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Informe de la por sobre Venezuela


Enviado por   •  27 de Enero de 2020  •  Informes  •  1.150 Palabras (5 Páginas)  •  116 Visitas

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UNIVERSIDAD DE CARABOBO

AUDITORIA DE RELACIONES INDUSTRIALES

SECCION 93

 VICTOR CASTILLO, CEDULA: 20.698.066

Informe sobre  la comisión de encuesta de la O.I.T  “las Relaciones Laborales al Desnudo”.

En el foro debate sobre la situación que acarrea el informe de una alta comisión de la O.I.T, que analizó los diferentes problemas tanto de criminalización, la persecución de dirigentes laborales, que tiene que ver con salario mínimo, en otras palabras que tiene que ver con un conjunto de observaciones hechas por tal comisión, la cual presento su informe a los problemas presentados y analizados.

La organización internacional  del trabajo (OIT). Que forma parte de una estructura de las naciones unidas y se encarga de promover y vigilar el cumplimiento de los convenios que en materia de relaciones de trabajo han suscrito los estados, también está preocupada por lo que viene ocurriendo y de qué manera afecta al sector de empleadores y trabajadores.

 En ese sentido, se ha pronunciado reiteradamente ante las violaciones a la libertad sindical y las normas sobre el salario. Desde hace varios años viene advirtiendo al gobierno de maduro que sus prácticas y medidas son incompatibles con garantizar trabajo y salarios dignos, promover el dialogo tripartito entre gobierno, empresarios y trabajadores así como contrarias al ejercicio de la libertad sindical.

Múltiples recomendaciones ha realizado para que el gobierno rectifique. A no prestar atención a las recomendaciones, la OIT decidió activar la llamada Comisión de encuesta es el procedimiento de investigación más alto que posee la Organización Internacional del Trabajo y se  designa cuando un estado miembro es acusado de cometer violaciones persistentes y graves de los convenios internacionales del trabajo ratificados. Desde su fundación  en 1919 y hasta el presente la OIT ha establecido 13 comisiones de encuesta.

Nos habla de que el informe le quita a las relaciones laborales que tenemos en este tiempo, imágenes que posiblemente no corresponde a la realidad, el comportamiento de las relaciones laborales en estos tiempos reflejan tantos problemas como los interpretados por Michelle Bachelet  alta comisionada de derechos humanos sobre ese tema que revelo situaciones dramáticas, de atropellos e injusticia. En un principio este informe ha pasado desde distintos actores con reacciones adversa. El empresariado lo ha asumido como propio con toda razón el movimiento sindical también está tomando calor sobre su contenido la OIT estructura para tomar de decisiones y funcionamiento, reclamos y quejas, una comisión de encuesta. El informe: procedimientos y contexto. Libertad sindical, salarios mínimos y consulta tripartita, sus conclusiones y recomendaciones. La OIT rige su funcionamiento y mecanismo de control como los convenios, recomendaciones y misiones. La promoción de la ratificación y aplicación en estados miembros, al adoptar una norma, obligación de someterla a las autoridades nacionales competentes. Y presentar periódicamente memorias sobre las medidas adoptadas para dar efectos a las disposiciones d convenios no ratificados y de las recomendaciones.  Examina el cumplimiento de las obligaciones de los estados miembros, los procedimientos especiales, basados en las reclamaciones o en las quejas dirigidas al consejo de administración por los mandantes de la OIT. Procedimiento especial para el tratamiento de las quejas en materia de libertad sindical que descansa en el comité de libertad sindical.

La comisión de encuesta para analizar la situación de Venezuela fue establecida en marzo de 2018 por el consejo de administración, para examinar una queja presentada en junio de 2015 por 33 delegados empleadores en la conferencia internacional del trabajo (CIT). La queja denunció la inobservancia de los convenios de la OIT núm. 26 (convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928), núm. 87 (convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicalización, 1948) y núm. 144 (convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976). Lo denunciado por FEDECAMARAS: el ataque personales a dirigentes y su sede, exclusión dialogo social, ausencia de consulta sobre leyes, no consulta tripartita sobre salario mínimo, campañas de desacredito, agresiones verbales y fomento del entorno hostil, privación de tierras. La quejas de organizaciones de trabajadores desde 2000. Com lib sindical: 27 casos: donde implica una legislación anti-sindical, suspensión y obstáculos a  la negociación colectivas, referéndum, hostilidad de autoridades, discriminación, injerencia en elecciones, asesinatos, autos u órdenes de detención, actos anti-sindicales, despidos individuales o masivos, procedimientos disciplinarios, invasión y obstáculos al uso de sede sindical, suspender o desconocer elecciones, entre un sinfín de otras medidas

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