INFORMACION IMPORTANTE TRIBUTACION
Yosahara MateoTrabajo18 de Septiembre de 2015
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1. ¿Qué diferencia existe entre un impuesto y una tasa?
Los impuestos son obligaciones unilaterales dispuestas por la ley, cuyo cumplimiento no origina una retribución directa a favor del contribuyente por parte del Estado, sino que mediante su inversión prevista en la Ley de Gastos Públicos, recae teóricamente de una forma u otra en beneficio general. Las tasas, en cambio, son tributos establecidos por la ley, cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva de un servicio público individualizado en el contribuyente.Volver arriba
2. ¿Cuáles son los principales impuestos que las leyes tributarias le imponen al contribuyente?
El impuesto sobre la renta (ISR), el impuesto de bienes industrializados (ITBIS), el impuesto selectivo al consumo, el impuesto sobre sucesiones y donaciones, el impuesto de la propiedad inmobiliaria, el impuesto de los vehículos de motor y el impuesto a casinos.Volver arriba
3. ¿Qué es el impuesto sobre la renta (ISR)?
Es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades comerciales y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinado. Su base legal está contenida en el Título II de la Ley No. 11-92 d/f 16/05/1992 y sus modificaciones.Volver arriba
4. ¿Quiénes pagan este impuesto?
Toda persona natural o jurídica residente en la República Dominicana, y las sucesiones indivisas de causantes con domicilio en el país, están obligadas a pagar el impuesto sobre sus rentas de fuente dominicana, y de fuentes fuera de la República Dominicana provenientes de inversiones y ganancias financieras.Volver arriba
5. ¿Quiénes operan como agentes de retención del ISR?
Son agentes de retención las entidades públicas, comerciales, sociedades y otras, que por mandato de la Ley deben descontar del monto a pagar a las personas físicas o naturales y a las sucesiones indivisas, la cantidad del impuesto correspondiente, debiendo entregarlo a la Administración Tributaria dentro del plazo establecido. La fecha límite para presentación y pago de este impuesto es dentro de los diez (10) días después del cierre del período declarado.Volver arriba
6. ¿Quiénes están exentos del ISR?
Entre otras, están exentas, las Rentas del Estado, del Distrito Nacional, Municipios, Distritos Municipales, Cámaras de Comercio y Producción, Instituciones Religiosas, Entidades Civiles de asistencia social, Caridad, Beneficencia, Centros Sociales, Literarios, Artísticos, Políticos, Gremiales, Científicos y Asociaciones Deportivas, siempre y cuando estas asociaciones no persigan fines de lucro.Volver arriba
7. ¿A cuánto asciende el impuesto sobre la renta?
Las personas jurídicas domiciliadas en el país deben pagar el veinticinco por ciento (25%) sobre su renta neta gravable desde el ejercicio fiscal 2007, en tanto que las personas físicas o naturales están sujetas a un régimen de escala variable, la cual es anualmente ajustada por la inflación acumulada correspondiente al año inmediatamente anterior, según las cifras oficiales del Banco Central de la República Dominicana.Volver arriba
8. ¿Cuál es la fecha límite de presentación y pago del ISR?
El plazo límite para la presentación y pago de la Declaración Jurada del ISR para personas físicas y sucesiones indivisas (Form. IR-1), es el 31 de marzo de cada año, y corresponderá a las rentas del ejercicio anterior (1 de enero al 31 de diciembre). Por su parte, la fecha límite de presentación y pago de la Declaración Jurada de personas jurídicas o sociedades de comercio (Form. IR-2), es de 120 días después de la fecha de cierre de la compañía.Volver arriba
9. ¿Qué es el ITBIS?
Es el impuesto que grava la transferencia e importación de bienes industrializados, así como la prestación y locación de servicios. Base Legal: Título III Ley 11-92 d/f 16/05/1992 y sus modificaciones.Volver arriba
10. ¿Quiénes son responsables por este impuesto?
