Infanticidio
miguelmendez313 de Marzo de 2014
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GUIA DE EXAMEN DE LABORAL.
TEMA UNO: RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO.
Naturaleza jurídica del derecho laboral;
Está comprendido en el derecho público y de ahí se desprende en el derecho social.
Base constitucional del derecho laboral mexicano.
Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
¿En cuántos apartados se divide el artículo 123 constitucional y que regula cada uno?
En dos apartados:
Apartado A: regula relaciones entre particulares.
Apartado B: regula relaciones entre burócratas; es decir, con quienes trabajan para la federación, los estados o municipios.
¿Quiénes son las autoridades laborales con competencia a nivel federal y local?
Federal: Junta Especial No. 27 de la Federal de Conciliación y arbitraje (en el palacio federal)
Local: Junta local de conciliación y arbitraje.
Competencia de las autoridades estatales y locales.
Autoridades de los estados (estatales): les corresponde la aplicación de las leyes de trabajo en sus respectivas jurisdicciones.
Autoridades federales: Es de su competencia exclusiva de éstas autoridades los asuntos relativos a:
a) Ramas industriales y servicios.
1. Textil;
2. Eléctrica;
3. Cinematográfica;
4. Hulera;
5. Azucarera;
6. Minera;
Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos;
8. De hidrocarburos;
9. Petroquímica;
10. Cementera;
11. Calera;
12. Automotriz, incluyendo autopartes mecánicas o eléctricas;
13. Química, incluyendo la química farmacéutica y medicamentos;
14. De celulosa y papel;
15. De aceites y grasas vegetales;
16. Productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello;
17. Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello;
18. Ferrocarrilera;
19. Maderera básica, que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera;
20. Vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, o de envases de vidrio; y
21. Tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco;
22. Servicios de banca y crédito.
b) Empresas:
1. Aquéllas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal;
2. Aquéllas que actúen en virtud de un contrato o concesión federal y las industrias que les sean conexas; y
3. Aquéllas que ejecuten trabajos en zonas federales o que se encuentren bajo jurisdicción federal, en las aguas territoriales
Nombre real de la Ley Federal del Trabajo.
Ley Reglamentaria del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
TEMA 2: SUJETOS DE LA RELACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJO.
Relación de trabajo.
Prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
La Relación de trabajo nace en el preciso momento en que se empiezan a prestar los servicios. Su duración de acuerdo al art. 35 de la LFT; a) por tiempo indefinido b) por tiempo fijo o por obra terminada.
Contrato individual e trabajo.
Aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
Los sujetos a este contrato son 3: trabajador, patrón y empresa o establecimiento.
Concepto de trabajador.
Persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.
Concepto de patrón.
Persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
Patrón: representantes del patrón, intermediario y patrones solidarios.
Representantes del patrón.
Serán considerados como representantes del patrón:
• Directores.
• Administradores.
• Gerentes.
• Demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento.
El intermediario.
Es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.
Patrones solidarios.
El artículo 123 establece que los patrones son responsables de los riesgos de trabajo, ya sea que el trabajador este directamente contratado por éste o mediante la intervención de un tercero.
La empresa y establecimiento. Concepto laboral.
Empresa Establecimiento
Centro de trabajo, por el Derecho Laboral en su artículo 16 es la unidad económica de producción y distribución de bienes y servicios.
Lugar anexo a la empresa, sucursal, filial, derivado de la misma organización de la empresa, y sea parte integrante y contribuya con los fines de la misma.
TEMA 3: LA RELACIÓN LABORAL Y EL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO.
Concepto de relación laboral de trabajo.
Cualquiera que sea el acto que le de origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
Terminación de las relaciones de trabajo.
Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:
I. El mutuo consentimiento de las partes;
II. La muerte del trabajador;
III. La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los artículos 36, 37 y 38;
IV. La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo; y
V. Los casos a que se refiere el artículo 434.
Contrato individual de trabajo.
Es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario.
*Se considera la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe.
Presunción de existencia de un contrato de trabajo.
Es cuando no existe un contrato escrito, se hará la presunción de este contrato y la responsabilidad de (la no existencia) recaerá sobre el patrón.
Formalidades del contrato de trabajo.
Los contratos de trabajo; requieren de una formalidad que consiste en que deben contener las condiciones de trabajo por escrito. Se harán dos ejemplares, por lo menos y quedará uno en poder de cada parte.
El escrito deberá contener:
Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del trabajador y del patrón;
1. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba;
2. El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la mayor precisión posible;
3. El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo;
4. La duración de la jornada;
5. La forma y el monto del salario;
6. El día y el lugar de pago del salario;
7. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y
8. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.
La falta del escrito no priva al trabajador de los derechos que deriven de las normas de trabajo y de los servicios prestados, pues se imputará el patrón la falta de esa formalidad.
Duración del contrato de trabajo.
• Por tiempo determinado. Aquellos que establecen una fecha de inicio y una fecha de fin del contrato. Ejemplo: relaciones de trabajo para la explotación de minas que carezcan de minerales costeables o para la restauración de minas abandonadas o paralizadas.
• Por tiempo temporada o tiempo indeterminado.
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