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Legislacion Laboral


Enviado por   •  15 de Octubre de 2012  •  1.026 Palabras (5 Páginas)  •  375 Visitas

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Textualmente el código sustantivo del trabajo dice:

ARTICULO 22. DEFINICION.

1. Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.

Elementos constitutivos del contrato de trabajo

En una relación trabajador empresa resulta de gran importancia tener absolutamente claros los elementos esenciales de un contrato de trabajo.

Tener claridad sobre los elementos que conforman un contrato de trabajo, es importe para el trabajador pues le permite tener el conocimiento suficiente para evitar ser víctima de cualquier abuso por parte del empleador. Es también de gran importancia para el empleador tener conciencia clara sobre los elementos propios del contrato de trabajo, porque eso le evitará posteriores litigios con sus empleados que por lo general pierde, debiendo pagar importantes sumas de dinero.

No siempre el empleador actúa conscientemente cuando utilizan figuras de contratación diferentes al contrato de trabajo, pues algunos por desconocimiento, de buena fe contratan a un empleado sin recurrir para ello al contrato laboral sufriendo después las consecuencias de tal decisión.

2.El código sustantivo del trabajo en su artículo 23, es más que claro sobre los elementos que configuran el contrato de trabajo y la consecuencia de su configuración:

Elementos esenciales. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:

a) La actividad personal del trabajador, es decir ,realizada por sí mismo;

b) La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país.

c) Un salario como retribución del servicio.

Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé, ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen.

Resulta de especial importancia el numeral 2 del artículo referido, puesto que consagra que siempre que se conjuguen los elementos allí señalados, la ley considerará que existe un contrato de trabajo, no obstante que entre las partes se haya firmado otro tipo de contrato.

Esto implica que automáticamente el trabajador quedará cobijado por la legislación laboral y con todos los beneficios que esta le confiere, beneficios que económicamente representan casi un 50% sobre el salario, beneficios que el contratante deberá asumir inclusive de forma retroactiva en la parte que no hayan sufrido del fenómeno de la prescripción.

De la expresión literal de contrato de trabajo podemos extraer tres elementos

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