal General de la República, Ramón Escovar Salom, introdujo una solicitud de antejuicio de mérito en su contra por el delito de peculado doloso y malversación de 250 millones de Bolívares (17 millones de dólares en esa época) de la partida secreta por cuyo manejo era responsable. Durante el proceso se reveló que dicho dinero había sido utilizado para ayuda internacional a la Presidente Violeta Chamorro en Nicaragua y la vicepresidente Yesseany Medina Parra.

  • Incapacidad física o mental: Está de estar certificada por una junta médica designada por el máximo tribunal y con aprobación de los diputados de la asamblea, para así revocarlo su mandato.

Ejemplo:

El presidente, sufre un accidente que lo incapacita físicamente de cumplir sus funciones el tribunal supremo de justicia designara una  junta médica con la aprobación de la  Asamblea Nacional, para determinar así la incapacidad.    

  • El abandono del cargo:  Cuando el jefe de Estado, se ausente por más de 90 días sin la previa autorización de la Asamblea Nacional, los integrantes de las  Asamblea podrán declarar el abandono del cargo  por parte del presidente, por  medio de la  mayoría de los diputados que integran la cámara.  

   Ejemplo:

En 1999 se realizaron  elecciones en el estado Nueva Esparta para elegir al gobernador (Poder Ejecutivo Estadal), resulta electa Irene Sáez, pero es destituida por el consejo legislativo debido a que declararon  abandono del cargo, por haber pasado más de 90 días fuera del país.

  • Revocatorio: Al transcurrir la mitad del periodo presidencial, en un número no menor del veinte por ciento de los electores inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referéndum para revocar el mandato del presidente de la República.

Ejemplo: 

El 15 de agosto del 2004, se efectuó un referéndum revocatorio presidencial contra el presidente Hugo Chávez, para decidir su permanencia en el poder, el resultado obtenido, fue de no revocarlo del poder.

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