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Derechos Humanos y Garantías Procesales


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2012  •  Trabajos  •  673 Palabras (3 Páginas)  •  444 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR.

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA – MISIÓN SUCRE.

ALDEA ESCUELA TECNICA AGROPECUARIA FRANCO MEDINA

MOROTURO – URDANETA - ESTADO LARA.

Integrante:

Torres Francis

Profesor: Aliomar Ure

Cátedra: Derechos Humanos y Garantías Procesales

Sección: 702

Moroturo, agosto 2012.

Código Orgánico Procesal Penal

(Eliminación de los Jueces Escabinos)

El nuevo Código Orgánico Procesal Penal (COPP) se ajusta a la Constitución Nacional y a los requerimientos del pueblo. El presidente (Hugo Chávez) actúa y trabaja obedeciendo al pueblo, que pide a gritos la trasformación del sistema de justicia para acabar con la impunidad. Con el instrumento jurídico, que entrará en vigencia el 1 de enero de 2013, se eliminará el antiguo instrumento, basado en un modelo de origen alemán que contemplaba la conformación de los tribunales mixtos, en los cuales, bajo un sistema de selección de ciudadanos, se elegían jueces Escabinos.

Reformas más importantes del COPP

 1. Eliminación del tribunal mixto: El tribunal integrado por un juez y dos ciudadanos comunes, al que le correspondía procesar delitos mayores a 4 años, queda eliminado. Resaltando que solo el gobierno de Juan Vicente Gómez había desaparecido esta modalidad, que es un avance trascendental en la administración de justicia.

 2. Derechos del imputado: Antes figuraba una disposición en la que el imputado no podía ser juzgado en ausencia, salvo aquellos que eran procesados por crímenes contra el patrimonio público, pero ahora solo se señala que "el imputado tiene derecho a ser oído cuando así lo solicite", lo que significa que si no se presenta a tribunales el juicio puede continuar a pesar de su ausencia. "Hay suficiente jurisprudencia de que no se pueden hacer juicios en ausencia".

 3. Acuerdos reparatorios entre las partes: De acuerdo con el abogado, antes no podía llegarse a acuerdos entre las partes cuando el delito terminaba en muerte o afectación de la salud, pero ahora sí se puede. "Esto constituye el reconocimiento de que el poder económico permita solventar casos de esta índole. Se está propiciando que asuntos graves de la justicia penal se terminen apelando a los recursos económicos

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