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Escalafón En México.


Enviado por   •  16 de Marzo de 2014  •  763 Palabras (4 Páginas)  •  349 Visitas

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ESCALAFON.

Definición.

Ordenación jerárquica, operativa y administrativa de las personas que constituyen el capital humano de una institución, en la que se definen las relaciones de mando, ámbito de responsabilidad y autoridad (competencia), así como los sueldos correspondientes, en su caso.

Objetivo:

Garantizar a todos los trabajadores su desarrollo, aumento de interés, otorgar mayor estabilidad de empleo y asegurar su ascenso.

Reglamentación del escalafón

Son las reglas generales para acceder a movimientos promocionales que contienen:

• Forma de proceder

• Forma de convocar

• Forma de evaluar

• Aspectos a calificarse con determinación de puntuación.

• Participantes en el proceso

El artículo 123 Constitucional apartado B inciso VIII dice: Los trabajadores gozarán de derechos de escalafón a fin de que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes y antigüedad. En igualdad de condiciones, tendrán prioridad quien represente la única fuente de ingresos de su familia.

La Ley Federal del Trabajo Capitulo IV (Derechos de preferencia, antigüedad y ascenso, art. 159 dice: Las vacantes definitivas, las provisionales con duración mayor de treinta días y los puestos de nueva creación, serán cubiertos escalafonariamente, por el trabajador de la categoría inmediata inferior, del respectivo oficio o profesión.

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Art. 47: El sistema organizado en cada dependencia conforme a las bases establecidas en este título, para efectuar las promociones de ascenso de los trabajadores y autorizar permutas.

Procedimientos escalafonario:

Se constituye de los siguientes aspectos:

 Plaza vacante.

 Estudio y determinación de requisitos de la vacante.

 Elaboración de convocatoria

 Publicación de convocatoria

 Periodo de inscripciones

 Formación de expedientes

 Elaboración de cédula de evaluación

 Calificación y dictamen

Ocupación de vacantes definitivas, interinas y provisionales.

Vacantes definitivas.

Art. 51 LFT. Trabajadores al Servicio del Estado:

Señala que las vacantes se otorgarán a los trabajadores de la categoría inmediata inferior, que acrediten mejores derechos en la valoración y calificación de los factores

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