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Historia de las Constituciones de los Estados Unidos Mexicanos

Irais Milet MendozaDocumentos de Investigación17 de Marzo de 2016

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LICENCIATURA EN DERECHO[pic 5]

Derecho Constitucional I

  Visita al Museo de las Constituciones  

Tema de Investigación:

    Historia de las Constituciones de los Estados Unidos Mexicanos

Nombre del Alumno:

 Mendoza Castillo Irais Yamilet

Nombre del Profesor:

 Maestro Luis Alberto García Flores

Fecha de Entrega:

 12/Feb/2016

Generación 2015 – 2018

Coacalco de Berriozábal, Febrero de 2016


Historia de las Constituciones de los Estados Unidos Mexicanos

 Mendoza Castillo Irais Yamilet

Sumario.-     I   Introducción,      II   Antecedentes,     II.I   La Constitución de Cádiz, II.II   Influencia de la Constitución de Cádiz,     II.III   El Constitucionalismo de la Independencia,                                  II.IV  Integración del Congreso,      II.V    Sentimientos de la Nación,      III   Constitución de 1814,     IV   Constitución de 1824,     V  Constitución de 1836,    VI   Constitución de 1843,     VII   Acta Constitutiva,     VIII  Plan de Ayutla,     IX   Constitución de 1857,     X   leyes de Reforma               XI  Imperio y Republica,     XII   Constitución de 1917,  XIII Conclusión,   XIV Galería,                        XV Bibliografía

I

 Introducción

Este ensayo es para tener un acercamiento al conocimiento obtenido en la visita al museo de las constituciones. Se verá el desarrollo de la constitución de los Estados Unidos Mexicanos. Además un análisis y recorrido histórico a cada una de las constituciones.

II

 Antecedentes

II.I  La Constitución de Cádiz

Todo inicio con la Junta Central de Gobierno en Cádiz, que asumió la soberanía en ausencia de su monarca y dirigió la lucha armada por la Independencia. El 22 de enero de 1809 expidió un decreto que reconocía a las colonias americanas como parte integrante de la monarquía con derecho a enviar representantes a las Cortes Constituyentes que se instalaron en forma solemne el 24 de septiembre de 1810.


Posteriormente la “Constitución Política de la Monarquía Española” fue jurada en España el 19 de marzo de 1812. Establece la igualdad de los españoles de ambos hemisferios y de las provincias peninsulares y de ultramar; la soberanía nacional; la separación de poderes; la sujeción del monarca a la ley; la necesidad del refrendo del ministro respectivo para dar validez a los actos reales. Declaró derechos humanos en el título relativo a los tribunales y a la administración de justicia, como limitaciones a las facultades del rey de las Cortes, la libertad de prensa y la supremacía de la Constitución.


Fue promulgada y jurada en la Nueva España el 30 de septiembre de 1812. No se aplicó lo relativo a la libertad de prensa, las diputaciones provinciales fueron electas.

Como consecuencia del triunfo en España de la revolución liberal de 1820, Fernando VII se sujetó el 7 de marzo a los preceptos de la Constitución. El virrey Juan Ruiz de Apodaca la juró el 31 de mayo de 1820, y las diputaciones quedaron nuevamente instaladas. La Constitución de Cádiz estaba vigente al consumarse la independencia y permaneció así durante los primeros meses de la vida independiente.

Uno de los aspectos más destacables de la actuación de los representantes de la Nueva España en el Constituyente de Cádiz, fue la defensa que hicieron de la igualdad racial; La oposición firme de la delegación mexicana fue la primera condena de la discriminación racial de que se tiene noticia en un Congreso Constituyente.

II.II Influencia de la Constitución de Cádiz

Por consiguiente la influencia de la Constitución de Cádiz fue de la siguiente manera:

La Constitución de Apatzingán adoptó el sistema de elección indirecta en tres etapas que estableció Cádiz. La Constitución de 1824 toma de ella la estructura de su capitulado, los derechos humanos repartidos en el texto y el sistema electoral que quedó como base de los mexicanos hasta 1857. Las constituciones posteriores y nuestra Constitución vigente recogen el refrendo ministerial, la figura de los legisladores suplentes y la Comisión Permanente que actúa durante los recesos en las sesiones de las Cámaras basados en instituciones similares que creó Cádiz. Asimismo, la Constitución de Cádiz sembró la idea de supremacía constitucional y de defensa de la Constitución al facultar a las Cortes para conocer de toda infracción a la Ley Suprema y a todo español para reclamarla.

