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Myriam Fefer

Lucero AlfaroDocumentos de Investigación25 de Junio de 2022

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El caso Fefer

1. Antecedentes 

1.1 Acusados:

Eva Lorena Bracamonte Fefer: Natural de Lima y sin antecedentes penales ni judiciales.

Liliana Castro Manarelli: Natural de Lima sin antecedentes penales ni judiciales.

Alejandro/Hugo Trujillo Ospina: Natural de Manizales-Caldas, Colombia. Registra condenas en Colombia y Argentina. 

1.2 Testamento

“Además de la herencia que recibiría de su abuelo Enrique Fefer Rotstain, quien en su testamento incluyó a la acusada Eva Lorena Bracamonte Fefer como heredera del tercio de libre disposición, pero que en realidad estaba destinado a su hija Silvia Myriam Fefer Salleres, por lo que al haberse acordado realizar la división y partición de la herencia, la agraviada hizo que su hija, la acusada Eva Lorena Bracamonte Fefer regrese de Israel en junio del año dos mil seis, a quien le indicó que una vez que se proceda a la División y Partición de todos los bienes de la herencia de su abuelo Enrique Fefer Rotstain y se produzca la Escisión de la empresa SIDERAL, ella tendría que entregarle la totalidad de los bienes heredados de su abuelo para que a su vez pueda realizar su testamento y dividir dichos bienes en partes iguales entre la procesada y hermano Ariel Bracamonte Fefer, siendo el caso que la acusada Eva Lorena no quería compartir su patrimonio, por lo que con la acusada Liliana Castro Mannarelli decidieron asesinarla contratando los servicios del acusado Trujillo Ospina” 

1.3 Doble vida 

En 2014 se realizó un interrogatorio hecho por el fiscal Callañaupa a Eva Bracamonte donde se le preguntaba si tenía conocimiento de la doble vida de su madre. En lo que ella contestó lo siguiente: “A los tres días de la muerte de mi madre, Peggy nos sentó en la mesa de la cocina y nos contó. En ese momento mi hermano y yo nos levantamos de la mesa y nos retiramos”

Ante esto hubo críticas de parte de la amiga de Eva Bracamonte, July Naters, alegando que la fiscalía iba contra su propia acusación, ya que estaban reconociendo que la señora Fefer tenía muchos enemigos.

2.  Hechos:

-Los sucesos tuvieron inicio con el estrangulamiento de la señora Myriam Fefer, en el interior de su vivienda durante la madrugada en el distrito de San Isidro el día 15 de agosto del 2006.

 -En enero del 2009, Alejandro Trujillo Ospina (payaso) confiesa a la policía argentina que es el autor del asesinato de Myriam Fefer. En ese mismo año la policía peruana confirma que la sangre hallada en la escena del crimen es de Trujillo Ospina.

-El 9 de septiembre del 2009, Eva Bracamonte y Liliana Castro se entregan a la justicia.

-El 27 de abril del 2010, El señor Trujillo llega a Lima extraditado desde Argentina para ser recluido en el penal Miguel Castro.

-22 de agosto del 2012, Eva Bracamonte desistió de confrontar contra su hermano, Ariel Bracamonte, durante una audiencia.

-11 de septiembre del 2012, Eva Bracamonte y Liliana Castro salen del Penal de Mujeres de Chorrillos por exceso de carcelería. Ellas permanecieron allí durante 36 meses sin sentencia.

-15 de octubre del 2012, La Segunda Sala Penal para Reos en Cárcel condenó a 30 años de prisión efectiva a Eva Bracamonte Fefer por autoría intelectual en el asesinato de su madre. El sicario colombiano Alejandro Trujillo Ospina recibió 35 años de cárcel y Liliana Castro quedó absuelta del crimen.

-17 de mayo del 2013, Eva Bracamonte solicita ante la Corte Suprema de Justicia que se anule el fallo judicial que la condenó a 30 años de prisión.

-05 de junio del 2013, Después de ocho meses de haber sido sentenciada Eva Bracamonte se presenta ante la Corte Suprema para exponer su defensa.

-25 de septiembre del 2013, Eva Bracamonte se presenta en el Palacio de Justicia ante el juez dirimente Segundo Morales Parraguez para ejercer su defensa y dar su posición frente a la condena de 30 años que le impuso la Segunda Sala Penal por el delito de parricidio.

-27 de septiembre del 2013, se informa que la joven será sometida a un nuevo juicio.

-28 de septiembre del 2013, Eva Bracamonte abandonó el Penal de Mujeres de Chorrillos y regresó a su casa, en San Isidro, donde fue asesinada su madre.

-13 de marzo del 2014, el Poder Judicial informa que el lunes 14 de abril inicia el nuevo juicio oral a Eva Bracamonte.

