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Ley 544-14 de Derecho Internacional


Enviado por   •  19 de Mayo de 2022  •  Monografías  •  652 Palabras (3 Páginas)  •  65 Visitas

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. OBJETO Y ALCANCE

El objeto de la Ley No. 544-14 es la regulación de las Relaciones Privadas

Internacionales, que son aquellas vinculadas a un sistema jurídico extranjero,

ya sea por sus elementos objetivos o bien por los elementos personales de

quiénes conforman la relación jurídica de que se trate. A estos fines, la ley de

marras se enfoca en delimitar tres puntos neurálgicos en materia de conflictos

de leyes: (i) la competencia de los tribunales locales; (ii) el derecho aplicable

a una situación jurídica internacional; y, (iii) el reconocimiento y ejecución de

decisiones extranjeras en nuestro país. Han sido excluidos del alcance de ésta

ley las materias administrativa, arbitral y el procedimiento de quiebra.

Esta ley entró en vigor el diecinueve (19) de diciembre del año dos mil catorce

(2014) y se considera aplicable a todos los procesos iniciados después de la

fecha de su entrada en vigor, sin perjuicio de cualquier derecho adquirido con

anterioridad.

II. PRINCIPALES CONCEPTOS

El concepto principal que introduce es el de Relaciones Privadas Internacionales, pues es la base del ámbito de aplicación de la misma, el cual ya hemos definido precedentemente. Adicionalmente, se definen los siguientes términos:

I) Litigio Internacional: Cualquier litigio que tenga un elemento propio de una

Relación Privada Internacional.

II) Orden Público Dominicano: Comprende

las normativas de nuestro derecho interno

que no pueden ser derogados por las partes.

III) Orden Público Internacional: Conjunto

de principios en que inspiran el ordenamiento

jurídico dominicano y que reflejan los valores

de la sociedad al momento de ser apreciado.

IV) Domicilio: El lugar de residencia habitual.

En el caso de las personas físicas, la ley no

admite más de un domicilio.

V) Residencia Habitual: Para una persona

física, es el lugar de establecimiento principal de facto, considerando las circunstancias

personales o profesionales que demuestren

vínculos duraderos con un lugar específico;

y, para las personas morales, el lugar donde

tienen su sede social, administración central

o actividad principal, considerando a los fines

de su determinación lo establecido en la ley

No. 479-08, Ley General de Sociedades.

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