Son responsables del pago de este impuesto las Personas Físicas y Jurídicas (nacionales o extranjeras), que realicen transferencias e importaciones de bienes industrializados, o prestación de servicios. Son además responsables las empresas públicas y privadas, que realicen o no actividades gravadas, por la obligación de practicar retenciones al ITBIS involucrado en los servicios que les son prestados por personas físicas, así como cuando paguen las prestaciones de servicios profesionales liberales y de alquiler de bienes muebles a otras sociedades, con carácter lucrativo o no.Volver arriba
11. ¿A cuánto asciende el ITBIS?
Un 16% sobre el precio de la transferencia gravada y/o servicio prestado.Volver arriba
12. ¿Cuál es la fecha de presentación y pago del ITBIS?
La declaración y pago de este impuesto deberá realizarse en el transcurso de los primeros 20 días del mes siguiente al período declarado (Por Ej.: El mes de enero debe presentarse y pagarse antes del 20 de febrero). En la importación se paga conjuntamente con los aranceles o impuestos aduaneros. El incumplimiento de los deberes formales tales como la no presentación de la Declaración Jurada, suministrar información falsa o inexacta, entre otros, se penaliza con multas de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos.Volver arriba
13. ¿Qué es el ISC?
Es el impuesto que grava las transferencias de algunos bienes de producción nacional a nivel de fabricación, así como su importación; servicios de telecomunicaciones, de seguros y pagos a través de cheques. Básicamente los siguientes productos y servicios están gravados por el ISC:
1. Productos del Alcohol.
2. Productos del Tabaco.
3. Servicios de Telecomunicaciones.
4. Pagos realizados con cheques por las entidades de intermediación financiera así como los pagos realizados a través de transferencias electrónicas.
5. Seguros en general.
6. Otros bienes establecidos en la Ley.
Su base legal es el Título IV Ley No. 11-92 d/f 16/05/92 y sus modificaciones.Volver arriba
14. ¿A cuánto asciende el ISC?
Este impuesto se pagará con tasas diversas en función del bien o servicio al cual se aplique, entre los que citamos:
Productos del Alcohol: Montos específicos en función de la cantidad de litros de alcohol absoluto.
Productos del Tabaco: Montos específicos en función de cajetillas de cigarrillos y 130% para los cigarros.
Servicios de Telecomunicaciones: 10%
Cheques y Transferencias Electrónicas: 1.5 por mil (0.0015)
Servicios de Seguros en general: 16%
Otros bienes establecidos en la Ley: Montos específicos según el bien.Volver arriba
15. ¿Qué es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?
Es el impuesto que grava toda transmisión de bienes muebles o inmuebles por causa de muerte o donación. Su base legal es la Ley No. 2569 d/f 4/12/1950, y sus modificaciones.Volver arriba
16. ¿Quiénes pagan este impuesto?
En el caso de las sucesiones, el pago del impuesto se cargará a los herederos, sucesores y beneficiarios del fallecido (de cujus).
En lo que se refiere a las Donaciones, el impuesto se cargará a los favorecidos y recaerá sobre el valor de los bienes donados.Volver arriba
17. ¿A cuánto asciende este impuesto?
En el caso de las sucesiones, la tasa a pagar es de un 3% sobre la masa sucesoral (herencia), luego de realizadas las deducciones correspondientes. Mientras que para las donaciones, la tasa es de un 25% del valor de la donación.Volver arriba
18. ¿Cuál es el plazo para la presentación de la Declaración Jurada?
Sucesiones: dentro de los 90 días después del fallecimiento (se otorgan prórrogas para la presentación de la Declaración Jurada de hasta 105 días, cuando el contribuyente no haya podido completar la documentación requerida para el expediente). Donaciones: dentro de los 10 días después de realizada la donación (sin derecho a prórroga).
En los casos de Sucesiones, las solicitudes de autorización para el retiro de dinero en Bancos e Instituciones Financieras se dirigirán a la Administración Local correspondiente. El incumplimiento de los deberes formales tales como la no presentación de la Declaración Jurada, suministrar información falsa o inexacta, entre otros, se penaliza con multas de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos.Volver arriba
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