Defensor Del Consumidor
andriu237 de Marzo de 2012
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VA
El impuesto al valor agregado, conocido como IVA, es un tributo sobre el consumo de bienes y servicios gravados con este impuesto. El IVA grava únicamente el valor agregado en cada una de las etapas del ciclo económico, producción, importación, distribución y comercialización del bien.
Obligaciones de los responsables del impuesto:
Es obligación de todos los responsables del IVA, incluidos los exportadores, inscribirse ante la administración de impuestos correspondiente al domicilio principal del responsable, dentro de los dos meses siguientes a la iniciación de actividades.
Hechos generadores:
El impuesto del IVA se generará cuando se presenten los siguientes casos:
Quienes vendan o importen Bienes corporales muebles no excluidos expresamente.
Quienes vendan Activos fijos habitualmente a nombre y por cuenta de terceros.
Quienes vendan Aerodinos, tanto comerciantes como los vendedores ocasionales de estos.
Quienes presten Servicios gravados en el territorio nacional.
Quienes vendan, hagan circular u operen Juegos de suerte y azar con excepción de las loterías.
Tarifas:
El responsable del IVA debe tener en cuenta que existen diferentes tarifas según el bien vendido o del servicio prestado:
Tarifa general: se aplica la tarifa general a todos los bienes y servicios que no se encuentren expresamente excluidos, exentos o sometidos a las tarifas diferenciales o especiales. La tarifa general del impuesto sobre las ventas es del 16% del precio de venta de los artículos que se vendan y de los servicios que se presten.en este valor deben incluirse aquellos gastos necesarios para realizar la venta, como fletes, gastos financieros y otros liquidados en la factura.
Tarifas diferenciales: se aplica a vehículos automotores que deacuerdo con las características del motor, valor FOB, posición arancelaria y otros, se encuentra grabados con la tarifa del 20,35 y 45%.
Tarifas especiales: se aplican para determinado tipo de bienes y servicios, sometidos a regimenes especiales; como el 10para jabones y grasas(partidas arancelarias especificadas por la ley), 10% para el transporte aéreo nacional de pasajeros( con excepción de las rutas donde no existe transporte terrestre organizado), y el 48% para cervezas y sifones.
Regímenes:
Existen dos tipos de regímenes: El Régimen Simplificado y El Régimen Común:
Régimen Simplificado: A este régimen pertenecen las personas naturales comerciantes, artesanos, agricultores, ganaderos, que realicen actividades pequeñas y gravadas, cumpliendo con las siguientes condiciones:
o Tener patrimonio bruto inferior a $80.000.000, e ingresos brutos menores a $60.000.000.
o Tener un establecimiento de comercio ubicado en un sitio diferente a un centro comercial o almacenes de cadena.
o Que no sean usuarios aduaneros.
o Que no hallan celebrado anteriormente contratos superiores a $60.000.000.
o Que sus consignaciones, depósitos o inversiones del año anterior no superen los $80.000.000.
o Para los agricultores y ganaderos, el límite de patrimonio bruto es de $100.000.000.
Las principales obligaciones para los pertenecientes del Régimen Simplificado son:
o Inscribirse en el RUT administrado por la DIAN.
o Llevar un libro fiscal de registro de operaciones diarias.
o Les está prohibido cobrar el impuesto del IVA.
o No presentan declaración de ventas.
o No pueden descontar el valor del IVA pagado en las adquisiciones.
o Deben tener copia de su constancia de pertenencia a este régimen.
o Exhibir un documento al público donde muestre su pertenencia
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