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¿Cuáles son los principales riesgos legales en el sistema de AFP peruano?


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2021  •  Tareas  •  1.682 Palabras (7 Páginas)  •  89 Visitas

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Angie Guiulfo Crispin

¿Cuáles son los principales riesgos legales en el sistema de AFP peruano?

En el presente trabajo establecerá la relación de los riesgos legales presentes el sistema de pensiones peruano, y en particular de la AFP y en el riesgo legal de índole de modificación regulatoria que se presenta en el Perú.

Planteamiento de hipótesis: El sistema de pensiones peruano y en particular de la AFP cuenta con riesgos legales normativos, contractuales y de cambios regulatorios, donde este último tiene actualmente un papel principal en los riesgos presentados en el último quinquenio. Asimismo, cualquier modificación regulatoria deberá tener una necesaria vista multipilar del sistema de pensiones pero la misma debe ser evaluada, analizada y consensuada a fin de que los cambios regulatorios no afecten la administración y futuro pensionario de los pensionistas.

Definición de Riesgo, Riesgos Legales y el Sistema de Pensiones.

El riesgo es definido como una probabilidad de que un evento no deseado y/o dañoso se realice y repercuta sobre los directamente involucrados o incluso terceros, conforme lo indica también Delogue (2016) al asociar el concepto de riesgo como un posible resultado adverso, que es posible pero no seguro, dando como resultado un posible daño o una posible pérdida de utilidad, asimismo, el riesgo es asociado a la incertidumbre sobre un resultado futuro. La definición de riesgo también la podemos encontrar en las normas ISO (Internacional Organization for Standardization) y es específico de la ISO 31000 (2018) donde se define al riesgo como la combinación de la probabilidad de que ocurra un daño y la gravedad de ese daño.

Como ya se tiene conocimiento la definición de riesgo legal también la podemos encontrar en las normas ISO como es el ISO 31022 de Gestión del riesgo — Directrices para la Gestión de Riesgos Legales (2020), que define el Riesgo Legal como el riesgo relacionado con asuntos legales, regulatorios y contractuales, y de derechos y obligaciones no contractuales.

En relación al Sistemas de Pensiones este se define como un sistema que, mediante procedimientos de administración privada o pública, de naturaleza contributiva o no, las personas puedan contar cierta cantidad de dinero al momento de su jubilación, llamada pensión de jubilación, pero también puede incluir la llamada pensión de invalidez y para sobrevivientes en el marco del programa de seguridad social. (Hinz y Holzman, 2006, p. 36).

Actualmente, en el Perú contamos con un sistema de pensiones que, tiene un componente no contributivo, donde podemos encontrar el programa Pensión 65; y, un componente contributivo, dividido en el sistema público de pensiones donde encontramos los planes pensionarios del Sistema Nacional de Pensiones, el de la Cédula Viva, y los planes para el personal militar, y el sistema privado de pensiones donde encontramos los programas de pensiones administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones  (AFP). (Bernal, 2020, p.12)

Ahora bien, la definición de Riesgo legal en el sistema privado de pensiones está contenida en la Resolución SBS N° 2116-2009, que conforme alcance de la norma para las AFP indicada en su artículo 1, define como riesgo legal a la posibilidad de ocurrencia de pérdidas financieras debido a la falla en la ejecución de contratos o acuerdos, al incumplimiento no intencional de las normas, así como a factores externos, tales como cambios regulatorios, procesos judiciales, entre otros.

Principales Riesgos legales que se presentan y los escenarios normativos recientes que afectan la administración y la pensión de los peruanos.

Como se desprende del párrafo anterior el riesgo legal en el sistema privado de pensiones está relacionado a la definición del riesgo legal que también se encuentra en el sistema financiero, en consecuencia se puede usar la descripción de los principales riesgos legales dictado por Ceballos (2007) que identifica como causas del riesgo legal (i) las posibles modificaciones normativas (que influye en la administración del sistema pensionario), el (ii) incumplimiento de la norma regulatoria  (vinculado a límites operativos)que da como consecuencia de posibles (iii) pérdidas monetarias por obligaciones legales asumidas o no asumidas, y por multas y penalizaciones.

Actualmente en el contexto, los riesgos legales que más a tenido preponderancia en el al sistema privado de pensiones en el Perú es el riesgo de modificación normativa. Dentro de estos ejemplos lo hemos visto en las leyes que afectan la cobertura futura de la pensión de los peruanos y posterior riesgo de asistencialismo del Estado como son leyes 30425 y 30478 (vinculados al retiro de una suma del 95.5% del saldo de la cuenta individual al momento de la jubilación y del 25% del en la cuenta individual durante la etapa de acumulación, respectivamente) y las leyes 31068 y 31192 (que aprobaron el retiro de hasta 4 UIT del fondo en etapa de acumulación).  Y el más reciente riesgo de modificación normativa que podría afectar la administración de los fondos de pensiones se ha dado mediante el Proyecto de Ley 7042/2020-CR de la Comisión Multipartidaria del Congreso de la Republica que aprobó el Proyecto de Ley Marco de Creación del Sistema Integrado Universal de Pensiones que pretende integrar en uno solo sistema llamado Sistema Integrado Universal de Pensiones (SIUP), el Sistema Nacional de Pensiones, el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y Pensión 65 (no contributivo).

Esta última modificación propuesta toma en cuenta el sistema multipilar propuesto por el banco mundial en el año 1994 en libro Envejecimiento sin crisis: informe de banco mundial sobre investigaciones relativas a políticas de desarrollo y posteriormente en el libro del 2006 Soporte del Ingreso en la Vejez en el Siglo Veintiuno: Una perspectiva internacional de los sistemas de pensiones y de sus reformas de los autores Hinz, Richard y Holzman, Robert.

Aunque este proyecto toma en cuenta la estructura multipilar no ha seguido las fases principales de reforma pensional: desarrollo de compromiso, desarrollo de coalición, e implementación, que abarca primero un debate a fin de buscar consenso sin limitar la duración del debate, segundo la evaluación de necesidad de una reforma en el contexto y fundado en un conocimiento probado y evaluado, y tercero mediante la aprobación legislativa para su implementación teniendo en cuenta la capacidad administrativa actual. (Hinz y Holzman, 2006, pp. 20-21).

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