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Definicion Juridica De Recursos


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2013  •  950 Palabras (4 Páginas)  •  529 Visitas

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DERECHO PROCESAL CIVIL

RECURSOS

DEFINICION JURIDICA DE RECURSOS

Recurso jurisdiccional es el medio establecido en la ley para obtener la modificación, revocación o invalidación de una resolución judicial, ya sea del mismo juez o tribunal que la dictó o de otro de superior jerarquía.

En todo recurso encontramos: una resolución que es impugnada (llamado en doctrina, resolución recurrida); un litigante agraviado por la resolución que busca impugnar (recurrente); un juez o tribunal que la ha dictado (juez o tribunal a quo); un juez o tribunal que conoce del recurso (juez o tribunal ad quem); y una nueva resolución que puede confirmar, modificar, revocar o invalidar la resolución recurrida.

En la mayoría de las legislaciones, los recursos presentan las siguientes características:

Deben interponerse dentro de un plazo perentorio.

Se presentan, generalmente, por escrito y con fundamentos. A veces, se exige acompañar algún tipo de documentación o cumplir ciertas formalidades.

Se presentan ante el mismo juez o tribunal que dictó la resolución recurrida y, excepcionalmente, directamente ante el juez o tribunal al que corresponde conocer del recurso.

Su conocimiento y fallo le corresponde al superior jerárquico del juez o tribunal que ha pronunciad la resolución recurrida y en algunos casos, por excepción, le corresponde al mismo tribunal que dictó la resolución.

Se interponen para impugnar resoluciones que no están firmes.

Los requisitos de cada recurso, en particular, los regula específicamente el derecho procesal de cada Estado

DEFINICIÓN GRAMATICAL DE RECURSOS

Los recursos gramaticales son procedimientos expresivos que se producen por la adición, supresión o repetición de palabras y estructuras, o por la alteración del orden natural.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE RECURSOS EN EL DERECHO ROMANO

Se dice que el derecho romano no conoció de recursos debido a que la sentencia del juez detentaba el carácter de cosa juzgada. La sentencia era el último acto del procedimiento, que ponía fin a la contienda judicial, ya sea resolviendo la cuestión debatida a favor de uno o de otro litigante entendiéndose esto de manera que si determinado hecho jurídico resulta probado, procede la condena, y en caso contrario, la absolución.

En el procedimiento romano, el juez era elegido por los propios litigantes, y la falta de recursos contra su decisión, radicaba también en el carácter arbitral que van a detentar los juicios del período, y como tal la propia decisión.

Bajo este sistema la sententia romana, de carácter irrecurrible, poseía un valor de interés público, que superaba sin lugar a dudas, el valor del interés particular de los propios litigantes, y que justamente por ello, la volvía inatacable.

un remedio procesal que concede un determinado ordenamiento jurídico, a efectos de que un órgano inmediato superior, revea una determinada decisión judicial.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE RECURSOS EN EL DERECHO ANGLOSAJON

Los tribunales

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