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FUNCIONES ADMINISTRATIVAAS


Enviado por   •  6 de Enero de 2014  •  664 Palabras (3 Páginas)  •  200 Visitas

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La doctrina hace referencia de manera reiterada a la distinción entre función administrativa y Administración Pública. Y es que, existen entidades que desarrollan funciones administrativas, que no forman propiamente parte del Estado. A su vez, existen entidades del Estado que no ejercen función administrativa, sino de otra índole. Además del concepto negativo (administración es lo que implica ni legislación ni jurisdicción), hay dos criterios distintos de tipo positivo que han sido propuestos para diferenciar las funciones estatales: el criterio orgánico y el criterio material o sustancial.

La función administrativa es la que el Estado realiza bajo un orden jurídico, y que consiste en la ejecución de actos que determinan situaciones jurídicas para casos individuales.

Es la función del Estado que se ocupa de la satisfacción de los intereses comunitarios impostergables. Es la función más amplia que se utiliza en la esfera estatal y es la función principal del Poder Ejecutivo, donde encontramos el derecho administrativo puro.

"La función administrativa es la actividad concreta, practica, desarrollada por el Estado para la inmediata obtención de sus cometidos.

El Estado realiza comúnmente tres funciones básicas: la función legislativa, la judicial y la administrativa. Si bien con respecto a las dos primeras no se presentan muchos problemas con respecto a su contenido u objeto, con respecto a la tercera, la función administrativa, han existido grandes diferencias de interpretación a lo largo de la evolución jurídica, al menos, en los países que adhieren a los principios republicanos o que han atravesado un proceso constituyente con separación de poderes.

En este orden de ideas es necesario señalar que la Ley de Procedimiento Administrativo General (en adelante, la Ley) señala que la misma es de aplicación para todas las entidades de la administración pública. Sin embargo, no establece que debe entenderse propiamente por Administración Pública, sino que la define a través de las entidades que la conforman, empleando un criterio más bien orgánico .

Desde el punto de vista orgánico (a veces llamado formal), podemos hacer la distinción según el acto sea realizado por un órgano jurisdiccional (que es independiente), administrativo (dependiente) o legislativo (de índole constitucional), y determinar si nos encontraríamos ante una función de tal o cual tipo; pero este criterio es insuficiente y, tomado a la letra, resulta ser erróneo, por cuanto en los órganos legislativos y jurisdiccionales también se realizan funciones administrativas.

Desde el punto de vista material, es decir, ateniéndonos a la descripción externa de los actos mismos, serían actos legislativos los que establecen reglas de conducta humana en forma general e imperativa (es decir, son actos legislativos los que crean normas o reglas de

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