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El amparo orígenes y evolución


Enviado por   •  2 de Mayo de 2014  •  Informes  •  1.877 Palabras (8 Páginas)  •  327 Visitas

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Introducción

El presente trabajo tiene como objetivo enseñar al el lector un poco del origen y de lo que es el amparo y como fue evolucionando hasta la actualidad, ya que fue creado por un jurista mexicano en la ciudad de Yucatán después de las “Siete leyes” en la Constitución de esa misma ciudad en 1841.

Podemos decir que el Juicio de Amparo se basa en la idea de limitación del poder de las autoridades gubernamentales, la cual jurídica y lógicamente resulta de la decisión de la soberanía que en los primeros artículos de la Constitución garantiza los derechos humanos.

El amparo en un amplio sentido se revela como un conjunto de actos procesales o procesos que culminan en resolución judicial o sentencia, que constituye su causa final común, y en un sentido estricto, como un derecho, como una potestad que tiene la persona para hacer que se repare en su favor cualquier violación a sus garantías individuales

El amparo orígenes y evolución

Concepto de amparo

El amparo en un amplio sentido se revela como un conjunto de actos procesales o procesos que culminan en resolución judicial o sentencia, que constituye su causa final común, y en un sentido estricto, como un derecho, como una potestad que tiene la persona para hacer que se repare en su favor cualquier violación a sus garantías individuales. El amparo es el medio jurídico que preserva las garantías constitucionales del gobernado contra todo acto de autoridad que las viole (fra. I del artículo 103 constitucional); que garantiza en favor del particular el sistema competencial existente entre las autoridades federales y las de los estados. Por lo tanto el amparo es una forma o medio para poner en ejercicio la garantía de la protección judicial de los derechos, cuando los mismos se encuentran afectados por actos u omisiones, provenientes del poder público o de particulares, manifiestamente ilegales o arbitrarios, estando tales derechos y garantías establecidos en la Constitución.

El juicio de amparo tiene como finalidad esencial la protección de las garantías constitucionales del gobernado y la tutela del régimen competencial existente entre las autoridades federales y las de los estados, a través de la garantía de competencia constitucional consagrada por el artículo 16 constitucional. en tiempos modernos el termino amparo se emplea, para designar una modalidad de actuación del Poder Judicial, destinada a proteger derechos básicos, identificados con las libertades o garantías individuales que las constituciones liberales prevén implícita o explícitamente, dentro de nuestra legislación.

Orígenes del amparo

El Amparo es una institución que en México desde sus primeros años de vida, a mediados del siglo XIX, fue sufriendo transformaciones que complejizaron su naturaleza ampliando poco a poco los supuestos de su procedencia y por ende también, su extensión protectora y sus ámbitos de aplicación. En un primer término, el amparo surgió, inclusive con este nombre, en la Constitución del estado de Yucatán del 31 de marzo de 1941 y según el proyecto elaborado en diciembre de 1940 por el ilustre jurista mexicano y nativo de dicha entidad federativa, Manuel Crescencio Rejón estimado con toda razón como uno de los creadores de nuestra máxima institución procesal y también el primero en Latinoamérica determino la consagración legal de la revisión judicial de la constitucionalidad de las leyes. El motivo por el cual apareció el amparo mexicano en una entidad federativa se debe a que en esa época se libraba una lucha encarnizada entre los partidarios del restablecimiento del sistema federal, que eran los miembros del partido liberal, y los conservadores que sostenían el régimen unitario consagrado en las mencionadas “siete leyes constitucionales de 1836” y en esos momentos dominada en el estado de Yucatán un gobierno local partidario de la unión federal, tendría facultad para oponerse a las violaciones a la propia Constitución derivadas de leyes o actos provenientes del Poder Ejecutivo o Legislativo, debiendo proteger las garantías individuales, siempre que mediare petición del afectado, y sus resoluciones se limitarían únicamente al solicitante del amparo.

En concordancia con las ideas de Rejón, emite un voto particular con la finalidad de crear un medio protector de la Constitución, para defender al individuo contra las violaciones cometidas por cualquiera de los tres Poderes Federales, agregando la necesidad de crear las garantías individuales, quedando plasmadas estas ideas en el artículo 25 del acta de Reforma de 1847, mediante la cual se establecía que cualquier habitante de la República podía ser amparado por los tribunales de la Federación, contra actos de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, estableciéndose asimismo que estos tribunales se concentrarían a conceder su protección al individuo que solicitara el amparo de la Justicia Federal, sin hacer declaración general respecto al acto o Ley impugnada, creándose el principio de relatividad de las sentencias de amparo, conocida también como la fórmula Otero, la cual refiere que: "La sentencia será siempre tal, que sólo se ocupe de individuos particulares, limitándose a ampararlos y protegerlos en el caso especial sobre que verse su queja, sin hacer una declaración general respecto a la ley o acto que la motivare".

Bases Constitucionales del Juicio de Amparo

Las bases constitucionales del Juicio de Amparo se establecen en los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El juicio de amparo es un instrumento jurídico creado en favor de los gobernados del Estado mexicano, que tiene por finalidad "hacer respetar los imperativos constitucionales en beneficio de aquellos", esto es, sus garantías individuales. El juicio de amparo mexicano constituye en la actualidad la última instancia de impugnación de la mayor parte de los procedimientos judiciales, administrativos y aun de carácter legislativo, por lo que tutela todo el orden jurídico nacional contra las violaciones realizadas por cualquier autoridad, siempre que esas infracciones se traduzcan en una afectación actual, personal y directa a los derechos de una persona jurídica, sea individual o colectiva. Las fuentes legislativas actuales del juicio

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