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Glosario Contraloria


Enviado por   •  24 de Agosto de 2014  •  394 Palabras (2 Páginas)  •  230 Visitas

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GLOSARIO CASO CONTRALORA

NULIDAD: La nulidad es una sanción jurídica, que le resta la eficacia que puede tener un acto jurídico, que ha nacido con algún vicio o que simplemente no ha nacido formalmente al mundo del derecho. No obstante que los actos puedan ser sancionados con la nulidad, mientras ella no haya sido declarada por el juez que conoce de la causa, no será nulo.

PECULADO: El término peculado se emplea en el ámbito del derecho para nombrar al delito que se concreta cuando una persona se queda con el dinero público que debía administrar. El peculado, por lo tanto, forma parte de lo que se conoce comúnmente como corrupción.

MEDIDA DE ASEGURAMIENTO: Las medidas de seguridad, en Derecho penal, son aquellas sanciones complementarias o sustitutivas de las penas, que el juez puede imponer con efectos preventivos a aquél sujeto que comete un injusto (hecho típico y antijurídico); pero, que de acuerdo con la teoría del delito, al ser inimputable no puede ser culpado por un defecto en su culpabilidad. Esta persona es susceptible de recibir una medida de seguridad para evitar nuevos injustos. Sin embargo, existen sistemas penales en los que también se aplican medidas de seguridad a personas imputables, tal es el caso del sistema penal mexicano.

NORMA DE AUSTERIDAD: Austeridad es un término que procede del vocablo latino austeritas y que indica la cualidad de austero. Alguien austero, por su parte, es sobrio, morigerado, penitente y severo, que no hace ninguna clase de alardes y que se ajusta con rigurosidad a las normas de la moral.

DETRIMENTO PATRIMONIAL: El concepto de detrimento patrimonial está ligado a los procesos que se ejercitan por responsabilidad fiscal, la cual surge del manejo de dineros públicos.

Si la corporación maneja fondos o bienes del Estado, puede ser investigada en cabeza de su representante legal, por la contraloría en un juicio de responsabilidad fiscal por detrimento patrimonial, donde se determina si hubo un daño fiscal por mala gestión en el manejo de los recursos públicos.

SOFISMA DE DISTRACCIÓN: Los sofismas son los falsos raciocinios que nos inducen a errar y que son producidos por el ego en los 49 niveles del subconsciente.

El subconsciente es el sepulcro del pasado sobre el cual arde la efímera llama del pensamiento, y donde son producidos los sofismas de distracción que llevan el animal intelectual a la fascinación y por fin al sueño de la conciencia.

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