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Enviado por   •  24 de Octubre de 2012  •  949 Palabras (4 Páginas)  •  230 Visitas

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Garantías Individuales

La palabra garantía proviene de garante; entre sus acepciones destacan "efecto de afianzar lo estipulado" y "cosa que asegura o protege contra algún riesgo o necesidad". Puede decirse que las garantías individuales son "derechos públicos subjetivos consignados a favor de todo habitante de la República que dan a sus titulares la potestad de exigirlos jurídicamente a través de la verdadera garantía de los derechos públicos fundamentales del hombre que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consigna, esto es, la acción constitucional de amparo". Son los derechos fundamentales que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a los individuos y que el Estado debe reconocer y respetar. Las garantías otorgadas por la Carta Magna suelen clasificarse, desde el punto de vista doctrinal, en garantías de igualdad, de libertad y de seguridad jurídica, estas concurren los siguientes elementos

•Relación jurídica de supra a subordinación entre el gobernado (sujeto activo) y el• Estado y sus autoridades (sujetos pasivos).•Derecho público subjetivo que emana de dicha relación en favor del gobernado (objeto).•Obligación correlativa a cargo del Estado y sus autoridades, consistente en respetar el consabido derecho y en observar o cumplir las condiciones de seguridad jurídica del mismo (objeto).•Previsión y regulación de la citada relación por la Ley Fundamental(fuente).Las garantías individuales son derechos inherentes a la persona humana en virtud de su propia naturaleza y de las cosas que el Estado reconoce, respeta y protege mediante un orden jurídico y social que permite el libre desenvolvimiento de las personas de acuerdo con su vocación Los principios constitucionales que rigen a las garantías individuales se ubican en los artículos 133 y 135 de la Constitución Federal. El artículo 133fundamenta el principio de supremacía constitucional, al establecer que la ley fundamental, las leyes emanadas de ella y los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano, constituirán la "Ley Suprema de la Unión". Como las garantías individuales están plasmadas en el texto constitucional, son también supremas, pues se encuentran por encima de la normativa secundaria.

Por otra parte, el artículo 135 dispone que la Constitución mexicana es rígida, en el sentido de que sólo puede ser reformada o adicionada cuando "el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados". La rigidez de las garantías individuales supone que sólo se les podrá alterar cuando se cubran los requisitos que especifica el artículo citado. Las principales características de las garantías individuales son la unilateralidad y la irrenunciabilidad . Son unilaterales porque su observancia está a cargo del Estado, que es el sujeto pasivo de ellas. Los particulares son los sujetos activos de las garantías porque a ellos les toca hacerlas

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