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Exhorto o carta rogatoria internacional


Enviado por   •  25 de Febrero de 2015  •  Trabajos  •  620 Palabras (3 Páginas)  •  661 Visitas

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EXHORTO O CARTA ROGATORIA INTERNACIONAL

¿Qué es un Exhorto o Carta Rogatoria Internacional?

La carta rogatoria es un medio de comunicación procesal entre autoridades que se encuentran en distintos países, y que sirve para practicar diversas diligencias en otro lugar en el que el juez del conocimiento no tiene jurisdicción. Dichas diligencias van encaminadas a la solicitud que formula un juez a otro de igual jerarquía, a fin de que se practique ante el segundo el desahogo de una notificación de documentos o citación de personas, emplazamientos a juicio, etc., y que recurren a ello, en virtud de que por cuestiones de jurisdicción, tienen una limitante en cuanto a su ámbito de competencia espacial, ya que no pueden actuar más que en el territorio que les circunscribe. Lo anterior se sustenta en base a las diversas Convenciones o Tratados Internacionales en los que se contemple la tramitación de cartas rogatorias, y a falta de ello, en base a la reciprocidad internacional.

Por lo tanto, la definición de carta rogatoria (también llamada "comisión rogatoria" o "exhorto internacional"), es un medio de comunicación que dirige una autoridad judicial a otra que se encuentra en un país distinto, por el que se solicita la práctica de determinadas diligencias que son necesarias para substanciar el procedimiento que se sigue en el primero, atendiendo a los tratados internacionales de los cuales formen parte, y a falta de los mismos, al principio de reciprocidad.

Trámite de un Exhorto o Carta Internacional.

REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE UN EXHORTO O CARTA ROGATORIA.

1.- Presentar el exhorto o carta rogatoria librado por autoridad judicial mexicana, debidamente legalizado o apostillado, el cual deberá expresar claramente la diligencia a desahogarse, señalando el nombre de la persona física o moral con la que se entenderá la diligencia y el domicilio correspondiente, indicando calle, número, condado o poblado, código postal y ciudad.

2.- Presentar los documentos con los cuales se correrá traslado al demandado o, en su caso, aquellos que sean motivo de la diligencia solicitada en el exhorto o carta rogatoria.

3.- Presentar tanto el exhorto o carta rogatoria así como sus anexos, debidamente traducidos al idioma oficial del país donde surtirá sus efectos, por perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia.

NOTA IMPORTANTE:

Únicamente se tramitan vía exhorto aquellas diligencias de trámite procesal como: notificaciones, citaciones, emplazamientos, etc.

No aquellos actos que impliquen EJECUCIÓN COACTIVA, los cuales deberán homologarse

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