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Defensa Integral

lourdes2351224 de Junio de 2013

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Introducción

Marco teórico

Análisis

Conclusiones

Recomendaciones

Bibliografía

Introducción

Los Derechos Humanos en la Policía Nacional del Perú constituyen base de su que hacer funcional, pues todo acto arbitrario que realicen sus miembros son violaciones a los Derechos Humanos de las personas, sin embargo se debe entender también que el respeto a los derechos de las personas no constituyen para nada un freno al poder de policía que se ejerce en la regulación de la conducta ciudadana y la convivencia social.

Los Derechos Humanos tiene a su principal defensor en la Policía Nacional, como ente del Estado que tiene como misión proteger a las personas y servir a la comunidad, en este sentido, la actividad policial persigue el garantizar la existencia de un clima de confianza y tranquilidad sustentado en un equilibrio jurídico político, que permitan el desarrollo de las personas y el ejercicio de sus derechos y libertades.

El personal policial debe tener en cuenta que toda acción que realice y en las cuales tenga que interrelacionarse con las personas de su comunidad, deben sustentarse en derecho y por ende deben respetar los derechos y libertades de las personas, como garantía fundamental de la vigencia del Estado de Derecho y bajo los preceptos democráticos de un Gobierno elegido por el pueblo para protegerlo y dirigirlo con acierto.

El presente trabajo describe metodológicamente la relación tácita de la Institución Policial con el respeto irrestricto a los Derechos Humanos, frase de "cliché" muy común en la referencia policial y que está aun muy lejana de ser una filosofía de acción, pues los Derechos Humanos son precisamente eso acción y no estudio doctrinario.

Así nos ha permitido analizar la problemática, y evaluación de las principales violaciones de Derechos Humanos, dentro del contexto del orden público y de la conducción de investigaciones policiales en el ámbito de Lima, las informaciones son referenciales del conocimiento público del accionar policial diario, apreciado en medios de comunicación, en el propio conocimiento que manejamos internamente de nuestra Institución y en la apreciación de cómo están cambiando los procedimientos policiales en cuanto a la realidad de nuestra sociedad.

Marco teórico

A. LOS DERECHOS HUMANOS

Existen diversas definiciones de Derechos Humanos, definiciones que inclusive son discrepantes, pero que en sí establecen que constituye la defensa básica de la persona como tal, una definición que pretende ser descriptiva, aunque tiene una fuerte carga teleológica, y que ha sido generalmente aceptada y transcrita en los diversos tratados sobre derechos humanos, es la que propone Pérez Luño, quien entiende que los Derechos Humanos son: "un conjunto de facultades e instituciones, que en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humana, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional".

Estos derechos no requieren estar reconocidos expresamente por la legislación interna de un Estado para que sus ciudadanos se vean protegidos a nivel internacional por dichas normas; además aún cuando el Estado mismo no sea parte de los Pactos y Declaraciones que confieren dichos derechos, la comunidad Internacional no duda hoy en considerar a los Derechos Humanos como una opinio juris, es decir, se encuentran convencidos de su necesaria práctica más allá del hecho de que se encuentren o no efectivamente positivizados, por tanto debemos entender que no es necesario que un país reconozca explícitamente y positivamente un derecho, pues éste es reconocido internacionalmente y la aceptación del Estado es de hecho, por lo cual no puede alegar la restricción de su ejercicio por ausencia de norma nacional.

B. LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS FACULTADES BASICAS DE APLICACIÓN DE LA LEY

Una de las principales actividades de toda institución de policía en el mundo es la aplicación de la ley, por tal motivo los ordenamientos jurídicos establecen funciones y atribuciones especiales a los funcionarios que conforman las instituciones de policía, permitiéndoles la restricción de derechos y libertades, al amparo del interés público y de alcanzar la optima convivencia social, basado en el logro del bien común, dentro de un marco de confianza y tranquilidad generado por la regulación adecuada de las relaciones entre las personas, la comunidad y el Estado.

Todas estas actividades deben tener como base la proporcionalidad, la legalidad y la necesidad de su ejecución, es decir deben tener razón jurídica contemplada en alguna norma o reglamento, debe guardar proporción de su magnitud con el desarrollo de alguna acción de control y su empleo debe ser estrictamente necesario, dicho en otras palabras debe respetar los derechos fundamentales de las personas comprometidas en la acción. Los derechos fundamentales que son reconocidos en la normatividad nacional e internacional guardan relación con los preceptos de igualdad, dignidad y libertad que toda persona por el hecho de serla goza.

