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El Infanticidio

RONMEZ280125 de Enero de 2014

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INTRODUCCIÓN.

El infanticidio podemos decir que desde las épocas antiguas ha sido un tema muy polémico trayendo consigo una serie de investigaciones científicas y sociales para explicar de algún modo las causas provenientes de este delito que hoy en día son tipificados en nuestras leyes con su respectiva condena.

Es por ello que en el presente trabajo explicaremos de manera breve pero significativa las causas, características, conceptos, etc. de dicho delito tratando de que dicho tema sean lo más entendibles posibles, procurando siempre cubrir las expectativas de las evaluaciones de nuestra institución y desde luego ampliar los conocimientos de dichas materias que serán siempre de vital importancia en nuestro haber jurídico.

El Infanticidio es un tema muy discutido ya que se pretende determinar hasta que punto se le puede dar muerte a un recién nacido por la sola y simple causa del honor y la moral de la mujer y la buena reputación de su familia, en este tema esta en juego la vida de un ser pequeño que no tiene la culpa de los errores que cometen sus padres o sus familiares así que consideramos que este tema es de suma importancia para la sociedad para de una vez se aprenda a valorar la vida de un ser tan pequeño que en ningún momento pide venir al mundo somos nosotros los adultos que decidimos traerlos bien sea por falta de conciencia, o cultura, o por simple gusto, por lo tanto es un tema bastante delicado y que nosotros como futuros abogados debemos procurar explicar de una manera adecuada que la colectividad en general entienda el daño que causa dicho delito tanto para el sujeto pasivo como para el activo.

Infanticidio.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

1. Años antes de Cristo los asirios ya daban noticias sobre este delito.

2. En Egipto, los recién nacidos portadores de malformaciones congénitas o muy débiles, eran sacrificados.

3. A diferencia de Egipto, en Esparta, el dictamen de la comunidad, era quien determinaba acerca de la vida o no de un ser defectuoso.

4. 600 años antes de Cristo, Solon y Platon, ya justificaban este delito.

5. Durante el Siglo IV A.C., en Roma, Séneca, enunció que los recién nacidos, portadores de malformaciones congénitas podían ser suprimidos, más, sin embargo, su legislación sancionaba el Infanticidio.

6. En la Edad Media, el Infanticidio era considerado un delito grave, llegando a ser penado con la muerte.

CONCEPTO

Es la práctica de causar la muerte de un infante (niño o niña) de forma intencional.

Desde el punto de vista Médico-Legal, es la muerte producida en el recién nacido.

En el código Penal venezolano se establece en los artículos siguientes:

Código Penal Venezolano

Título IX

De los Delitos contra las Personas

Capítulo I

Del homicidio

Artículo 405. El que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona será penado con presidio de doce a dieciocho años.

Artículo 411. Cuando el delito previsto en el artículo 405 se haya cometido en un niño recién nacido, no inscrito en el Registro del Estado Civil dentro del término legal, con el objeto de salvar el honor del culpado o la honra de su esposa, de su madre, de su descendiente, hermana o hija adoptiva, la pena señalada en dicho artículo se rebajará de un cuarto a la mitad.

Habitualmente es la madre quien comete el acto, pero la criminología reconoce varias formas de asesinato no maternal de niños. En muchas sociedades pasadas ciertas formas de infanticidio eran consideradas permisibles, mientras que en la mayoría de las sociedades modernas se considera una práctica inmoral y criminal. No obstante, aún sucede en el mundo occidental generalmente debido a la enfermedad mental del padre o conductas violentas, y en algunos países pobres como una forma de control de la población, algunas veces con la aceptación social.

Recién Nacido.

Se puede denominar recién nacido al niño proveniente de una gestación de 22 semanas o más; desde que es separado del organismo de la madre hasta que cumple 28 días de vida extrauterina.

Otros doctrinarios señalan que un recién nacido es un bebé que tiene 27 días o menos desde su nacimiento, bien sea por parto o por cesárea.

