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Doctrina de Portalis.- “la ley natura no está señalada ni por el lugar ni por el tiempo, porque está vigente en todos los países y en todos los siglos; pero las leyes positivas que son obra de los hombres, no existen sino cuando se las promulgan y n


Enviado por   •  1 de Marzo de 2016  •  Ensayos  •  355 Palabras (2 Páginas)  •  277 Visitas

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TEORIAS SOBRE CONFLICTOS INTERTEMPORALES

  1. Doctrina de Portalis.- “la ley natura no está señalada ni por el lugar ni por el tiempo, porque está vigente en todos los países y en todos los siglos; pero las leyes positivas que son obra de los hombres, no existen sino cuando se las promulgan y no pueden tener efecto si no existen”

La retroactividad de la ley significa, una injusticia y un desorden, en cuanto afecta a los derechos establecidos por la ley anterior.

  1. Doctrina de Benjamín Constant. Coincide con Portalis y agrega que la retroactividad significa el mayor atentado que el legislador puede cometer contra la sociedad, y la nulidad de las condiciones fijadas a los individuos para que éstos presten obediencia a las leyes.

Estos pensadores consideran a la irretroactividad de la ley como basamiento político adecuado para solucionar las necesidades de las personas, se aduce que las nuevas leyes contienen de manera mas cercana y perfecta los intereses de la sociedad.

  1. Doctrina de los derechos adquiridos.- esta doctrina es conocida como la “TEORIA TRADICIONAL” y ha sido sostenida por muchos autores Europeso como:
  1. Blondeau.- 1826 es el primero en exponer esta tesis, sustentándola en que los derechos adquiridos son los que han entrado en nuestro dominio formando parte de él, y no pueden ser arrebatados por el mismo que nos los otorga.

El legislador debe respetar los derechos adquiridos a los particulares, y en caso de duda, cuando no lo diga expresamente, hay que admitir que así lo ha querido.

  1. Merlín.- es el principal expositor de la corriente, sigue a Blondeau cuando expone: “no basta que una ley se aplique al pasado para que se considere retroactiva; se requiere que su aplicación al pasado se traduzca en el desconocimiento de derechos adquiridos”.

El principio de la no retroactividad de las leyes, no deja de imponerse con fuerza de una verdad axiomática, aportando a la omnipotencia de la ley un limite derivado de la naturaleza de las cosas. Si fuera lícito a la ley cambiar todo un pasado jurídico regularmente establecido, no seria sino un instrumento de opresión y de anarquía.

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