-14 abril del 2014, Eva Bracamonte vuelve a los tribunales para enfrentar un nuevo juicio por el asesinato de su madre.

-24 de marzo de 2015, la 19 fiscalía penal denunció a Eva Bracamonte, su padre Marco Bracamonte y su abogado Pavel Alvarado por falsificación de documentos.

-21 de diciembre de 2015, la Corte Superior de Justicia de Lima programó la fecha de sentencia para Eva Bracamonte para el día 29 de diciembre.

-29 de diciembre de 2015, se declaró inocente a Eva Bracamonte Fefer de los cargos que se le imputan. En el fallo absolutorio se determinó que no hay indicios de motivación económica que acusen a Bracamonte Fefer. 

3. El primer juicio

3.1. Peritaje: 

Dictamen Pericial de Biología forense número 2000603003546: Practicado a Miriam Fefer el 15 de agosto del 2006. negativo para sangre, pelos y piel.

Dictamen Pericial de Biología forense número 3250/06: Inspección bio criminalística efectuada en el inmueble sito en la calle Paul Harris 219 de la urbanización Santa Mónica- San Isidro: efectuada el 26 de septiembre de 2006 sobre las manchas de sangre en el clóset de dormitorio principal. 

Dictamen Pericial de Biología forense número 2071/06: Exceptuando el inmueble del agravia occisa, hallándose lo siguiente: uñas postizas acrílicas de color rojo, con sarro ungueal negativo; sangre: positivo el hecho un ungueal de los dedos primeros y tercero de la mano izquierda negativo para pelos Y/O tejidos orgánicos.

Dictamen Pericial Toxicológico- Dosaje Etílico número 1168/2006: Practicado a la víctima, con resultado negativo alcohol y drogas.

Dictamen Pericial por restos de disparo por arma de fuego número 716/2006: Practicado a la víctima con resultado negativo para plomo, antimonio y bario.

Dictamen Pericial balístico Forense número 493/2006: Consigna que el cadáver no presentaba características de interés balístico, se halló una pistola calibre 25 sin características haberse utilizado al costado de la cama.

Dictamen Pericial dactiloscópico número 147/2006: Afirma que se ha determinado técnica y científicamente que no existe identidad dactilar entre las muestras debitadas, demostrándose que ambas muestras estelares provienen de personas diferentes.

Pericia de inspección criminalística número 60906 obrante a folios 588/592 contenida en el Tomo 1 de los autos principales por parte de los peritos Jean Robert Garrido mesa y Luis Alberto Ayala Estrada quienes afirmaron que al llegar a las 11:00 h del día 15-08 de la mañana al proceder la infección criminalística en los interiores y Exteriores del domicilio no se encontró nada fuera de lo común sin embargo les llamó la atención una puerta que estaba adyacente al parque el cual no estaba forcejeada pero se notaba que estaba abierta recientemente y escena alterada, según versión de los familiares de la víctima.

Dictamen pericial Dactiloscópico número 136-DEPMON: Practicado al acusado Hugo Armando Trujillo Ospina homologando sus huellas con la que obra en su pasaporte, con ello podemos afirmar que el vaso de vidrio transparente recogido en el interior del inmueble, así como del libro son indudablemente la huella dactilar De Alejandro Trujillo.

Dictamen pericial de Psicología Forense número 403/2006: Practicado a la acusada Eva Lorena Bracamonte, que concluye, no presenta trastorno psicopatológico que le impida percibir la realidad, denota rasgos de inmadurez, inestabilidad emocional e inseguridad, desconfianza y temor, le falta afecto familiar y sufre de dependencia.

Dictamen Pericial de Psicología Forense número 419/2006: para picado Ariel Rodrigo bracamonte, concluye que, no presenta trastorno psicopatológico que le impidan percibir la realidad, sabe controlar sus emociones y actúa con serenidad; tiende a la rigidez emocional, siendo insensible.

Dictamen pericial de Psicología forense número 066896-2009-PSC practicada a la acusada Liliana Castro, concluyendo, no presenta indicadores psicopatológicos, se denota individualista, alto disimulo social, egocentrismo.

Dictamen pericial de Medicina forense número 3867/06 practicado a Eva Lorena bracamonte el 23 de agosto de 2006 concluye que, no presenta lesiones externas

Dictamen pericial de Medicina forense número 3909/06 practicado a la acusada Liliana Castro, concluyendo que, presenta lesiones contusas recientes en mucosa, la vía región del cuello, en mamás y miembro inferior izquierda.

Dictamen Pericial de Medicina forense número 3894/06 practicado a Ariel Rodrigo Bracamonte el 24 de agosto del 2006, concluye que, no presenta heridas recientes.

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