La prisión podrá ser sustituida a juicio de tribunal. Articulo 73 Sustitución de la Sanción Privativa Doloso
andres1496Documentos de Investigación20 de Marzo de 2017
463 Palabras (2 Páginas)146 Visitas
DERECHO PENAL
CAPITULO XI
SUSTITUCION
Artículo 72.- La prisión podrá ser sustituida a juicio de tribunal.
Articulo 73
Sustitución de la Sanción Privativa | Doloso | Culposo |
Multa o Suspensión condicional de la ejecución de la sentencia | En caso de no exceder de 1 Año 6 Meses | En caso de no exceder de 2 Años 6 Meses |
Semilibertad | Mayor de 1 Año 6 Meses y menor de 2 Años 6 Meses | Mayor de 1 Año 6 Meses y menor de 3 Años |
Tratamiento en libertad o trabajo en favor de la comunidad. | Mayor de 2 Años 6 Meses y menor de 3 Años | Mayor de 2 Años 6 Meses y menor de 4 Años. |
Artículo 74.- El Juez resolverá según sea el caso sobre la suspensión o ejecución de las sanciones.
Articulo 75.- Suspensión de la ejecución de la Condena.
Suspensión de la ejecución de la Condena. | Delitos |
|
Querella o Perseguibles de Oficio. |
Articulo 76.- Sustitución de la sanción privativa de libertad.
Sustitución de la sanción privativa de libertad. |
I.- Que sea la primera vez que haya cometido el delito mostrando buena conducta antes y después de cometer el delito. |
II.- Que se reparen los daños y perjuicios causados al ofendido o a sus derechohabitantes (familia). |
III.- Que tenga un trabajo conforme a la ley que no sea ilícito, que su domicilio sea cierto, que tenga buena conducta y este llendo periódicamente ante la autoridad judicial hasta la extinción de la sanción. |
IV.- Que no tome bebidas embriagantes o consuma estupefacientes o psicotrópicos (drogas controladas). |
V.- Que no cause molestias al ofendido o alguno de sus familiares u otra persona. |
Articulo 77.- En el caso de la suspensión condicional (libertad condicional), la sanción acabara cuando transcurra el tiempo fijado a la sanción suspendida siempre y cuando el beneficiario no cometa algún delito. En caso de que incurra en delito culposo o deja de cumplir
algunas condiciones, el juez va a resolver si se anula la suspensión y vuelve a ponerle la sanción suspendida. Si en caso de que incurra en delito doloso, se revocara la suspensión y se ejecutara la sanción impuesta.
Articulo 78.- La multa impuesta directamente o como sanción sustitutiva, podrá ser sustituida, total o parcialmente, por trabajo en favor de la comunidad, cuando se acredite que el sentenciado no puede pagarla o solo esté en condiciones de cubrir parte de ella.
En cualquier tiempo podrá ser pagado el importe de la multa, descontándole una parte proporcional a las jornadas de trabajo prestado en favor de la comunidad.
Articulo 79.-
Artículo 80.- Poder Ejecutivo
Sustitución de sanciones impuestas en sentencia irrevocable | |
I.-Prisión | I.-Confinamiento a razón de un día. |
II.- Confinamiento | II.-Por Multa a razón de un día de aquel por dos días de este. |
...