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El Comerciante Y Sus Obligaciones


Enviado por   •  15 de Enero de 2015  •  1.686 Palabras (7 Páginas)  •  603 Visitas

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Comerciante

Comerciante es, en términos generales, la persona que se dedica habitualmente al comercio. También se denomina así al propietario de un comercio.

En derecho mercantil el término «comerciante» hace alusión a su materia de estudio subjetiva, es decir a las personas que son objeto de regulación específica por esta rama del Derecho. En este sentido, son comerciantes las personas que, de manera habitual, se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles («actos de comercio»). La habitualidad constituye un elemento esencial de la definición: no toda persona que realice un acto de comercio ocasional (por ejemplo, quien compra en una tienda) se constituye en comerciante, sino que sólo es considerado comerciante desde la perspectiva del Derecho Mercantil quien se dedique al comercio de forma habitual.

Obligaciones genéricas del comerciante

Sin perjuicio de la aplicación de la Ley 17/2009, en cuanto a la exigibilidad a determinadas actividades de comercio específicas de requisitos y condiciones adicionales, el ejercicio de la actividad de comerciante (es decir, de la actividad empresarial) con carácter habitual en territorio español exige, el cumplimiento de determinados requisitos genéricos:

• Solicitar su inscripción en el Registro Mercantil.21 Asimismo, los empresarios obligados a la inscripción deberán hacer constar en toda su documentación, correspondencia, notas de pedido y facturas, el domicilio y los datos identificadores de su inscripción en el Registro Mercantil. Las sociedades mercantiles y demás entidades harán constar, además, su forma jurídica y, en su caso, la situación de liquidación en que se encuentren. Si mencionan el capital, deberá hacerse referencia al capital suscrito y al desembolsado.22

• Llevar una contabilidad ordenada que permita el seguimiento cronológico de todas sus operaciones, y elaborar periódicamente balances e inventarios. Al menos, deberán llevar un Libro de Inventario y Cuentas Anuales y un Libro Diario.23

• Si el comerciante es una sociedad mercantil, deberá asimismo llevar un libro o libros de actas en los que hagan constar todos los acuerdos tomados por las juntas generales y especiales y los demás órganos colegiados de la sociedad.24

• Presentar los libros que obligatoriamente haya de llevar ante el Registro Mercantil para su legalización.25

• Conservar los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, debidamente ordenados, durante seis años.26

• Formular, al cierre del ejercicio, sus cuentas anuales, que formarán una unidad y comprenderán el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, un estado que refleje los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, un estado de flujos de efectivo27 y la memoria.28

• Las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, comanditarias por acciones y de garantía recíproca y fondos de pensiones, entre otras, deberán depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil.29

• Someter las cuentas anuales a auditoría en los supuestos legales en los que la sociedad esté obligada a ello.

• Solicitar el alta en el Censo de Obligados Tributarios dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, y obtener, incluso para el caso de personas o entidades no establecidas en territorio español, un Número de Identificación Fiscal.30

México

En México, el Código de Comercio menciona literalmente en su artículo tercero quienes son comerciantes:

• I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria (dos características: capacidad y Ejercicio Habitual de Comercio)

• II.- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles (Sociedades Mercantiles Nacionales)

• III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.(Sociedades Mercantiles Extranjeras)

Siguiendo lo establecido podemos clasificar a los comerciantes en:

• Comerciantes personas físicas

• Sociedades Mercantiles:

• Sociedades Mercantiles Nacionales

• Sociedades Mercantiles Extranjeras

El artículo 12 del Código de Comercio mexicano establece de manera expresa quienes están imposibilitados para ejercer el comercio:

• I.- Los corredores

• II.- Los quebrados que no hayan sido rehabilitados

• III.- Los que por sentencia ejecutoriada hayan sido condenados por delitos contra la propiedad, incluyendo en éstos la falsedad, el peculado, el cohecho y la conclusión.

Las obligaciones de los comerciantes en México son cuatro, a saber:

• I.- A la publicación, por medio de la prensa, de la calidad mercantil; con sus circunstancias esenciales, y en su oportunidad, de las modificaciones que se adopten;

• II.- A la inscripción en el Registro público de comercio, de los documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse notorios;

• III.- A mantener un sistema de Contabilidad.

• IV.- A la conservación de la correspondencia que tenga relación con el giro del comerciante.

Es aquella persona física o jurídica, nacional o extranjera, que se dedica habitualmente a la comercialización de bienes, entendida como una etapa intermedia entre la de producción y la de consumo, suponiendo el traspaso de la propiedad de los bienes de un sujeto a otro.

El vocablo comercio tiene un origen latino, y de él derva el de comerciante. Proviene de conmutatio (cambio o permuta) y “mercium” mercadería, por ser la permuta o trueque la primera forma de intercambio utilizada, hasta la aparición de la moneda, que comenzó

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