DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.Ley de Nacionalidad
Monnylú Colín HdzEnsayo11 de Enero de 2017
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U.M.S.N.H
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
NANCY A. COLÍN HERNÁNDEZ
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
LIC. BLANCA E. ROJAS FIGUEROA
SECCIÓN 06
LEY DE NACIONALIDAD
MORELIA, MICH.
ENERO, 2017
INTRODUCCIÓN
Fue el 23 de enero de 1998 cuando el entonces Presidente de la República, Ernesto Zedillo Ponce de León, publicó la Ley de Nacionalidad la cual establece todas las normatividades respecto a la nacionalidad mexicana, obtención de ésta, naturalización así como la dependencia gubernamental encargada de dichos trámites, la cual es la Secretaría de Relaciones Exteriores mejor conocida como SRE por sus siglas.
Dicha ley contiene un total de cuarenta y seis artículos divididos en cinco capítulos más cinco transitorios. Su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación fue el veinte y tres de abril del año dos mil doce, sin embargo actualmente está vigente un Reglamento a la Ley de Nacionalidad el cual fue publicado el veinte y cinco de noviembre del dos mil trece.
Según la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la nacionalidad mexicana puede ser adquirida ya sea por nacimiento o por naturalización, es en esta interpretación donde se reglamentan los principales aspectos de la nacionalidad en los artículos treinta, treinta dos y treinta y siete de la Constitución Mexicana, de los cuales se origina la llamada Ley de Nacionalidad.
En lo que refiere al término “nacionalidad”, según la enciclopedia jurídica, etimológicamente proviene del vocablo nación (natío en latín), palabra que a su vez viene del verbo nacer (nascere en latín), de lo cual se infiere que fue el hecho del nacimiento de las personas lo que dio origen al concepto de nacionalidad, así mismo se describe como el estatus en el que se encuentra una persona por su adscripción a un Estado el cual le crea al adscrito derechos y deberes frente a dicho Estado.
Una vez analizado el concepto de nacionalidad y haber establecido que esta ley regula el estatus social de los mexicanos y quienes vivamos en el territorio nacional es importante mencionar que esta ley indica que hay dos maneras para adquirir la nacionalidad mexicana, una es por medio de nacimiento y la otra por naturalización.
En la primera se establece que son mexicanos por nacimiento las personas que nazcan en territorio de la República Mexicana, sea cual fuera la nacionalidad de sus padres; así como las personas nacidas en el extranjero pero de padres mexicanos nacidos en territorio nacional o de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional; también lo son aquellos que nazcan en el extranjero y sean hijos de padres mexicanos por naturalización, o de padre mexicano por naturalización o de madre mexicana por naturalización; así como los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantiles.
Por otra parte, como se dijo anteriormente, la nacionalidad puede ser adquirida por naturalización; la cual la pueden obtener los extranjeros que obtengan de la Secretaria de Relaciones Exteriores carta de naturalización en el caso de un hombre o mujer extranjeros que contraigan matrimonio con un hombre o mujer mexicano que tenga establecido su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley.
Así mismo en el artículo 32 de la Carta Magna se establece que esta ley también regula los derechos otorgados a mexicanos que posean alguna otra nacionalidad y establece normas para evitar conflictos de doble nacionalidad. Así también, en el artículo 37 se regula el ejercicio de los cargos y funciones para los cuales se requiera ser mexicano por nacimiento y reservados exclusivamente para quienes tengan esa calidad y no adquieran otra nacionalidad; así como las restricciones para pertenecer a cualquiera de las fuerzas armadas mexicanas, ya sea Ejército, Armada de México o Fuerza Aérea, ya que para desempeñar cualquier cargo o función se requiere se mexicano por nacimiento puesto que los mexicanos serán preferidos a los extranjeros para todos los empleos, cargos o comisiones de gobierno en que no sea indispensable la calidad de ciudadano; de esta manera también regula lo establecido en el articulo 37 apartados A y B de la Constitución, relativo a que ningún mexicano podrá ser privado de su nacionalidad, mencionando también la manera de perder la nacionalidad mexicana cuando se ha obtenido por naturalización y cuando se ha obtenido por nacimiento.
Actualmente podemos examinar esta ley desde dos puntos: como una ley que renace y permite nuevos mecanismos para defender y proteger la nacionalidad mexicana así como identificar puntos clave en torno a las políticas migratorias, especialmente con Estados Unidos de Norteamérica. De ahí la importancia de hacer un análisis de esta ley, especialmente en las reformas que han hecho haciendo énfasis al artículo 20, el cual regula el tiempo de residencia que debe demostrar un extranjero para hacerse acreedor de la nacionalidad mexicana.
Desde la época prehispánica tuvo gran importancia la condición del mexicano como raza étnica y dado la colonización y conquista por parte de los Españoles se asentó la importancia de una pertenencia nacional e igualdad de derechos y es en el año 1911 cuando se expidió un decreto que establecía dicha igualdad, estableciéndose el 18 de mayo de 1812 la igualdad de los españoles en ambos hemisferios, y se le dio la calidad de españoles a todos los hombres libres nacidos y resididos en los dominios de la España y los hijos de estos.
Así mismo, en el Edicto de Hidalgo se habla de la valiosa nación americana, llamando a los conciudadanos americanos y exhortándolos a no dejarse seducir por la opresión extranjera. Posteriormente, Ignacio López Rayón aporta elementos para constituir jurídicamente a la patria, mostrando así el interés y preocupación por otorgar al movimiento insurgente armas para construir y desarrollar la nueva patria que se pretendía crear, logrando así que los extranjeros solicitaran la carta de naturalización para disfrutar de los privilegios que sólo los mexicanos tenían.
Años más tarde, con la creación de la Constitución de Apatzingán se define finalmente la esencia del ser humano independiente, haciendo una indulgencia para naturalizar y nacionalizar a los extranjeros que siguieran los requisitos que marcaba la ley. Finalmente, con la publicación del Plan de Iguala, proclamada por Agustín de Iturbide se establecen los términos para la consumación de la independencia.
De igual forma han existido diversos procedimientos reglamentarios como los son el decreto del gobierno sobre Extranjería y Nacionalidad del 30 de enero del año 1854, la Ley de Extranjería y Naturalización del 28 de mayo de 1886, la Ley de Nacionalidad y Naturalización del 5 de enero de 1934 así de misma forma la Ley de Nacionalidad del 21 de junio de 1993; para finalmente dar pie a la actualmente denominada Ley de Nacionalidad publicada como ya se dijo, el 23 de enero de 1998 y entrando en vigor el 20 de marzo de ese mismo año.
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