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DOCTRINA LEGISLACION 122, BASE PRIMERA F V INSISO H , 123 LEY DEL NOTARIADO JURISPRUDENCIA


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2017  •  Documentos de Investigación  •  1.056 Palabras (5 Páginas)  •  258 Visitas

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CARACTERES DEL DERECHO NOTARIAL

AUTONOMO

DOCTRINA LEGISLACION 122, BASE PRIMERA F V INSISO H , 123 LEY DEL NOTARIADO JURISPRUDENCIA

DERECHO ADJETIVO

TECNICA Y ARTE

RIOS HELLING

"Define nuestra materia como aquella rama autónoma del Derecho Público que se encarga de estudiar a la institución del notariado y a la teoría general del instrumento publico notarial. (El derecho notarial estudia la forma de la forma) es decir la forma como elemento de validez de los actos."

MENGUAL Y MENGUAL "Aquella rama científica del Derecho Público que constituye un todo orgánico, sanciona en forma

fehaciente las relaciones jurídicas voluntarias y extrajudiciales. Mediante la intervención de un funcionario que obra por delegación del poder público.

T.1 CARACTERES Y CONCEPTO

jueves, 4 de febrero de 2016 11:11 a. m.

NOTARIAL página 2

El notario no goza de ningún fuero o inmunidad que le impida ser sujeto de una responsabilidad penal se le puede imponer responsabilidad en la comisión de algún delito por violentar las disposiciones notariales o cualquier otra ley o disposición penal sobre todo porque debe de velar por el patrimonio, el secreto profesional eh inclusive hasta la libertad del prestatario.

Con el DERECHO FISCAL El notario se encuentra ligado al fisco ya que es un retenedor de impuestos, recaudador liquidador y enterador de las contribuciones que se generen por la actuación notarial.

TABELIO: AQUELLA PERSONA QUE SE DISTINGUE DE LOS DEMAS INTEGRANTES DE LA SOCIEDADO SU CARACTERISTICA MAS IMPORTANTE ERA QUE REDACTABAN TODOS LOS HECHOS ACONTECIMIENTOS QUE SE SUSITABAN EN ESE MOMENTO, LOS PODIAN PLASMAR

TLACUILO: PINTABA O ESCRIBIA JEROGLIFICOS, IDEOGRAMAS Y PICTOGRAMAS EN EL ANTIGUO MÈXICO.

Los antecedentes del notario público los encontramos en el tabelio, que es aquella persona de la comunidad capaz de haber desarrollado la habilidad de manifestar gráficamente todas aquellas situaciones hechos o acontecimientos que ocurrían en un lugar determinado y sobre todo tenía el ingenio de plasmar o materializar gráficamente todas aquellas conductas humanas que generaban DERECHOS Y OBLIGACIONES.

ROMA

El antecedente del notario lo encontramos en el Derecho Romano en la figura del TABULLARIS mismo que precedió históricamente al TABELIO.

El tabullaris desempeñaba funciones del censo y custodiaba documentos oficiales, se generalizo la práctica de que se le entregaban los testamentos, contratos y otros actos jurídicos (la custodia tabular NO les imponía carácter de autenticidad. Pero en cambio los TABULLARIS tenían la fe pública pues realizaban el censo

En esta misma época surgen los tabellones que son profesionales privados que se dedicaban a redactar y conservar testamentos eh instrumentos (el tabullaris, su origen es de Derecho Público).

En el S.VI de la era cristiana existe una regulación positiva del notario debido a que JUSTINIANO en su obra de compilación y legislación CORPUS IURIS CIVILIS dedica en las constituciones LIV y LXXIII a regular la actividad del notario así como su instrumento de trabajo llamado PROTOCOLO, dando a los actos jurídicos que ante este se celebraban, un valor probatorio al documento.

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