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LEY DE JUSTICIA FISCAL DEL 27 DE AGOSTO DE 1936 Y CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN DE 30 DE DICIEMBRE DE 1938.


Enviado por   •  8 de Octubre de 2014  •  771 Palabras (4 Páginas)  •  1.303 Visitas

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LEY DE JUSTICIA FISCAL DEL 27 DE AGOSTO DE 1936 Y CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN DE 30 DE DICIEMBRE DE 1938.

A principios de 1935 se designo una comisión para elaborar un proyecto en el cual el juicio sumario de oposición establecido en la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación se sustituyera por un procedimiento jurisdiccional ante un tribunal.

La comisión estaba formada por los juristas MANUEL SANCHEZ, ANTONIO CARRILLO FLORES Y ALFONSO CORTINA GUTIERREZ apoyados por el Secretario de Hacienda EDUARDO SUAREZ.

El 27 De agosto de 1936 se promulgó la Ley de Justicia Fiscal, misma que entró en vigor el 1° de enero de 1937, en la cual se estableció en nuestro país el primer tribunal formal y materialmente administrativo, EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION.

EXPOSICION DE MOTIVOS POR EL PRESIDENTE MAGISTRADO RUBEN AGUIRRE

“El Tribunal Fiscal de la federación está colocado dentro del marco del poder ejecutivo (lo que No implica un ataque al principio constitucional de la separación de poderes, supuesto que precisamente para salvaguardarlo surgieron en Francia los tribunales administrativos) pero no estará sujeto a la dependencia de ninguna autoridad de las que integran ese poder, sino que fallara en representación del propio Ejecutivo por delegación de las facultades que la ley le hace. En otras palabras: será un tribunal administrativo de justicia delegada, no de justicia retenida. Ni el presidente de la República ni ninguna otra autoridad administrativa, tendrán intervención alguna en los procedimientos o en las resoluciones del tribunal. Se consagra así, con toda precisión, la autonomía orgánica del cuerpo que se crea pues el ejecutivo piensa que cuando esa autonomía no se otorga de manera franca y amplia, no puede hablarse propiamente de una justicia administrativa”

En su Artículo 1º. De la ley de Justicia Fiscal establecía lo siguiente:

“ARTÌCULO 1º.- Se crea el Tribunal Fiscal de la Federación con las facultades que esta ley le otorga.

En pocas palabras que el Tribunal Fiscal dictara sus fallos en representación del Ejecutivo de la Unión, pero será independiente de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico y de cualquiera otra autoridad administrativa.

En su ARTÍCULO 2º establecía que el tribunal se compondría de 15 Magistrados y funcionaria en Pleno y en cinco salas de 3 Magistrados cada una.

En su ARTÍCULO 9º Se señalaba que el pleno se compondría de todos los Magistrados, bastando la presencia de nueve para que funcionara.

Sus fallos se dictaban en representación del ejecutivo de la Unión y tenían fuerza de cosa juzgada, por tanto, eran definitivos e inapelables,

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