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DERECHO FAMILIAR ACTIVIDAD


Enviado por   •  7 de Agosto de 2018  •  Ensayos  •  875 Palabras (4 Páginas)  •  166 Visitas

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Sanchez Gutierrez Jaime Ricardo

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Derecho

Actividad 1 (NASCITURUS ENSAYO)

M.D. Carlos Armando Beltrán Oregón

Derecho Familiar

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Nasciturus

A lo largo del tiempo se ha considerado que el embrión forma parte del organismo de la madre, hoy en día esta opinión no es compartida ya que se ha comprobado por medio de la biología que considera que las criaturas tienen vida y autonomía propias, pues han logrado desarrollar satisfactoriamente al embrión artificialmente, Louis Sebag afirma que un sistema jurídico coherente debe comenzar por otorgarle al concebido el primero de sus derechos y el más fundamental de todos que es el derecho a la vida, señala que el concebido es una esperanza de vida y que la persona que atente en contra de su bienestar deberá ser sancionado por un orden penal, ya que destruye una vida humana, vulnerable al orden social. Giovanna Rossi considera que el aborto es un delito contra las personas, desde un punto de vista metafísico claro. Varios autores como (Ursicinio Álvarez, Charles Mainz y entre otros) afirman que mientras el concebido no haya nacido sigue siendo parte de la madre, al no nacer no puede considerarse entre los humanos.

La doctrina y legislación romanas otorgaban a la criatura en gestación una fisionomía jurídica especial, se le consideraba como una persona futura, una esperanza, todo esto refleja el pensamiento admirable de dicha época señalada, no por que fueran otras épocas sus pensamientos iban a ser ignorantes, siempre se preocupaban también por el bienestar de las personas, a pesar de no existir fisiológicamente, el derecho lo consideraba como nacido para todo aquello que lo hiciera favorable.

Varios expertos consideran que la criatura que se encuentra en el seno materno reúne todos los requisitos abstractos creados por los juristas tales como personalidad, capacidad jurídica y persona ficticia. El nasciturus ha sido objeto de protección legal en diversas épocas y lugares, producto de ellos es la prohibición del aborto; la postergación hasta después del parto.

El feto puede sufrir daños por la acción ejercida por parte de la madre, algún descuido del doctor o el personal médico, que le asiste, el punto de esto es que el hijo al nacer puede presentar graves anomalías que le pueden afectar incluso de por vida todo por el descuido de terceras personas, en casos extremos ocasionarle la muerte. Aquí la duda es si los padres pueden exigir la reparación del daño material y moral del niño o también si se pueden ejercitar directamente acciones para reparar el daño que le hicieron los terceros. La jurisprudencia ha sido muy inestable en este tema ya que en un principio las rechazaban, hoy en varios países las adoptan. El profesor Jaime Santos Briz opina que el afectado al nacer puede en forma condicional dirigir directamente la acción para ser indemnizado por los daños ocasionados por terceros siempre y cuando permaneciera en el seno materno.

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