ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

EL CONSTITUCIONALISMO CONTEMPORÁNEO EN EL ECUADOR: ENFOQUE DESDE LAS RELACIONES INTERNACIONALES


Enviado por   •  14 de Enero de 2014  •  2.361 Palabras (10 Páginas)  •  547 Visitas

Página 1 de 10

El objeto del presente ensayo es, en primer lugar, determinar qué es lo que abarca el concepto del constitucionalismo contemporáneo, cuales son los presupuestos que este concepto expone, los mismos que fundamentan muchas de las constituciones de los países de América Latina, y en segundo lugar determinar de qué manera concibe esta nueva teoría a las relaciones internacionales, haciendo referencia a situación actual del Ecuador en este ámbito.

Para iniciar cabe mencionar la innegable tendencia en las últimas décadas de algunos países de América Latina como Colombia, Venezuela, Bolivia y Ecuador, por mencionar algunos, de someter sus sistemas jurídicos a constituciones principalitas, que determinan modelos económicos tendientes a una redistribución justa, que contienen normas materiales que condicionan la actuación del estado y que crean instancias jurisdiccionales de corte constitucional con amplios poderes, las mismas que deben adoptar nuevos mecanismos de interpretación a los que se les debe añadir conceptos como el de la ponderación. A esta nueva tendencia se le ha denominado por los entendidos en el tema como “Neoconstitucionalismo”.

Arturo Gangotena afirma que a este fenómeno se lo puede entender como un diferente modelo de organización jurídico-política al interior de un Estado constitucional” o también como “la teoría jurídica que fundamenta dicho modelo y los cambios que el mismo implica”, también el autor menciona que el neoconstitucionalismo se aleja de todas aquellas percepciones formalistas y rígidas que planteaba el positivismo jurídico, y se encuadra en aquellos conceptos meta normativos que plantea el ius naturalismo, como también lo afirma Gustavo Zagrebelsky al analizar la incompatibilidad entre el constitucionalismo actual y el positivismo.

No son unívocas las concepciones de los tratadistas al definir al neoconstitucionalismo, pero se puede llegar a la conclusión de que este fenómeno conglomera, entre otras, características como:

• Alta carga de principios,

• Reconocimiento de la supremacía constitucional,

• Proyección social del estado,

• Configuración de un estado plurinacional e intercultural,

• Amplio catálogo de derechos,

• Variados mecanismos de protección a los derechos.

Para tener aún más elementos me permito transcribir lo expuesto por García Amado, al tratar de responder a la interrogante de ¿A qué entendemos por neoconstitucionalismo?

“El denominado neoconstitucionalismo es una corriente u orientación doctrinal de perfiles un tanto difusos, lo que no impide que entre los propios defensores y cultivadores de esos planteamientos se pueda hablar ya de un <<canon neoconstitucional>>. Puesto que en las discusiones entre neoconstitucionalistas y sus críticos uno de los reproches más comunes es el de que se desfiguran los conceptos y las definiciones de unos y otros (…)”

En la misma línea el autor hace una crítica a esta corriente, que ciertamente no tiene nada de “neo” para él, ya que impone ciertas trabas al desarrollo estatal y jurídico del estado que opte por estos preceptos actuales, afirma que el poder que se le da los jueces puede tornar a un estado a ser gobernado por ellos, así mismo estos preceptos son estudiados solo por aquellos que se encuentran el universidades de élite, y concluye que el neoconstitucionalismo no es la solución para construir un verdadero estado de derecho democrático.

De modo que, para poder crear nuestro propio criterio con respecto de lo que abarca el neoconstitucionalismo, debemos considerar tanto las concepciones de sus entusiastas como las de sus detractores, y así poder definirlo como aquel fenómeno de carácter jurídico, político y social que tiene como objeto la creación constituciones y normativa secundaria basada en una muy variada gama de principios y derechos fundamentales, los mismos que deben ser observados y ejercidos mediante las múltiples herramientas de aplicación directa que estos cuerpos legales contemplan. Así, basan su economía en principios de solidaridad y de redistribución equitativa de la producción.

Este fenómeno se ve impregnado en la Constitución del Ecuador en varios de sus artículos, es clara la amplitud de los derechos fundamentales que este cuerpo normativo recoge, así mismo las importantes competencias con las que dota al aparataje estatal, y el modelo económico plural y solidario que plantea, estos conceptos nos dejan concluir que la Constitución de la República del Ecuador responde en muchos sentidos a los presupuestos que plantea el neoconstitucionalismo.

Por otro lado, es propio de las necesidades de los estados el entablar relaciones y vínculos de índole variada con otros estados con el objeto de aportar a su desarrollo y fortalecer las relaciones internacionales. Dichas relaciones se encuentran plasmadas en los denominados Tratados Internacionales, definidos por la Convención de Viena sobre el Derecho de los tratados como “un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular”.

Según Barberis “cuando dos o más Estados se ponen de acuerdo sobre un objeto determinado y desean darle valor jurídicamente vinculatorio a dicho acuerdo, celebran un tratado”.

Para que exista un tratado internacional deben concurrir las siguientes situaciones:

- Manifestación de voluntad común de dos o más sujetos de derecho internacional con capacidad suficiente.

- Manifestación de voluntad tendiente a establecer una regla de derecho en un ordenamiento jurídico.

- Manifestación de voluntad regida directamente por el derecho internacional.

En definitiva, “el tratado internacional se caracteriza por ser creado mediante una manifestación de voluntad común de dos o más sujetos de derecho de gentes con capacidad suficiente, tendiente a establecer una regla de derecho en un ordenamiento jurídico y que está regida directamente por el derecho internacional”.

En virtud de esta necesidad de relacionarse entre estados, nace el presupuesto de que los lineamientos para estas relaciones deben estar contemplados en la Constitución de la República. En primer lugar cabe mencionar que en el mencionado cuerpo legal se reconocen los derechos que estos instrumentos establecen para beneficio del Ecuador como país suscriptor de los mismos,

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (15.7 Kb)  
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com