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adagranado24 de Enero de 2013

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

Universidad Bolivariana de Venezuela

Aldea: Padre Juan Vives Suria

Maturín Edo Monagas

Profesor Autoras:

Robert Rodríguez Campos Mercedes

Campos sorangel

Granado Ada

Maturín, Enero 2013

 INTRODUCCION

Se denomina gestión ambiental o gestión del medio ambiente al conjunto de diligencias conducentes al manejo integral del sistema ambiental. Dicho de otro modo e incluyendo el concepto de desarrollo sostenible, es la estrategia mediante la cual se organizan las actividades antrópicas que afectan al medio ambiente, con el fin de lograr una adecuada calidad de vida, previniendo o mitigando los problemas ambientales.

La gestión ambiental responde al "cómo hay que hacer" para conseguir lo planteado por el desarrollo sostenible, es decir, para conseguir un equilibrio adecuado para el desarrollo económico, crecimiento de la población, uso racional de los recursos y protección y conservación del ambiente. Abarca un concepto integrador superior al del manejo ambiental: de esta forma no sólo están las acciones a ejecutarse por la parte operativa, sino también las directrices, lineamientos y políticas formuladas desde los entes rectores, que terminan mediando la implementación

 ORGANOS COMPETENTES DE LA GESTION AMBIENTAL EN VENEZUELA

Los Órganos competentes en Gestión Ambiental de de Venezuela tal cual como lo establece Artículos 18,19,20,21 de la ley orgánica del ambiente la Autoridad Nacional Ambiental que es ejercida por el ministerio con competencia ambiental ya este es el órgano rector, responsable de formular, planificar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las políticas, planes, programas, proyectos y darle curso a los procesos de desconcentración y descentralización en materia ambiental hacia los estados, municipios y distritos, bajo los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, y poner en practica las estratégicas para la gestión del ambiente. el mismo es el que se encarga de que se desarrollen existen instancias regionales ,estadales y locales .

A los fines de coadyuvar con la gestión del ambiente, se podrán establecer instancias regionales, estadales y locales de coordinación y participación ciudadana e interinstitucional

Los siguientes Organismos su propósito es la defensa del ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, la Procuraduría General de la República, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Fuerza Armada Nacional, así como los demás órganos y entes nacionales, estadales y municipales con competencia en la materia, conforme a las normas que rijan su funcionamiento

LISTA DE ORGANISMOS COMPETENTES EN MATERIA DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE

PODER EJECUTIVO:

OPP- Oficina de Planeamiento y Presupuesto

DGEC- Dirección General de Estadísticas y Censos MINISTERIOS:

MGAP: MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

INIA- Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias

DSyA- Dirección de Suelos y Aguas

DSA- Dirección de Servicios Agronómicos

INAPE- Instituto Nacional de Pesca

DF- Dirección Forestal

DPF- División de Parques y Fauna

DGRNR- Dirección General de Recursos Naturales Renovables

MDN: MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

SOHMA- Servicio Hidrográfico, Oceanográfico y Metereológico de la Armada

DNM- Dirección Nacional de Meteorología

IGM- Instituto Geográfico Militar

CGFA- Comando General de la Fuerza Aérea

MEF: MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

BROU- Banco de la República

DNC- Dirección Nacional de Catastro

MEC: MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

ANEP- Administración Nacional de la Educación Pública

CONICYT- Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

UdelaR- Universidad de la República

MIE: MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

ANACAP- Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland

UTE- Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas

DNE- Dirección Nacional de Energía

DINAMIGE- Dirección Nacional de Minería y Geología

MRREE: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

DALMF- Dirección de Asuntos Limítrofes y Marítimos

DMA- Dirección de Medio Ambiente

CLM- Comisión Laguna Merín

CTM- Comisión Técnica Mixta Salto Grande

CARU- Comisión Administradora del Río Uruguay

CARP- Comisión Administradora del Río de la Plata

CFM- Comisión del Frente Marítimo

MVOTMA: MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

DINAMA- Dirección Nacional de Medio Ambiente

DNOT- Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial

DNV- Dirección Nacional de Vivienda

OSE- Administración Nacional de Obras Sanitarias del Estado

MSP: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

DHA- División de Higiene Ambiental

MTOP: MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

ANP- Administración Nacional de Puertos

DH- Dirección de Hidrografía

DV- Dirección de Vialidad

MT: MINISTERIO DE TURISMO

MI: MINISTERIO DEL INTERIOR

IIMM: INTENDENCIAS MUNICIPALES

Le corresponde asimismo la consideración global de la problemática ambiental que se vincula con los planes, definición de prioridades de preinversión, inversión y promoción, en la política de cooperación técnica para el tema y en las definiciones presupuéstales y de política económica vinculadas al medio ambiente.

La OPP, en cumplimiento de sus cometidos y no existiendo el Ministerio de Vivienda Organización Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) en la oportunidad de iniciarse el Estudio Ambiental Nacional, ha sido la institución responsable de su ejecución, coordinando los organismos públicos.

Los Ministerios. El artículo 179 de la Constitución establece el número de Ministerios, cada uno con su denominación propia y las atribuciones y competencias en razón de la materia que les señala la Ley.

También integran la administración pública los entes autónomos y los servicios descentralizados, así como los gobiernos departamentales. Dentro de ésta administración son los Ministerios y las intendencias Municipales los que tienen en su órbita la gestión ejecutiva de los asuntos ambientales. Según el decreto 574/974 de fecha 12 de junio de 1974, la distribución de competencias en materia ambiental es la siguiente:

a) Al Ministerio de Defensa Nacional le corresponde colaborar en las actividades aplicadas al desarrollo del país, el estudio, operación y relevamiento geográfico, geodésico, cartográfico y aerofotogramétrico así como los servicios meteorológicos y observatorios nacionales (art. 5 inc. 4, 10, y 20).

b) Al Ministerio de Educación y Cultura le corresponde: "la preservación y conservación del patrimonio artístico, histórico y cultural de la Nación..."(art. 6 inc. 7).

c) Al Ministerio de Transporte y Obras Públicas le corresponde lo concerniente a: (la) "política nacional del transporte y las obras públicas, el régimen y utilización de los cursos de agua de uso público, estudios, operaciones y relevamientos topográficos..." (art. 7 inc. 1, 9, y 10).

d) El Ministerio de Industria, Energía y Minas tiene la responsabilidad de diseñar la "política nacional de la industria, de las fuentes de energía, de los combustibles, el régimen y contralor de las industrias, estudios, operaciones y relevamientos geológicos, régimen y registro de yacimientos, minas y canteras." (art. 8 inc. 1, 2, 4, 5 y 6).

e) Al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, le corresponde el "mejoramiento de las condiciones en que se realiza el trabajo y dignificación del trabajador", lo concerniente al régimen de previsión y atención de los riesgos y accidentes en el trabajo (art. 9 inc. 3 y 14).

f) El Ministerio de Salud Pública debe encargarse de todo lo concerniente a la política nacional de salud, la política sanitaria humana y de fronteras, los servicios de higiene, prevención y asistencia sanitarias, el contralor bromatológico, el régimen de abastecimiento y contralor de medicamentos, drogas y demás productos y elementos para la protección, recuperación de la salud y para la higiene personal, ambiental y la de educación sanitaria de la población.

g) Al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca le corresponde todo lo concerniente a la política nacional agropecuaria y de pesca, la protección y fomento de la ganadería, agricultura y pesca. Además del contralor sanitario e higiénico en lo referente a la actividad pesquera, la conservación, el mejoramiento y la recuperación de los suelos, riego, drenaje y aprovechamiento de las aguas para fines agropecuarios, la tenencia y explotación de la tierra, la protección de la fauna y flora nacionales, el régimen de la caza, pesca

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