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Ilicitos Tributarios


Enviado por   •  2 de Febrero de 2013  •  939 Palabras (4 Páginas)  •  443 Visitas

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Concepto:

Son todos aquellos actos u omisiones que constituyen una infracción de las normas tributarias y originan la aplicación de una sanción por parte de los organismos competentes

Art. 80 del C.O.T.: Constituye ilícito tributario toda acción u omisión violatoria de las normas tributarias.

Naturaleza jurídica: los ilícitos tributarios son la manifestación, en el derecho tributario, del derecho de castigar, que ostenta al estado contra quienes vulneren el ordenamiento jurídico de manera que afecten bienes fundamentales de la sociedad.

De acuerdo al Artículo 94 del Código Orgánico Tributario Las sanciones aplicables son:

Sanciones:

-prisión: Cárcel u otro establecimiento penitenciario donde se encuentran los privados de libertad; ya sea como detenidos, procesados o condenados. El Código Orgánico Tributario nos dice que las personas jurídicas responden por los ilícitos tributarios. Por la comisión de los ilícitos sancionados con penas restrictivas de la libertad, serán responsables sus directores, gerentes, administradores, representantes o síndicos que hayan personalmente participado en la ejecución del ilícito (Art. 90 C.O.T.)

-Multa: Pena pecuniaria que se impone por una falta delictiva, administrativa o de policía o por incumplimiento contractual. Hay pues, multas penales, administrativas y civiles.

-Comiso y destrucción de los efectos materiales objeto del ilícito o utilizados para cometerlo.

-Clausura temporal del establecimiento: Cierre temporal, parcial o definitivo del local comercial perteneciente a la persona natural o jurídica que comete un ilícito tributario, y que emana de una ordenanza administrativa del ente recaudador del tributo (en el caso de Venezuela, el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera, SENIAT)

-inhabilitación para el ejercicio de oficios o profesiones: Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, se les aplicará la inhabilitación para el ejercicio de la profesión por un término igual a la pena impuesta, a los profesionales y técnicos que con motivo del ejercicio de su profesión o actividad participen, apoyen, auxilien o cooperen en la comisión del ilícito de defraudación tributaria (Art. 89 de la C.O.T.).

-Suspensión o revocación del registro y autorización de industrias y expendios de especies gravadas y fiscales: Decisión administrativa de la autoridad tributaria (SENIAT), en virtud de la cual se revoca (dejar sin efecto), o suspende la licencia de una persona natural o jurídica para que continúe comercializando o prestando sus servicios en el espacio donde esa autoridad, ejerce su jurisdicción.

Responsabilidad por Ilícitos Tributarios:

La responsabilidad por ilícito Tributario es personal, salvo las excepciones contempladas en el Código (Art. 84. COT).

Eximentes de responsabilidad:

Menor de 18 años

Incapacidad mental debidamente comprobada

Caso fortuito y de fuerza mayor

El error de hecho y derecho excusable

La obediencia legítima y debida

Clasificación de los ilícitos:

-Ilícitos Formales: son aquellas conductas violatorias de los deberes formales contenidos en el Código

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