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Definición de Términos Básicos Tributaria


Enviado por   •  24 de Julio de 2021  •  Informes  •  534 Palabras (3 Páginas)  •  61 Visitas

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Definición de Términos Básicos.

Alícuota: cantidad fija, tanto por ciento o escala de cantidades que sirven como base para la aplicación de un gravamen. Es el porcentaje que se le aplicará a la base imponible para determinar el impuesto a pagar. (Ámez, 2001).

Base Imponible: cantidad que se toma como referencia para el cálculo de la obligación tributaria de los contribuyentes. Se puede definir como el monto sobre el cual se debe calcular el impuesto a pagar. (Ámez, 2001).

Contribuyente: “son las personas tanto naturales como jurídicas respecto de los cuales se verifica el cumplimiento de las obligaciones tributarias” (SENIAT, 2006).

Deberes formales: “normas dirigidas a permitir el control adecuado a la Administración Tributaria sobre los contribuyentes”. (SENIAT, 2006).

Declaración: Es cuando los contribuyentes o responsables deberán determinar y cumplir por sí mismos con la obligación tributaria de declarar. (Ámez, 2001).

Exención: Es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria otorgada por la ley. (COT, Artículo 73).

 

Exoneración: Es la dispensa total o parcial de pago de la obligación tributaria en los casos autorizados por la ley al Ejecutivo Nacional. (COT, Artículo 73).

Evasión Fiscal: acción por la que se elude el pago de parte o la totalidad de un impuesto (Amez, 2001).

Fiscalización: “procedimientos de la Administración Tributaria que se realizan con el fin de verificar el cumplimiento de los deberes formales y obligaciones tributarias”. (SENIAT, 2006).

Fisco: Ente acreedor de los Tributos. Es el único que puede exigir los tributos a los sujetos pasivos (obligados a pagarlo).

Hecho Imponible: El hecho imponible, según el Código Orgánico Tributario, se define como el presupuesto establecido por la Ley para tipificar el tributo cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria. En el caso del Impuesto al Valor Agregado, el hecho imponible lo constituyen la venta de bienes muebles, la importación de los mismos, la prestación de servicios, la venta de exportación de bienes muebles así como la exportación de servicios.

 Impuestos: “es un recurso percibido por el Estado, en forma coactiva, de las personas o entes que obtienen beneficios generales particulares dentro del ámbito del Estado al cual están sometidos por razones políticas, económicas o sociales, sin percibir una contraprestación inmediata, tratándose de un ingreso nacional destinado a satisfacer las necesidades públicas y gastos públicos” (SENIAT, 2006).

IVA: Impuesto al Valor Agregado.

Obligación tributaria: Es el vínculo jurídico que surge entre el Estado en las distintas expresiones del poder público y los Contribuyentes o Responsables en el momento que ocurre el hecho imponible. (SENIAT, 2006).

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