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EL COMERCIO ELECTRÓNICO EN LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO DE MÉXICO


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2019  •  Ensayos  •  804 Palabras (4 Páginas)  •  158 Visitas

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Aguayo Parra Yomali Selene                                 lunes-miércoles, 8:00-10:00 pm

EL COMERCIO ELECTRÓNICO EN LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO DE MÉXICO

La era digital ha llegado y ha cambiado nuestras vidas, desde la manera en como satisfacemos nuestras necesidades básicas de comida y vestimenta hasta como satisfacemos nuestra necesidad de entretenimiento.

El comercio electrónico es definido como la compra y venta de productos o servicios, exclusivamente a través de canales electrónicos.

Existen tres ramas principales del comercio electrónico, la forma más conocida es la compra en línea, también conocida como negocio a consumidor (B2C). Aquí, los individuos pueden ordenar diversos productos y pagar por su compra en internet. Otra categoría de comercio electrónico es de negocio a negocio (B2B), en donde las empresas, como fabricantes, mayoristas o minoristas, pueden intercambiar productos y servicios. La tercera categoría de comercio electrónico involucra transacciones de consumidor a consumidor (C2C).

Es innegable que el uso del internet a disparado las cifras de las transacciones a nivel global y esto continuara creciendo debido a que el gusto de los consumidores ha cambiado, es decir, ahora es más fácil sentarse en sus casas y comprar todo lo que se requiere, que salir a las tiendas a comprar y tener que gastar gasolina y hacer largas filas para poder comprar sus artículos.

México ocupa el segundo lugar en comercio electrónico en américa latina.

Sin embargo, es importante destacar que, tanto en México como en gran parte de los países, se carece de leyes que regulen de manera eficiente al comercio electrónico.

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral) aprobó, en diciembre de 1996, la Ley Modelo de Comercio Electrónico. Para ello, inicialmente se formó un grupo de organizaciones, conocido como el Grupo edi, que después se transformó en el Grupo de Trabajo Multisectorial para impulsar la Legislación del Comercio Electrónico (Gilce), el cual emitió la propuesta multisectorial de reformas legislativas en materia de obligaciones y comercio electrónico.

En 1998, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (ocde), a través de su Comité de Políticas del Consumidor, recomendó a los gobiernos, proveedores, consumidores y sus representantes apegarse a directrices, formulación e instrumentación de esquemas autorregulatorios, de protección del consumidor, en materia de comercio electrónico.

En 1999, la Comisión de Comercio de la Cámara de Diputados organizó dos foros de consulta especializada en contratación comercial por medios electrónicos, los cuales concluyeron que era necesario adoptar la Ley Modelo de la Uncitral.

El resultado de todo este proceso fue que, el 29 de mayo de 2000, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las reformas a las leyes y códigos relacionados con la contratación y transacción por medios electrónicos.

A partir de ese momento, el comercio electrónico en México se encuentra regulado mediante normas que están dirigidas a la protección de los consumidores y a la validez de los contratos comerciales realizados a través de medios electrónicos.

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