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El Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA)


Enviado por   •  7 de Abril de 2015  •  Trabajos  •  3.101 Palabras (13 Páginas)  •  285 Visitas

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- Diagnóstico, tratamiento y rehabilitación en diferentes niveles de complejidad.

- Suministro de medicamentos.

- Atención inicial en el servicio de urgencias, en cualquier lugar del país.

- Atención por enfermedades de alto costo.

Para más información pueden contactarse con el sistema de salud a través del sitio web www.pos.gov.co.

4. Eventos especiales

El Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) es una cuenta adscrita al Ministerio de la Protección Social, cuyos recursos se destinan a la inversión en salud a través de varias subcuentas, siendo una de ellas la Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito (ECAT). Esta subcuenta tiene por objeto garantizar la atención integral en salud a las víctimas de accidentes de tránsito, acciones terroristas ocasionadas por bombas o artefactos explosivos, y catástrofes naturales y otros eventos aprobados por la entidad del gobierno encargada.

¿Quiénes tienen derecho a los beneficios de la Subcuenta ECAT?

Las personas que han sufrido daños en su integridad física y emocional como consecuencia de:

-Accidentes de tránsito.

-Eventos terroristas: aquellos producidos con bombas o artefactos explosivos.

-Catástrofes de origen natural: sismos, maremotos, erupciones volcánicas, deslizamientos de tierra, inundaciones.

-Otros eventos: que, aprobados por la entidad de gobierno a cargo, tengan origen natural o sean provocados por el hombre en forma accidental o voluntaria, y que afectan en forma masiva e indiscriminada a la población, como el desplazamiento forzado.

¿Cuáles son los servicios adicionales que en salud reciben las PcD a través del FOSYGA, la Subcuenta ECAT y Acción Social, como víctimas de Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y Artefactos Explosivos Improvisados (AEI)?

ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA / SUBSIDIO DE TRANSPORTE: La IPS o un particular que les haya prestado el servicio (terrestre, fluvial u otro) de evacuación, según sea el caso, tramita ante el FOSYGA el subsidio de transporte hasta por diez (10) salarios mínimos diarios legales vigentes, correspondientes al año en que ocurrió el accidente. Plazo: 6 meses.

ATENCIÓN DE URGENCIA HOSPITALARIA REHABILITACIÓN MÉDICA, FÍSICA Y PSICOLÓGICA:

Todas las instituciones hospitalarias públicas o privadas en el territorio nacional deben prestar atención a las víctimas de Minas Antipersonal –MAP-, Municiones sin Explotar –MUSE- y Artefactos Explosivos Improvisados –AEI- de forma inmediata y gratuita, sin exigir ninguna condición previa para la admisión. Y corresponde a la institución que realizó la atención recobrar el dinero ante el FOSYGA. Las víctimas de Minas Antipersonal –MAP-, Municiones sin Explotar –MUSE- y Artefactos Explosivos mprovisados –AEI- que NO hayan adquirido una incapacidad permanente como consecuencia del accidente, tienen derecho a una asistencia humanitaria por heridas leves. El Estado, mediante Acción Social, reconoce 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes por este concepto. La reclamación ante Acción Social debe ser efectuada por la víctima durante el año posterior a la fecha del accidente.

REHABILITACIÓN MÉDICA, FÍSICA Y PSICOLÓGICA: La atención en salud incluye hospitalización, cirugía, material medicoquirúrgico, honorarios médicos,

transfusiones, laboratorios, y ayudas diagnósticas. En instituciones especializadas deben prestar todas las terapias para la rehabilitación y adaptación de órtesis y prótesis de tal forma que las PcD, víctimas de Minas Antipersonal –MAP-, Municiones sin Explotar –MUSE- y Artefactos Explosivos Improvisados –AEI-, logren una vida más independiente. Todo esto en forma gratuita hasta por un año o seis meses, según criterio médico.

INDEMNIZACIÓN POR DISCAPACIDAD PERMANENTE: Las PcD sobrevivientes, o sus familias, en caso de que sean menores de edad, tramitan la indemnización ante el FOSYGA dentro de los seis (6) meses siguientes al accidente. El monto de la indemnización lo determina el porcentaje de discapacidad certificado por la Junta Departamental de Calificación de Invalidez. Se reconoce un valor máximo de hasta 180 Salarios Mínimo Diario Legal Vigente (SMDLV).

ASISTENCIA HUMANITARIA POR INCAPACIDAD PERMANENTE: Las PcD sobrevivientes, o sus familias, en caso de ser menores de edad, tramitan la ayuda humanitaria ante Acción Social dentro del año posterior al accidente. Las víctimas de Minas Antipersonal –MAP-, Municiones sin Explotar –MUSE- y Artefactos Explosivos Improvisados –AEI- tienen derecho a recibir una asistencia humanitaria por incapacidad permanente. El Estado, mediante Acción Social, reconoce hasta 40 salarios mínimos mensuales legales vigentes por este concepto.

SUBSIDIO POR GASTOS FUNERARIOS: Este subsidio será tramitado por la familia de la víctima ante el FOSYGA; el monto entregado será hasta por un

valor máximo de 150 salarios mínimos diarios legales vigentes, correspondientes al año en que ocurrió el accidente. Plazo de 6 meses.

INDEMNIZACIÓN POR MUERTE: Los familiares de las víctimas de Minas Antipersonal –MAP-, Municiones sin Explotar –MUSE- y Artefactos Explosivos

Improvisados –AEI- que murieron a raíz del accidente tienen derecho a recibir una indemnización por muerte. El Estado, mediante FOSYGA, reconoce 600 salarios mínimos diarios legales vigentes por este concepto. La reclamación ante FOSYGA debe ser efectuada durante los 6 meses posteriores al accidente.

ASISTENCIA HUMANITARIA POR MUERTE: Esta ayuda será tramitado por la familia de la víctima ante Acción Social por un valor de cuarenta (40) salarios mínimos mensuales legales. Plazo: 1 Año.

FUNDAMENTOS DEL SERVICIO PUBLICO DE SALUD.

1. EQUIDAD. El Sistema General de Seguridad Social en Salud proveerá gradualmente servicios de salud de igual calidad a todos los habitantes en Colombia, independientemente de su capacidad de pago. Para evitar la discriminación por capacidad de pago o riesgo, el Sistema ofrecerá financiamiento especial para aquella población mas pobre y vulnerable,

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