ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La ley se deroga sólo por otra ley


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2022  •  Tareas  •  933 Palabras (4 Páginas)  •  108 Visitas

Página 1 de 4

Ejemplos de los principios del título preliminar del código civil

 ARTICULO I: - La ley se deroga sólo por otra ley.

Ejemplo: Restitución de la vigencia del primer párrafo de la primera disposición complementaria y final de la Ley 29230 Restituyese la vigencia del primer párrafo de la primera disposición complementaria y final de la Ley 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, a su redacción anterior a su modificación efectuada por el Decreto Legislativo 1250.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión de la Comisión Permanente realizada el día veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

ARTICULO II. La ley no ampara el ejercicio ni la omisión abusivos de un derecho. Al demandar indemnización u otra pretensión, el interesado puede solicitar las medidas cautelares apropiadas para evitar o suprimir provisionalmente el abuso."

 El articulo II muestra que el ejercicio abusivo del derecho se da cuando hay intención de hacer algún daño por parte del titular del derecho, esto no siendo amparado por la ley puede llegar a una demanda por indemnización u otra pretensión. De igual forma, se puede solicitar medidas cautelares para evitar provisionalmente dicho abuso.
Ejemplo:
Una persona en su derecho en la propiedad puede que pinte su casa con grafitis obscenos, lo cual se pueden ver perjudicados los
legítimos intereses de terceros que quieren vivir en un vecindario decente.

 ARTICULO III.- Aplicación de la ley en el tiempo

Artículo III.- La ley se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. No tiene fuerza ni efectos retroactivos, salvo las excepciones previstas en la Constitución Política del Perú.

En este artículo se explica que para que puedan ser aplicables los hechos que se desarrollen, tienen que estar dentro de la vigencia de esta, eso quiere decir que la norma no se aplicara momentos antes del surgimiento de la ley, salvo la excepción de que la ley favorezca al reo

Ejemplo:

Una persona x comete un delito y la pena privativa de libertad es de 10 años, (la ley entra en vigencia desde el día de hoy) en la antigua ley ese mismo delito estaba sujeto a 5 años de prisión, en este caso la ley ira a favor del reo y este podría solicitar que se le aplique la anterior norma, con esto reduciría su pena por 5 años menos.

ARTICULO IV.- La ley que establece excepciones o restringe derechos no se aplica por analogía.

Ejemplo: Una pareja de Unión de hechos y una pareja de matrimonio formal no se les podría aplicar el mismo artículo Por más que los supuesto de hecho sean similares o sea los mismos, la analogía de la ley vendría a ser la prohibición de la aplicación de esa Norma a los supuestos de hecho aunque sean similares puesto que no son de la misma figuras no podría solicitar ciertos derechos la esposa que la conviviente o la pareja que está sometida a la Unión de hechos en todo caso la aplicación analógica de esa Norma no podría ser aplicable en esos casos Por más que los hechos sean similares.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.7 Kb)   pdf (49.1 Kb)   docx (9.4 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com