ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Inconstitucionalidad De Los Alcoholimetros


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2013  •  365 Palabras (2 Páginas)  •  428 Visitas

Página 1 de 2

• CLASIFICACIÓN DE LAS SERVIDUMBRES

• Continuas (Art. 710 C.C.)

Son aquellas cuyo ejercicio es o puede ser continuo sin que haya necesidad de un hecho actual del hombre para tal ejercicio.

Art. 710 C.C. “…son continuas aquellas cuyo ejercicio es o puede ser continuo, sin que haya necesidad del hecho actual de hombre para tal ejercicio; tales son los acueductos, los desagües de los techos, las vistas y otras semejantes…”

Ejemplo: los acueductos, los desagües de los techos, las vistas y otras semejantes. Se encuentran en los Art. 659 al 683 C.C. del 704 al 708 C.C.

• Discontinuas (Art. 710 C.C)

Son las que tienen necesidad del hecho actual del hombre para su ejercicio.

Art. 710 C.C. “…son discontinuas las que tienen necesidad del hecho actual de hombre para su ejercicio; tales son las de paso, las de tomar aguas, las de pasto y otras semejantes.”

Ejemplo: servidumbres de paso Art.660 C.C. “ el propietario de un predio enclavado entre otros ajenos, y que no tenga salida a la vía pública, o que no pueda procurársela sin excesivo gasto e incomodidad, tiene derecho a exigir paso por los predios vecinos para el cultivo y uso conveniente del mismo…”

• Aparentes (Art. 711 C.C.)

Son las que se muestran por señales visibles.

Ejemplo: Una servidumbre de paso es aparente si para su ejercicio se ha construido un pasillo o una puerta. También son señales visibles una ventana, un acueducto, entre otras.

Doctrinariamente, estas servidumbres son aquellas que se muestran por obras visibles y permanentes o a cuyo ejercicio están destinadas obras de éste género, las cuales evidencian la intención de ejercitar la servidumbre. Las señales visibles pueden hallarse en el predio dominante o en el sirviente.

Nota: el Art. 712 C.C., coloca entre las servidumbres continuas y aparentes las de tomar agua por medio de un canal o de otra obra visible y permanente, sin que importe el uso a que se destina el agua, y aun cuando no se tome sino por intervalo de días o de horas.

• No aparentes (Art. 711 C.C.)

Aquellas cuya existencia no se indica por ninguna señal visible.

Ejemplo: señal de no edificar en un predio, o no edificar sino hasta una altura determinada.

Uno servidumbre puede llegar a ser no aparente cuando falten los signos exteriores.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.3 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com