II.III  El constitucionalismo de la Independencia

El constitucionalismo comenzó a surgir en la independencia por las ideas liberales de la época que estaban basadas en lo escrito en la Constitución de Cádiz.
El movimiento comenzó con la idea de autonomía, que no implicaba la separación de la Corona española. La idea de autonomía (gobierno propio pero dentro del Imperio Español) se planteó con el propósito de atraer al movimiento a los criollos prominentes que rechazaban la violencia, permanecían fieles a la Corona e incluso algunos participaron en la elaboración de la Constitución de Cádiz. Cuando los primeros caudillos, Miguel Hidalgo e Ignacio Allende fueron vencidos, Ignacio López Rayón y José María Morelos y Pavón dieron continuidad al movimiento, convencidos de la necesidad de fincar la independencia en instituciones que le dieran fundamento. 

II.IV  Integración del congreso

Después con los ideales que ya tenían marcados el Congreso se formó por diputados electos en las provincias controladas por los insurgentes y algunos otros nombrados por Morelos.


Eran hombres de amplia cultura y la mayor parte con estudios de derecho: Andrés Quintana Roo, Carlos María de Bustamante, José Manuel de Herrera, José María Sotero Castañeda, quienes más adelante mostraron sus talentos. El Congreso trabajó en circunstancias muy difíciles acompañando a las huestes insurgentes en sus acciones militares y padeciendo la inseguridad y las inclemencias del tiempo.

II.V Sentimientos de la Nación

Morelos elaboró un extraordinario documento en que reflejó cual era el sentir de quienes en la nación buscaban la independencia el 14 de septiembre de 1813: en Chilpancingo, y que serían la base de su constitución los Sentimientos de la Nación.

Destacan en él las ideas y los principios éticos básicos de la existencia política y las bases sobre las cuales se edificaría el Estado Mexicano: como los siguientes:

1.- Que la América es libre e independiente de España y de toda otra nación, gobierno o monarquía, y que así se sancione dando al mundo las razones.

2.- Que la soberanía dimana inmediatamente del pueblo, el que sólo quiere depositarla en sus representantes dividiendo los poderes de ella en Legislativo, Ejecutivo y Judicial eligiendo las provincias sus vocales, deben ser sujetos sabios.

3.- Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapiña y el hurto.

III

 Constitución de 1814 (Constitución de Apatzingán)

Inspirados en las constitución de Cádiz y lo vivido en la nación surge la primera Constitución mexica “La Constitución de Apatzingán”.

La Constitución de Apatzingán es la obra del Congreso de Chilpancingo. Está influida por el pensamiento político francés y por la Constitución española de Cádiz, y los sentimientos de la nación elaborados por Morelos pero las aspiraciones que reflejaba fueron motivadas por la conciencia que sus autores tenían de las profundas desigualdades sociales y económicas de la sociedad colonial.

El 22 de octubre de 1814, se promulgó la Constitución de Apatzingán, denominada “Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana”

En el museo mencionan que
“La nación mexicana se declara soberana en esta constitución.”[1] Así que podemos decir que inicia el establecimiento los derechos humanos deben ser reconocidos y respetados. El gobierno era el instrumento del pueblo para que éste gozara de sus derechos imprescriptibles e inalienables de igualdad, seguridad, propiedad y libertad. 
Las leyes dictadas por los representantes de la Nación, electos por los ciudadanos, se encaminaban a garantizar los derechos de igualdad, seguridad, propiedad y de las libertades civiles.

IV

Constitución de 1824

Tras la Constitución de Apatzingán surge un nuevo congreso con ideales liberales. El nuevo Congreso Constituyente se reunió el 5 de noviembre de 1823. Para sus trabajos sirvió de recinto parlamentario el antiguo templo de San Pedro y San Pablo en el centro de la Ciudad de México. Después de su instalación formal, se abocó de inmediato a elaborar y aprobar el Acta Constitutiva de la Federación que lleva la fecha de 31 de enero de 1824, así como la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, que se promulgó el día 4 de octubre de ese mismo año.

El Congreso Constituyente trató de conciliar en el texto las tendencias políticas existentes equilibrándolas. La Constitución de 1824 se estructura siguiendo la sistemática de la Constitución de Cádiz y establece un Estado Federal conforme a los principios constitucionales norteamericanos, pero de ninguna manera como copia irracional de aquélla Constitución. El federalismo se adaptó a la realidad de las provincias antes rebeldes. Pero también se reconoció la religión católica como de Estado y se mantuvieron los fueros militar y eclesiástico.

La Constitución se promulgó el 4 de octubre de 1824. En ella se establece que la Nación mexicana es para siempre libre e independiente del gobierno español y de cualquier otra potencia.

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