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La necesidad de buscar mecanismos de resolución de conflictos producto de la aplicación de las acciones de los individuos en la sociedad


Enviado por   •  19 de Octubre de 2012  •  Ensayos  •  538 Palabras (3 Páginas)  •  599 Visitas

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Las diversas consecuencias jurídicas emanadas de las actuaciones intersubjetivas de los individuos dentro de una sociedad, establecida esta dentro de un Estado crean una necesidad imperiosa de encontrar los mecanismos para la solución de los conflictos producto de la realización de dichas actuaciones.

De esta forma se da paso al nacimiento del aparato jurisdiccional del Estado, el cual a través de los tiempos se ha radicado en cabeza de distintos órganos de autoridad, pero que hoy día encontramos perfectamente determinado, dentro del Estado colombiano, como un órgano público, desconcentrado y autónomo (Art.228 CP); con igualdad de acceso a este para todas las personas (Art.229 CP); y con operarios judiciales, lo cuales estarán sometidos, exclusivamente, al imperio de la ley. Aunque sin prejuicio de criterios auxiliares tendientes a la adopción de las decisiones más justas y equitativas que se puedan hallar dentro de la actividad judicial (Art.230 CP).

Y es justamente de dicha función jurisdiccional que es decidir sobre los conflictos, que se abre una interesante discusión acerca del grado de justicia y equidad que alcanza una decisión judicial, la pertinencia o no de sus señalamientos y la aplicación efectiva de las sentencias en la realidad fáctica.

Pues bien, la función jurisdiccional ha estado inmersa entre dos líneas de motivación que difieren esencialmente en su método; y que si bien, en síntesis, buscan la administración de justicia, ponen de manifiesto unas filosofías contrarias acerca del cómo el aparato judicial lograra alcanzar sus objetivos.

Así las cosas, el sistema jurisdiccional ha pasado de ser un sistema de poder a uno de conocimiento, este primero caracterizado porque los jueces están provistos de una autoridad ilimitada en la que estos obran como entes absolutos, con total discrecionalidad para decidir sobre un caso y sobre los elementos, parte del proceso, que llevaran a tal decisión.

Tal sistema está desprovisto de un conocimiento adecuado, por parte del operador judicial, acerca de los elementos inherentes a la eficacia procesal, esto es, que el juez no estima objetivamente los elementos necesarios que hacen parte del proceso y en contrario, superponen su suprema autoridad en la conducción, realización y finalización de las actuaciones procesales.

Por tal razón, nace como respuesta al anterior sistema uno nuevo que se caracteriza por privilegiar el conocimiento de los hechos y elementos procesales, así como la aproximación a la verdad, ya que el anterior sistema suscito una serie de fallas desafortunadas, por cuanto se desmejoro el derecho de las partes al no reconocer unas mínimas garantías procesales, que propendan por la satisfacción de los derechos fundamentales, en cuanto al acceso a la justicia se refiere.

Por tal razón y gracias a la modernización del Estado, se ha ido esgrímanlo una teoría jurídica encaminada a proveer

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