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Objetivos de la Investigación


Enviado por   •  30 de Octubre de 2013  •  3.347 Palabras (14 Páginas)  •  405 Visitas

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REPUBLICA DOMINICANA

Universidad Autónoma de Santo Domingo

(UASD)

Unidad de Post- Grado

Impacto de la Resolución 517-07 en registro inmobiliario respecto a la transferencia inmobiliaria. (Mensura, catastro y venta).

Sustentado por:

Greysa M. Méndez

Domingo A. Tavarez

Ramón A. Santana Montás

Servio R. Rondón Cedeño

Miguel A. Rodríguez

Pedro A. Espiñal

Maestra:

Matilde Otero Núñez

Salvaleón de Higüey,

Octubre, 2013

Impacto de la Resolución 517-07 en registro inmobiliario respecto a la transferencia inmobiliaria.

(Mensura, catastro y venta).

Índice

Introducción

Capítulo I: Generalidades.

1.1 Planteamiento del Problema

1.2 Objetivos de la Investigación

1.2.1 Objetivo General.

1.2.2 Objetivos Específicos.

1.3 Metodología

1.3.1 Tipo de Investigación.

1.3.2 Métodos de Investigación.

Capítulo II: Impacto de la Resolución 517-07 en registro

Inmobiliario

2.1 Las Constancias Anotadas.

2.2 Resolución 517-07.

2.3 Inmuebles Registrados y Constancias Anotadas.

2.4 Clasificación de las Parcelas y el Deslinde.

2.5 Partición de titulares de Constancias Anotadas.

2.6 Certificado de Título vs Carta Constancia.

Conclusión

Bibliografía

Introducción

La constancia anotada es uno de los mayores problemas que confronta la jurisdicción inmobiliaria en la República Dominicana, y la causa principal de la tardanza de los procesos de transferencias y operaciones de tierras que se realizan en el Registro de Títulos.

Existen personas con grandes extensiones de tierras que no tienen plano, otras con planos donde figura más terreno que el existente; parcelas con títulos falsificados, y procesos de expropiación no culminados, lo que dificulta la titulación de los bienes registrados.

Hay parcelas en donde se han verificado que se han vendido cantidades de tierras, mayor que las que contiene dicho instrumento legal.

Muchas personas con ese problema comenzaron a vender pedazos de tierra dentro de su parcela, creándose el caos que hoy existe en todo el territorio nacional.

Cada ente del sistema inmobiliario ha asumido la responsabilidad que nos impone la Ley No. 108-05 en su artículo 129, en lo relativo a la no emisión de nuevas constancias anotadas y que las que están ya expedidas, pues se iban a controlar y reducir desde el punto de vista de los procedimientos que se han establecido de forma reglamentaria. Precisamente con ese objetivo se creó la Resolución No. 517-07.

Ha sido una de las resoluciones más importantes como normativa complementaria que tiene la Ley No. 108-05. En esa resolución se describe el concepto de constancia anotada y por qué debe ser controlada y reducida su emisión. Dicha resolución, como medida transitoria, dispuso un plazo de gracia para ejecutar todas las transferencias parciales sustentadas en certificados de títulos o en constancias anotadas.

Capítulo I: Generalidades.

1.1 Planteamiento del Problema

Con la Resolución No. 355-09 sobre Regularización Parcelaria y Deslinde se estableció el final del plazo de gracia establecido por la Resolución No. 517-07 para evitar el limbo jurídico de aquellos que no inscribieron sus operaciones en los plazos establecidos en el sentido del reconocimiento del derecho, de contratos hasta el 23 de marzo de 2009, con la condición de que las transferencias fueran sometidas con su correspondiente procedimiento técnico de deslinde, dándole así cumplimiento al artículo 108 de la Ley No. 108-05, el cual establece que todo derecho que se vaya a ejecutar, registralmente hablando, debe estar sustentado en un acto de levantamiento parcelario. Se creó además esa política que tiene dos vertientes:

• Darle la oportunidad a todo aquel que tiene un derecho por registrar de que lo ejecute, de que la Jurisdicción Inmobiliaria le reconozca ese derecho también;

• La reducción de las constancias anotadas para que cada derecho naciente lo haga con su respectivo certificado de título.

La Resolución No. 355-2009 sobre Regularización Parcelaria y Deslinde, si bien tiene el objetivo de erradicar las constancias anotadas, la misma determinó como vencimiento del plazo de gracia la fecha del 23 de marzo de 2009, lo que prohíbe la aceptación de toda transferencia sustentada en constancia anotada posterior a esta fecha. Pero sucede que en el país tenemos muchos derechos con posesiones ilegales y grandes extensiones de terreno de compañías y de personas físicas que están ocupadas por personas en porciones más pequeñas.

1.2 Objetivos de la Investigación

1.2.1 Objetivo General:

• Determinar la incidencia de la Resolución

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