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Contraloria


Enviado por   •  21 de Agosto de 2011  •  1.326 Palabras (6 Páginas)  •  734 Visitas

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13. DEFINA DERECHO: Es el sistema de normas, principios e instituciones que rigen de manera obligatoria, el actuar del hombre en sociedad, para alcanzar la justicia, la seguridad y el bien común.

14. DERECHO PRIVADO: Es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares.

15. DERECHO PUBLICO: Es el conjunto de normas que rigen las relaciones con otros estados, rige también las relaciones entre los órganos del estado y las relaciones de la sociedad cuando actúa como poder soberano, es decir, como entidad superior que se impone legítimamente a los ciudadanos.

16. DERECHO ADMINISTRATIVO: Reglamenta la organización y el funcionamiento de la administración pública y las relaciones del Estado con ésta; tiene por objeto especifico la administración pública.

17. ACTO ADMINISTRATIVO: El acto administrativo se define como cualquier declaración de voluntad, deseo, conocimiento o juicio, realizada por una Administración Pública en virtud de una potestad administrativa, distinta de la potestad reglamentaria y controlable por Juzgados y Tribunales. Por tanto, podemos decir que un acto administrativo es cualquier acto dictado por la Administración con arreglo a las normas de derecho administrativo.

Las características básicas de este concepto, son las siguientes:

- Es un acto jurídico, es decir, un acto que genera unas consecuencias jurídicas

- Es un acto dictado por una Administración, de modo que quedan excluidos automáticamente todos aquellos actos realizados por los interesados ( los particulares, ya sean personas físicas o jurídicas) como solicitudes, recursos, quejas, sugerencias, reclamaciones etc.

18. DERECHO TRIBUTARIO: (también conocido como derecho fiscal) es una rama del Derecho Público que estudia las normas jurídicas a través des las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en aras de la consecución del bien común.

19. DERECHO TRIBUTARIO SUSTANTIVO O MATERIAL: (lo componen el conjunto de normas que definen los supuestos de las obligaciones tributarias y los sujetos, desde una concepción de la obligación similar a la del derecho privado)

20. DERECHO TRIBUTARIO PROCESAL: Es el conjunto de normas que regulan los procesos que resuelven las controversias que pudieran existir entre los contribuyentes y el fisco.

21. RELACION DEL DERECHO TRIBUTARIO CON LOS DEMAS DERECHOS:

Teniendo en cuenta que la ciencia del derecho tributario es una parte del derecho administrativo que expone los principios y las normas relativas a la imposición y a la recaudación de los tributos y analiza las consiguientes relaciones entre los entes públicos y los ciudadanos” se puede desprender que del derecho tributario se estudian varias instituciones jurídicas en su interior, y que muchas de ellas son creaciones de las ramas de la ciencia del derecho, por lo tanto, es más que necesaria las relaciones entre las ramas del derecho a fin de crear un sistema jurídico coherente y estructurado. Al establecer una relación del derecho tributario con otras ramas del derecho se parte de la existencia de una interdependencia entre las diferentes ramificaciones del mismo en definitiva, podríamos decir que cuando valores superiores de justicia se hallan involucrados, y el estado impone ciertas pautas a la que los sujetos del derecho deben ajustarse estaríamos en el ámbito del Derecho Público, integrado por las siguientes ramas: Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, derecho Penal, Derecho Procesal, Derecho Laboral y Derecho Tributario.

22. CUALES ON LOS PRINCIPIOS Y LAS FUENTES CONSTITUCIONALES DEL DERECHO TRIBUTARIO:

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE RIGEN LA TRIBUTACIÓN

• PRINCIPIO DE LEGALIDAD: Por este principio se exige que la ley establezca claramente el hecho imponible, los sujetos obligados al pago, el sistema o la base para determinar el hecho imponible, la fecha de pago, las exenciones, las infracciones y sanciones el órgano habilitado para recibir el pago, etc.

• PRINCIPIO DE IGUALDAD FISCAL: Art. 16 (la igualdad es la base del impuesto) y art. 4 ("las contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el congreso,") y el art. 75 inc. 23 que establece la igualdad real de oportunidades y de trato.

• EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD: Está relacionado con la capacidad contributiva del sujeto, con su riqueza. El impuesto debe ser en las mismas circunstancias igual para todos los contribuyentes. La igualdad fiscal permite:

A) la discriminación entre los distintos contribuyentes siempre que el

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