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LEY FEDERAL DE METROLOGIA & NORMALIZACION


Enviado por   •  7 de Junio de 2013  •  1.556 Palabras (7 Páginas)  •  1.019 Visitas

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LEY FEDERAL SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACION

TITULO PRIMERO

CAPITULO UNICO

Disposiciones Generales

ARTÍCULO 1o.- La presente Ley regirá en toda la República y sus disposiciones son de orden público

e interés social. Su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las

dependencias de la administración pública federal que tengan competencia en las materias reguladas en

este ordenamiento.

Siempre que en esta Ley se haga mención a la Secretaría, se entenderá hecha a la Secretaría de

Economía.

Párrafo reformado DOF 28-07-2006

ARTÍCULO 2o.- Esta Ley tiene por objeto:

I. En materia de Metrología:

a) Establecer el Sistema General de Unidades de Medida;

b) Precisar los conceptos fundamentales sobre metrología;

c) Establecer los requisitos para la fabricación, importación, reparación, venta, verificación y uso de

los instrumentos para medir y los patrones de medida;

d) Establecer la obligatoriedad de la medición en transacciones comerciales y de indicar el

contenido neto en los productos envasados;

e) Instituir el Sistema Nacional de Calibración;

f) Crear el Centro Nacional de Metrología, como organismo de alto nivel técnico en la materia; y

g) Regular, en lo general, las demás materias relativas a la metrología.

II. En materia de normalización, certificación, acreditamiento y verificación:

a) Fomentar la transparencia y eficiencia en la elaboración y observancia de normas oficiales

mexicanas y normas mexicanas;

b) Instituir la Comisión Nacional de Normalización para que coadyuve en las actividades que sobre

normalización corresponde realizar a las distintas dependencias de la administración pública federal;

c) Establecer un procedimiento uniforme para la elaboración de normas oficiales mexicanas por las

dependencias de la administración pública federal;

d) Promover la concurrencia de los sectores público, privado, científico y de consumidores en la

elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas;

e) Coordinar las actividades de normalización, certificación, verificación y laboratorios de prueba de

las dependencias de administración pública federal;

f) Establecer el sistema nacional de acreditamiento de organismos de normalización y de

certificación, unidades de verificación y de laboratorios de prueba y de calibración; y

g) En general, divulgar las acciones de normalización y demás actividades relacionadas con la

materia.

ARTÍCULO 3o.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. Acreditación: el acto por el cual una entidad de acreditación reconoce la competencia técnica y

confiabilidad de los organismos de certificación, de los laboratorios de prueba, de los laboratorios de

calibración y de las unidades de verificación para la evaluación de la conformidad;

Fracción reformada DOF 20-05-1997

II. Calibración: el conjunto de operaciones que tiene por finalidad determinar los errores de un

instrumento para medir y, de ser necesario, otras características metrológicas;

III. Certificación: procedimiento por el cual se asegura que un producto, proceso, sistema o servicio se

ajusta a las normas o lineamientos o recomendaciones de organismos dedicados a la normalización

nacionales o internacionales;

IV. Dependencias: las dependencias de la administración pública federal;

IV-A. Evaluación de la conformidad: la determinación del grado de cumplimiento con las normas

oficiales mexicanas o la conformidad con las normas mexicanas, las normas internacionales u otras

especificaciones, prescripciones o características. Comprende, entre otros, los procedimientos de

muestreo, prueba, calibración, certificación y verificación;

Fracción adicionada DOF 20-05-1997

V. Instrumentos para medir: los medios técnicos con los cuales se efectúan las mediciones y que

comprenden las medidas materializadas y los aparatos medidores;

VI. Medir: el acto de determinar el valor de una magnitud;

VII. Medida materializada: el dispositivo destinado a reproducir de una manera permanente durante su

uso, uno o varios valores conocidos de una magnitud dada;

VIII. Manifestación: la declaración que hace una persona física o moral a la Secretaría de los

instrumentos para medir que se fabriquen, importen, o se utilicen o pretendan utilizarse en el país;

IX. Método: la forma de realizar una operación del proceso, así como su verificación;

X. Norma mexicana: la que elabore un organismo nacional de normalización, o la Secretaría, en los

términos de esta Ley, que prevé para un uso común y repetido reglas, especificaciones, atributos,

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