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Elaboracion De Un Registro De Matrimonio


Enviado por   •  2 de Mayo de 2013  •  1.551 Palabras (7 Páginas)  •  371 Visitas

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COMO SE ELABORA UN REGISTRO DE MATRIMONIO

CUESTIONARIO

1. ¿Qué matrimonios se deben registrar?

Todos los matrimonios católicos, civiles y de otros cultos con personería jurídica inscritos ante el Ministerio del Interior.

De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 25 de 1992, "Tendrán plenos efectos jurídicos los matrimonios celebrados conforme a los cánones o reglas de cualquier confesión religiosa o iglesia que haya suscrito para ello concordato o tratado de Derecho Internacional o convenio de Derecho Público Interno con el Estado colombiano.

"Los acuerdos de que trata el inciso anterior sólo podrán celebrarse con las confesiones religiosas e iglesias que tengan personería jurídica, se inscriban en el registro de entidades religiosas del Ministerio de Gobierno, acrediten poseer disposiciones sobre el régimen matrimonial que no sean contrarias a la Constitución y garanticen la seriedad y continuidad de su organización religiosa.

"En tales instrumentos se garantizará el pleno respeto de los derechos constitucionales fundamentales

12. ¿Qué pasa si no se registra el matrimonio?

Si el matrimonio no es registrado no hay manera de probar legalmente que éste existe, lo cual puede ser determinante en procesos de sucesiones, sustituciones pensionales y otros.

13. ¿Cómo se si estoy registrado?

El registro se hace a solicitud del interesado. Si la persona quiere saber si su matrimonio está registrado, puede acercarse a cualquier Registraduría del país y consultar si su boda está en la base de datos de la Entidad.

14. ¿Hay que registrar el divorcio?

Sí. En el Registro Civil de Nacimiento de los contrayentes y en el Registro Civil de Matrimonio se debe hacer una anotación de todos los hechos y actos que afecten el estado civil, y uno de estos es el divorcio, la separación de cuerpos, de bienes, entre otros.

15. ¿El Registro Civil de Matrimonio tiene caducidad?

No. El Registro Civil de Matrimonio no se debe exigir con una vigencia determinada.

16. ¿La información del Registro Civil de Matrimonio es pública? De acuerdo con el artículo 213 del Código Electoral, “toda persona tiene derecho a que la Registraduría le informe sobre el número, lugar y fecha de expedición de documentos de identidad perteneciente a terceros.

Tiene carácter reservado las informaciones que reposen en los archivos de la Registraduría referente a la identidad de las personas, como son sus datos biográficos, su filiación y fórmula dactiloscópica. De la información reservada sólo podrá hacerse uso por orden de autoridad competente”

Así mismo, el artículo 115 del Decreto 1260 de 1970, señala que “Las copias y los certificados de las actas, partidas y folios del registro de nacimiento se reducirán a la expresión del nombre, el sexo y el lugar y la fecha del nacimiento.

Las copias y certificados que consignen el nombre de los progenitores y la calidad de la filiación, solamente podrán expedirse en los casos en que sea necesario demostrar el parentesco y con esa sola finalidad, previa indicación del propósito y bajo recibo, con identificación del interesado.

La expedición y la detentación injustificada de copias o certificados de folios de registro de nacimiento con expresión de los datos específicos mencionados en el artículo 52, y la divulgación de su contenido sin motivo legítimo, se considerarán atentados contra el derecho a la intimidad y serán sancionados como contravenciones en los términos de los artículos 53 a 56 del Decreto Ley 1118 de 1970”.

17. ¿Quién puede acceder a la información del Registro Civil de Matrimonio?

La información de este documento sólo se da a titulares, apoderados, representantes legales o autoridades que tengan funciones de policía judicial.

18. ¿Se puede consultar los Registros Civiles de Matrimonio por internet?

No. Actualmente no se ha implementado el servicio de consulta de los Registros Civiles de Matrimonio en internet.

19. ¿Cómo se corrige un error en el Registro Civil de Matrimonio?

Hay diferentes tipos de errores. La Ley dispone que los errores mecanográficos o de ortografía que se establezcan de la sola lectura del folio o de la comparación con el documento antecedente se corrigen a solicitud del interesado.

Los errores diferentes a estos y que no alteren el estado civil, se corrigen por escritura pública ante Notaría. Así mismo, los que si alteran el estado civil se modifican por sentencia de un juez.

20. ¿Desde qué año se lleva el Registro Civil de Matrimonio?

Desde 1852 existen los primeros registros. Con la Ley 92 de 1938 se implementó los registros en tomos y folios. Ya en el año 1982, en caso de los Registros Civiles de Matrimonio, se efectuó el Nuevo Sistema de Seriales en este tipo de documentos.

ASI SE REGISTRA UN MATRIMONIO EN COLOMBIA

El Estado colombiano, para dar validez a los matrimonios civiles y religiosos

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