En Venezuela se considera recién nacido a todo niño que no se encuentre inscrito en el Registro Civil hasta cumplir los 20 días de nacido ya que este es el lapso máximo estipulado en la ley para poder presentar a los niños ante la primera autoridad civil de la parroquia mas cerca a su domicilio, según el Código Civil Venezolano:

Código Civil Venezolano

Capítulo II

Del Registro de Nacimientos y de los demás Actos que deben constar en él.

Artículo 464.Dentro de los veinte días siguientes al nacimiento, se deberá hacer la declaración de éste a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio, a quien se le presentará también el recién nacido.

Cuando el lugar del nacimiento diste más de tres kilómetros del lugar del Despacho de la Primera Autoridad Civil, podrá hacerse la presentación y declaración ante el respectivo Comisario de Policía, quien la extenderá por duplicado en hojas sueltas y entregará uno de los ejemplares al presentante y el otro lo remitirá al Jefe Civil de la Parroquia o Municipio, quien lo insertará y certificará en los libros del Registro respectivo.

El funcionario del estado civil podrá, por circunstancias graves, dispensar de la presentación del recién nacido comprobando de cualquier otro modo el nacimiento.

Tanto la Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio, como el Comisario de Caserío, en sus casos, deberán trasladarse a la casa donde se encuentre un niño de cuyo nacimiento tuvieren noticias, a fin de que se verifique el acto en la propia casa, no pudiendo cobrar ningún emolumento por esta diligencia. Los que no cumplieren con la obligación indicada, serán destituidos de su cargo.

CRITERIOS EVOLUTIVOS Y DE LA NOTORIEDAD.

a) El criterio evolutivo consiste en valorar las modificaciones somáticas visibles que demuestran que ya no quedan rastros de la etapa fetal en el niño, este criterio nos habla de la caída del cordón umbilical, el cese definitivo de las huellas de la circulación placentaria, la recuperación del peso inicial después del descenso de los primeros días, la eliminación del meconio, entre otros.

b) El criterio de la notoriedad consiste en valorar la transcendencia social que el hecho del nacimiento ha tenido.

DURACIÓN DE LA VIDA DEL RECIÉN NACIDO.

La duración de la vida del recién nacido no tiene una formula o modo fijo para calcularla, ya que existe una gran variación en la duración de este lapso, por lo tanto no pude seguirse una regla rigurosamente cronológica igual para todos los casos, mas algunos autores se inclinan a que la fecha tope del estado de recién nacido es de tres días como lo establecían los Códigos Penales Antiguos.

Otros nos hablan de que la duración de la vida del recién nacido corresponde a la etapa que va desde el nacimiento hasta los 28 días de vida. Durante este corto período, los recién nacidos son seres muy vulnerables, que necesitan protección y cuidados constantes.

Pero es la Ley venezolana, en el código Civil venezolano el que establece que este lapso dura desde el día de haber nacido vivo el niño hasta los 20 días siguientes lapso en el cual se deberá registrar al recién nacido.

DOCIMASIAS

La palabra DOCIMASIA proviene del griego “dokimadsei” que significa probar /”docimos”, que significa examinar.

Docimasias es el término que se utiliza para designar a distintas pruebas que se realizan a los órganos de un cadáver para poder determinar las circunstancias de su muerte.

Esta es de gran importancia en el infanticidio ya que nos permite saber si el niño nació vivo y vivió fuera del claustro materno, este es el primer objetivo de la peritación médica en materia de infanticidio.

Cuando el recién nacido empieza a vivir (vida extrauterina) se le presentan ciertas diferencias con la vida que llevaba dentro de vientre de su madre (vida uterina) entre estas encontramos:

.- La aparición de la respiración pulmonar.

.- El comienzo de la nutrición por vía gastro-intestnal.

.- La cesación de la circulación feto-placentaria.

El estudio de estas diferencias ha servido para establecer ciertas pruebas cuyo examen permite el diagnostico de si el feto estudiado llego o no a vivir.

TIPOS DE DOCIMASIAS

1.- Docimasias Practicables antes de abrir el cadáver:

En este caso podemos encontrar el comienzo de la dilatación y caída del cordón umbilical, o el estado de cicatrización del ombligo esto nos indicaría que el niño ha vivido.

1.1-Docimasia Radiológica:

La aplicación de los rayos

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