El haber encomendado la misión de garantizar la seguridad y convivencia social, haber otorgado facultades de restricción de libertades y derechos no implica que esta función sea arbitraria o abusiva, pues la sociedad y sus componentes exige y debe exigir que aun el infractor mas despiadado sea protegido en cuanto al trato justo, decoroso y digno que su condición humana le otorga como derecho fundamental

C. FACULTADES BASICAS DE LA POLICIA PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY

La Policía Nacional del Perú, para el cumplimiento de su finalidad fundamental y su misión especifica, tiene las siguientes facultades genéricas de acción:

1. Mantenimiento del Orden Público, para garantizar la tranquilidad ciudadana asegurando un clima de paz necesario para el desarrollo de la convivencia social, en caso de que este sea alterado se deberá aplicar principios básicos del respeto al derecho de las personas a reunirse pacíficamente y sin armas, a expresarse libremente, a transitar libremente, etc.

2. Arresto y Detención: estas facultades inherentes a al función policial, deben ser consideradas en su contexto básico como excepción de la regla, la libertad es primero excepcionalmente se arresta o se detiene ante la infracción a las leyes.

3. Entrevistas e Interrogatorios: Durante el desarrollo del accionar policial se realizan las indagaciones las entrevistas e interrogatorios, los cuales deben ser realizados en forma profesional y siempre manteniendo el principio que el entrevistado o interrogado puede cambiar su versión en cualquier momento.

4. Investigaciones: Las investigaciones constituyen un campo de acción de la policía que permite demasiada discrecionalidad, por lo que es necesario inculcar en el personal policial la ética y el cultivo de los valores, solo así aseguraremos conductas acordes con la necesidad de justicia.

5. Uso de la fuerza y armas de fuego; la atribución mas delicada que puede recibir una institución es ser titular del uso de la fuerza y las armas de fuego, su empleo inadecuado causa mala imagen en la comunidad y su empleo en exceso o arbitrariamente constituye la causa de violaciones a los Derechos Humanos principalmente la vida y la integridad.

Análisis

A. Es importante analizar que no todo el campo de acción de la policía se relaciona con la comunidad, hoy en nuestro país un gran porcentaje del personal policial realiza labores administrativas, que no se vinculan con el público en general, principalmente en aspectos de administración de personal, económicos y logísticos, quedando las unidades operativas en aspectos de prevención e investigación con responsabilidades de emplear las facultades básicas para aplicar la ley, estas dependencias son principalmente las Comisarías, las Jefaturas de Investigación Criminal, las Unidades de Control de Disturbios, Las Unidades de Patrullaje, Las Direcciones Especializadas de Investigación Criminal, Contra Terrorismo, Contra Drogas, Seguridad del Estado y otras que de una u otra manera, ejercen labores de investigación, arresto y detención.

B. La labor policial de mantenimiento del orden publico esta ligada al restablecimiento del orden ante manifestaciones, disturbios, etc., este campo de acción policial es competencia de las Unidades de Control de Disturbios, las cuales ejercen la atribución del uso de la fuerza, mediante el uso de armas no letales, como varas, escudos, gases lacrimógenos, etc., aun quedan en nuestros recuerdos las accione son muy legales del restablecimiento del orden público en Lima, con la marcha de los cuatro suyos, donde se buscó conculcar los derechos a reunión, a expresión y a marcha, sin mediar motivo de derecho, pues se impuso el interés del Gobierno de turno, estas violaciones a los Derechos Humanos, son en el marco general de la propia acción, y son de responsabilidad del Comando y de la decisión política del Sector, sin embargo hay otro aspecto que es de responsabilidad propia de cada policía que cumple esta delicada labor, el uso adecuado de los medios que le proporciona el Estado, aquí continuamente se aprecian el mal uso de la vara de ley, apreciándose que se golpea en partes vitales del cuerpo, uso indiscriminado de gases, deficientes arrestos, donde se emplea inadecuadamente la fuerza. Naturalmente si comparamos el ayer con la actualidad esto se ha ido corrigiendo paulatinamente, sin embargo aun se aprecia esporádicamente acciones de violencia por parte de la policía que no responden a principios de necesidad y proporcionalidad.

C. Las investigaciones llevadas a cabo

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