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El uso de taser y gas pimienta


Enviado por   •  11 de Febrero de 2021  •  Ensayos  •  2.142 Palabras (9 Páginas)  •  207 Visitas

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EL USO DE TASERS Y GAS PIMIENTA EN DEFENSA PROPIA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO

Autor:        Julio César Hernández Granados

7 de octubre de 2020 Pachuca – Hidalgo        

RESUMEN

La delincuencia es algo de lo cual muchos ya estamos cansados, así como de los abusos de los usurpadores callejeros.

Muchas personas ya están tomando sus propias medidas de prevención de ataques y muchas de ellas no se encuentran informadas de la mejor manera. Un recurso que se puede utilizar seria las armas de paralización temporal, como lo son el gas pimienta o los TASER, los cuales no causan un daño permanente al agresor, y sirvan para huir de la zona de riesgo.

Tomando lo anterior en cuenta sabemos que su prohibición o legalización no están como tal implícitas en el Código Penal Federal, ni en ninguna otra Ley de carácter Federal, es entonces cuando recurrimos a las diferentes Leyes Estatales y Códigos Penales de cada una de las Entidades del país.

ABSTRACT

Crime is something that many of us have had enough of, as well as the abuses of the street urchins.

Many people are already taking their own measures to prevent attacks and many of them are not informed in the best way. One resource that can be used would be temporary stun guns, such as pepper spray or TASERS, which do not cause permanent damage to the attacker, and serve to flee the risk zone.

Taking into account the above, we know that their prohibition or legalization is not as such implied in the Federal Criminal Code, nor in any other Law of Federal character, it is then when we resort to the different State Laws and Criminal Codes of each one of the Entities of the country.


INTRODUCCIÓN

La violencia, inseguridad, miedo e incertidumbre social hacen que por lo menos una vez nos pongamos a pensar en si es necesario portar uno de estos aparatos para que, en caso de experimentar un episodio de abuso o delincuencia en las calles tengamos un “arma” para inmovilizar a nuestro agresor. Aunque en la mayoría de entidades estos se encuentran prohibidos, todo depende de la utilización de las mismas.

Las armas de inmovilización temporal, tales como el gas pimienta, el taser o pistola de electroshock, son dispositivos que actualmente no son del todo legal en el país, pero, si nos ponemos a analizar el código penal de cada estado, nos daremos cuenta que cada uno tiene su propia manera de hacer valer la ley en caso de su utilización.

El uso de los dispositivos antes mencionados es sancionado de diferentes maneras, puesto que su efecto es distinto, mientras que uno inmoviliza a base de una carga de choque, el otro lo hace a través de la ceguera causada por la irritación del gas. Pese a que estos dispositivos los podemos encontrar en grupos de Facebook o tiendas en línea, en diferentes puestos, tianguis o tiendas de productos de uso militar, no son legales en muchos estados y de igual manera en los que no está penado su uso, no son siempre los que regula la ley.

En este ensayo se tocarán los distintos puntos obtenidos de diferentes fuentes tales como periódicos, revistas, medios de información masivos, así como la consulta del código penal de cada entidad federativa. Cabe destacar que no se pretende desalentar los ánimos de protección y defensa personal de quienes cuentan con uno de los objetos mencionados con anterioridad.

La legalización y regulación de este tipo de armas en verdad podría hacer la diferencia en un acto delictivo a los que tristemente ya estamos acostumbrados, como pueden ser el robo, el secuestro, el acoso, la violencia, entre otros.

DESARROLLO

México es una federación, una unión de estados que están sometidos a un mismo gobierno, cada cual, guardando cierta soberanía, lo que se resume en tener diferentes leyes que rigen a las Entidades Federativas, o leyes estatales, y por otro lado las leyes que rigen a todo México.

Si analizamos el Código Penal el cual fue reformado el 24 de enero del 2020 encontramos que nos señala una penalidad para quien porte sin un fin licito los instrumentos que solo pueden ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas[1] señalando en su tercer párrafo que estos delitos competen al fuero común, previsto por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Analizando la Ley Federal de Armas la cual nos prevé de 2 delitos relacionado con la portación de armas “se sancionará con penas de 2 a 7 años y de 50 a 200 días de multa a quien porte un arma comprendida en los artículos 9 y 10 de esta Ley sin tener expedida la licencia correspondiente” (Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, 2015, p.17)[2] el cual nos remite al listado que nos presentan en los artículos 9 y 10, en los cuales no se menciona a ninguno de los 2.

Por otra parte, el articulo 83 nos habla sobre el delito de portar un arma exclusiva del ejército, listado que podemos encontrar en el articulo 11, siendo en el inciso L) donde encontramos que el uso exclusivo de gases y sustancias químicas de aplicación exclusivamente militar sin destacar en ningún momento cuales son dichos gases. 

Podemos decir que, a nivel Federal no está restringido el uso de estos paralizadores y gases, puesto que en ninguno de los artículos antes mencionados hacen especial mención de estos entonces como se suele decir, lo que no está prohibido está permitido. Ahora bien, algo diferente pasa si analizamos el código penal de cada Entidad Federativa.

Lo que pasa en cada Estado con el manejo y uso de estas armas es diferente, siendo Aguascalientes, Guanajuato, Guerrero Chihuahua, Durango, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Colima e Hidalgo los estados en el que su código penal no hace mención de alguna sanción sobre el uso de estos, siendo en algunos casos el hecho de que no se encuentra implícito como tal o bien se señala que estos están fuera de la categoría de las armas y objetos que en él se hace mención.

Un caso particular pasa en la CDMX en el cual el gas pimienta[3] es aplicable solo cuando no se va a cometer algún robo, en otras palabras, siempre y cuando no estés asaltando a alguien puedes usarlo de manera responsable, si el caso fuera distinto y se utilizara con otros fines, como jugar o infligir daño, en ese caso el uso del mismo se puede equiparar a la violencia moral, o configuración de armas de fuego las cuales utilicen proyectiles a través de gas o aire comprimido.

En los únicos Estados en los que el gas pimienta se considera un gas asfixiante o tóxico, son Puebla, Estado de México, Michoacán y Jalisco, siendo el último el cual señala que el simple hecho de portarlo, regalarlo o venderlo será acreedor a una multa de 10 a 50 días.

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