Las Políticas públicas Son La Disciplina De La Ciencia Política Que Tiene Por Estudio La Acción De Las Autoridades públicas En El Seno De La Sociedad.
GeneRs18 de Febrero de 2013
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I: ASPECTOS FUNDAMENTALES.
El inicio de una materia, requiere la revisión de algunos conceptos que luego van a integrarse dentro de la noción fundamental del estudio.
1.1) CONTEXTUALIZACIÒN DE LA CÁTEDRA.
Derecho: “Es la recta ordenación de las relaciones sociales, mediante un sistema racional de normas de conducta declaradas obligatorias por la autoridad competente, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica” (Olaso).
La riqueza de su contenido lo vincula a nociones de:
Norma o regla de conducta del ser humano. ( Derecho Objetivo )
Facultad o posibilidad de obrar frente a otro. ( Derecho Subjetivo )
Ciencia, porque contiene un conjunto de conocimientos sistemáticos y ordenados sobre un objeto determinado, con método propio.
Expresión de principios superiores de justicia.
Existen dos grandes clasificaciones del derecho: Derecho Natural y Derecho Positivo.
Derecho Natural: Conjunto de principios normativos esenciales al orden social que se fundan en la naturaleza humana; se conocen a la luz de la razón y se impone a los hombres por fuerza de la misma naturaleza.
Derecho Positivo: Conjunto de normas jurídicas dictadas por el poder social competente siguiendo el procedimiento de elaboración pautado a tales efectos y que conlleva sanciones externas; a su vez el derecho positivo se subdivide en Derecho Público y Derecho Privado.
• Derecho Público (Constitucional, Administrativo, Penal, Procesal, Internacional Público): Abarca el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad entre el Estado y los Particulares, y el estado con cualquier otro ente oficial.
• Derecho Privado (Civil, Mercantil, Internacional Privado): Abarca el conjunto de normas que rigen la actividad entre los particulares, o entre éstos y el estado, actuando éste último como un sujeto particular.
1.1) NOCIONES FUNDAMENTALES:
• Estado: Organización Política social que regula la vida sobre un territorio determinado; es la organización jurídico política que rige los destinos de una sociedad. Esta constituido por tres (3) elementos existenciales: Población, Territorio, Marco Jurídico.
• Nación: En un sentido muy amplio equivale a estado, país, etnia, pueblo; pero en una concepción más restringida alude a una comunidad humana con ciertas características culturales comunes, aún mas elementos como idiosincrasia, historia, raza, tradiciones, lengua, etc.
• Gobierno: Es la estructura que ejerce la actividad política; es el conjunto de órganos a través de los cuales se ejerce el poder del estado.
• Poder Público: Se asocia a fuerza. Es la posibilidad que tiene el estado de cumplir sus fines. Los poderes públicos son los medios a través de los cuales se alcanza la satisfacción de los fines del estado; se expresa a través de instituciones. La distribución de los Poderes Públicos traduce esquemas de cooperación humana; de la disposición y la forma de autoridad; del procedimiento, etc.
• Soberanía: Poder Absoluto y perpetuo de la República (Jean Bodin). Soberano (singular, excelente, insuperable) es quien decide. Inicialmente se consideraba “soberano” al monarca, pero hoy por hoy es bien sabido que reside el pueblo o la colectividad.
• Administración Pública: Conjunto de actividades que realiza el estado para el cumplimiento de sus fines; opera mediante personas, medios económicos y materiales.
• Burocracia (Buro: Oficina; Cracia: Poder) Estructura organizativa caracterizada por procedimientos, regularización, división de responsabilidades, jerarquía y relaciones impersonales. Es el gobierno de las normas y los procedimientos, y abarca el sector público y el sector privado.
LA ESTRUCTURA ESTATAL EN VENEZUELA:
El art. 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reza:
“El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que le incumbe su ejercicio colaboraran entre sí en la realización de los fines del Estado”
A partir de ese contenido, la estructura del Estado Venezolano conforme a la tradición constitucional en el país, se organiza bajo la forma de Estado Federal, mediante un Sistema de División Vertical, con el fin de propagar la autoridad en el plano vertical y horizontal, como un mecanismo de restricción al poder concentrado. A saber:
I.- PLANO HORIZONTAL: En Venezuela Rompiendo la tradicional división tripartita, existe la división del Poder Público Nacional en Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Poder Ciudadano y Poder Electoral, conforme al Principio de Separación Orgánica de Poderes, a los fines de generar un equilibrio, de forma que cada poder es independiente y autónomo, aunque se colaboran entre si.
PODER EJECUTIVO
PODER LEGISLATIVO PODER JUDICIAL PODER CIUDADANO PODER ELECTORAL
C O - I G U A L D A D
I N D E P E N D E N C I A
A U T O N O M Í A
Las Funciones del Estado:
Poder Ejecutivo: Su función es gobernar y administrar. “Ejecución de la actividad que tiene por objeto la consecución de los objetivos estadales, entendidos por tales las diversas actividades o tareas que tiene a su cargo las entidades públicas” (Sayaguez Lazo).
Poder
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