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CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION


Enviado por   •  29 de Abril de 2015  •  Tesinas  •  3.078 Palabras (13 Páginas)  •  220 Visitas

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metodos manuales de procesamiento de transacciones financieras hisDISPOCICIONES LEGALES

Existen disposiciones legales qué obligan a las entidades a llevar adecuados sistemas de contabilidad; nos referimos de manera enunciativa a lo establecido por el Código fiscal de la Federación (CFF) y su reglamento (RCFF) , la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR),la ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Código de comercio (CC).

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

El artículo 28 señala que:

“Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, deberán observar las siguientes reglas:

1. Llevarán los sistemas y registros contables que señale el reglamento de este código,

Siendo éstos los siguientes:

Art. 26 del RCFF. Los sistemas de registros contables deberán llevarse por los contribuyentes mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registros y procedimiento, que mejor convenga a las características particulares de su actividad, pero en todo caso deberán satisfacer como mínimo los requisitos que permitan:

I. Identificar cada operación, acto o actividad y sus características, relacionándolas con la documentación comprobatoria, de tal forma que aquellos puedan identificarse con las distintas distribuciones y tasas, incluyendo las actividades liberadas de pago por la ley.

II. Identificar las inversiones realizadas relacionándolas con la documentación comprobatoria, de tal forma que pueda precisarse la fecha de adquisición del bien o de efectuada la inversión, su descripción, el monto original de la inversión y el importe de la deducción anual.

III. Relacionar cada operación, acto o actividad con los saldos que den como resultado las cifras finales de las cuentas.

IV. Formular los estados de posición financiera.

V. Relacionar los estados de posición financiera con las cuentas de cada operación.

VI. Asegurar el registro total de operaciones, actos o actividades y garantizar que se asienten correctamente, mediante los sistemas de control y verificación internos necesarios.

VII. Identificar las contribuciones que se deben cancelar o devolver, en virtud de devoluciones que se reciban y descuentos o bonificaciones que se otorguen conforme a disposiciones fiscales.

VIII. Comprobar el cumplimiento de los requisitos relativos al otorgamiento de estímulos fiscales.

Lo dispuesto en este artículo es sin prejuicio de que los contribuyentes lleven además lo registrados a que los obliguen las disposiciones fiscales y utilicen, en su caso, las máquinas registradoras de comprobación fiscal.

Art. 28 fracción II. Los asientos en la contabilidad serán analíticos y deberán efectuarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se realicen las actividades respectivas.

III. llevaran la contabilidad en su domicilio. Dicha contabilidad podrá llevarse en el lugar distinto cuando se cumplan los requisitos que señale el reglamento de este código.

Que incluidos en la contabilidad los registros y las cuentas especiales a que obliguen las disposiciones, los que lleven los contribuyentes aun cuando no sean obligatorios y los libros y registros sociales a que obliguen otras leyes”.

El artículo 27 del RCFF establece que los contribuyentes, para cumplir con lo dispuesto en el artículo 26 del RCFF, podrán usar indistintamente los sistemas de registro manual, mecanizado o electrónico, siempre que se cumpla con los requisitos que para cada caso se establece en el reglamento.

Los contribuyentes podrán llevar su contabilidad combinando los sistemas de registro a que se refiere este artículo.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El capítulo V del Título II de la Ley del ISR, en su artículo 58 expresa :

Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:

I. Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley, y efectuar los registros en la misma. Cuando se realicen operación en moneda extranjera, deberán registrarse al tipo de cambio aplicable en la fecha que se concierten.

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El capítulo VII en su artículo 32 señala que los obligados al pago de este impuesto tienen además de otras, las siguientes obligaciones:

I.-Llevar la contabilidad, de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley, y efectuar conforme a este último la separación de los actos o actividades de las operaciones por lo que deban pagarse el impuesto por las distintas tasas, de aquellos por los cuales esta Ley libera de pago.

CÓDIGO DE COMERCIO

Dentro del capítulo III del Título segundo se encuentra la normatividad que deben seguir los comerciantes en relación con su contabilidad mercantil.

Art. 33. El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos:

A) Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con documentos comprobatorios originales de las mismas.

B) Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa.

C) Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio.

D) Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, las acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales.

E) Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar la corrección de las cifras resultantes.

Art. 34. Cualquiera que sea el sistema de registro que se emplee, se deberán llevar debidamente

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