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DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍA PROCESALES


Enviado por   •  13 de Octubre de 2011  •  9.608 Palabras (39 Páginas)  •  737 Visitas

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DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍA PROCESALES

Las Garantías Procesales son las seguridades que se otorgan para impedir que el goce efectivo de los derechos fundamentales sea conculcado por el ejercicio del poder estatal, ya sea limitando ese poder o repeliendo el abuso.

Así tenemos que, hablar de garantías es hablar de mecanismos jurídicos que impiden un uso arbitrario o desmedido de la coerción penal.

Las garantías procesales constitucionales corresponden a lo que se ha dado en llamar “Derecho Procesal Constitucional”, expresión empleada a mediados del siglo pasado por Niceto Alcalá Zamora y utilizada luego para sistematizar las instituciones y los principios jurídicos procesales relacionados con las garantías constitucionales. A pesar de no ser Kelsen un teórico del derecho procesal se le atribuye la paternidad del Derecho Procesal Constitucional por la promoción que en 1920 hizo de la Corte Constitucional en la Constitución Austriaca.

Ahora bien, una cosa son los derechos constitucionales y otra las garantías contenidas en la Carta Magna. Estas son medios procesales para hacer efectivos los derechos constitucionales. Por otra parte, las garantías procesales constitucionales son vinculantes y obligatorias para los ciudadanos y ciudadanas aun cuando sean o no ejercidas. En todo caso, la renuncia al ejercicio de la garantía procesal constitucional no implica la renuncia al derecho constitucional establecido.

Para algunos la tutela judicial efectiva es la suma de todos los derechos y garantías constitucionales procesales contenidos en la norma que contiene el debido proceso. Esta es la tesis que sostiene la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia venezolano, al interpretar los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El DEBIDO PROCESO EN EL MARCO DE UN ESTADO SOCIAL Y DE JUSTICIA

El Debido Proceso de Ley (Due Process of Law) o simplemente el Debido Proceso, se define como aquel en el cual los justiciables, sujeto activo y pasivo, concurren al mismo en condiciones de igualdad dentro de un marco de garantías, de tutela y respeto de los derechos y libertades fundamentales, que les son reconocidos por el ordenamiento, a fin de concluir en una decisión justa y razonable.

El debido proceso es un principio jurídico procesal o sustantivo, según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, y a permitirle tener oportunidad de ser oído y hacer valer sus pretensiones frente al juez. El término procede del derecho anglosajón, en el cual se usa la expresión "debido proceso legal".

El derecho al debido proceso contempla:

• Derecho a ser juzgado conforme a la ley

• Imparcialidad

• Derecho a asesoría jurídica

• Legalidad de la sentencia judicial

• Derecho al juez predeterminado por ley

• Derecho a ser asistido por abogado

• Derecho a usar la propia lengua y a ser auxiliado por un intérprete

• El derecho a la defensa

• La presunción de inocencia

• El derecho a ser oído

• El derecho a no ser constreñido para confesarse culpable contra sí mismo

• Al principio de la validez de la confesión sólo cuando se ha realizado sin coacción

• Al Principio de nulla crimen nulla poena sine lege

• Al derecho a la reparación del Estado por errores judiciales.

Se habla de decisión justa, porque la sanción que resulta como consecuencia de todo proceso civil, penal o de otra índole, que es la condena en general, solo es válida si es pronunciada con imparcialidad e independencia y el Juez hace justicia, con apego y respeto a los derechos de las partes involucradas en el mismo. Hablamos de condena racional porque lo justo, entendido como tal, sólo es así si es a la vez racional. La justicia es un valor ante todo racional, lo mismo que el derecho, que la tiene como su fin u objeto, y la norma en tanto que forma parte del derecho. Y dentro de la norma la ley, sólo serán en efecto tales, si ante todo son racionales, porque lo que no es racional es arbitrario, y la arbitrariedad es un contravalor de la justicia, por lo cual son categorías que se excluyen.

Todo proceso judicial debe ser justo, razonable, confiable y estar rodeado de un mínimo de garantías constitucionales procesales que eviten la lesión a los derechos materiales de los ciudadanos y ciudadanas. Nos referimos a un proceso judicial y a un proceso administrativo.

El debido proceso tiene su fundamento en el principio de igualdad ante la ley y debe garantiza los límites al poder jurisdiccional del Estado para que no se convierta en una forma de atropellar a los ciudadanos y ciudadanas. Nace en el principio de la legalidad procesal, a través de un verdadero y eficaz contradictorio donde se brinde a la persona la oportunidad de ejercer plenamente su defensa.

Todo juicio debe ser imparcial, transparente, idóneo, confiable y garantizar la defensa de la vida, la libertad, los bienes y demás derechos del ciudadano o ciudadanas. Aglutina la suma de los derechos y garantías procesales constitucionales que permiten una justicia pronta y efectiva así como la notificación adecuada de los hechos imputados.

El debido proceso es un derecho complejo que encierra dentro de sí un conjunto de garantías que, a la vez, se traducen en derechos para el procesado. El justiciable no puede renunciar al debido proceso y este no se articula de manera aislada, puesto que se encuentra vinculado a otros derechos constitucionales fundamentales.

GARANTÍAS ORGÁNICAS

Según Ferrajoli, Luigi: “Llamaré orgánicas a las garantías relativas a la formación del juez, a su colocación institucional respecto a los demás poderes del Estado y a los otros sujetos del proceso ...”.

Son todos los principios constitucionales de igualdad, independencia, imparcialidad, a la seguridad social y sumisión a la ley; constituyéndose además, con arreglo a las normas comunes de competencia preestablecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las Leyes. En el ordenamiento jurídico Venezolano se encuentran establecidas

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