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Organismos Constitucionales Autónomos del Estado


Enviado por   •  1 de Marzo de 2014  •  Tutoriales  •  5.860 Palabras (24 Páginas)  •  290 Visitas

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“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

Alumna:

Shaira Janina Viera Sarango

Grado:

5° de secundaria

Profesor:

Manuel Arévalo Alburqueque

Curso:

Educación Cívica

Tema:

Organismos Constitucionales Autónomos del Estado

Año:

2013

Piura - Peru

INDICE

1. Jurado Nacional de Elecciones (JNE)……………………………………….3

2. Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)………………………..5

3. Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)…………….7

4. Tribunal Constitucional (TC)………………………………………………….9

5. Ministerio Publico – Fiscalía de la Nación (MP)…………………………..11

6. Consejo Nacional de la Magistratura (CNM)………………………………12

7. Banco Central de Reserva del Peru (BCRP)……………………………...14

8. Contraloría General de la República (CRP)……………………………….16

9. Defensoría del Pueblo (DEPU)……………………………………………..17

10. Superintendencia de Banca y Seguros (SBS)…………………………….19

ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL ESTADO

Dentro de la estructura del Estado, los denominamos poderes del Estado tiene una gama de atribuciones, junto con ellos se hacen necesario la participación de ciertos organismos que colaboren y en ciertos casos controlen la actividad de los poderes y otras instituciones, con el fin de que se cumpla lo establecido en la Constitución y las leyes.

Así dentro de la Constitución se va a plantear la existencia de los organismos constitucionales autónomos, que teóricamente no depende de otro órgano más que de su propia ley orgánica.

Conjunto de instituciones creadas por la Constitución que comparten atribuciones con los poderes del Estado, Sin subordinarse a ellos, siendo su ámbito de operaciones más especializados y concentrado, entre estas tenemos.

1. JURADO NACIONAL DE ELECCIONES(JNE):

a) RESEÑA HISTORICA:

Al inicio de la época republicana no existió un verdadero órgano rector de las elecciones populares. El Estatuto Electoral aprobado con Decreto Ley Nº 7177 de mayo de 1931, acorde con los nuevos aires democráticos, instituye al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) con la finalidad de que ejerza supervigilancia de las elecciones, del Registro Electoral Nacional y, en general, de todos los actos inherentes a las elecciones de presidentes y representantes al Congreso, dándosele plena autonomía.

El JNE se instaló por primera vez el 22 de septiembre de 1931, desde su inicio tuvo una conformación colegiada, que denota la importancia de su institucionalidad y la envergadura de la función asignada. Desde entonces, son 20 los magistrados que han presidido el Pleno del JNE, incluyendo a su actual Presidente, el doctor Francisco Távara Córdova.

En la Constitución de 1933 se distingue la autonomía de un poder electoral, independiente del ejecutivo, legislativo y judicial, configurándose en un poder garante de la voluntad popular y libre de cualquier interferencia. La Constitución de 1979 incorpora al JNE dentro de la estructura del Estado.

Con la Constitución del año 1993, en un contexto muy cuestionado y sin consenso, se fragmentó al JNE que era el único organismo electoral; desglosándose algunas de sus funciones y creándose otros dos organismos: el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, al que se le asignó la función de inscripción de los hechos y actos relativos a la capacidad y estado civil de las personas naturales, preparación y mantenimiento del padrón electoral, emisión de los documentos de identidad, etc.; y la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a la que se le dio la función de organizar los procesos electorales, elaborar y diseñar la cedula de sufrago, entregar los materiales necesarios para el escrutinio, etc. Estos organismos son dirigidos por sus respectivos jefes nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura.

El JNE es un organismo comprometido con el fortalecimiento de nuestro sistema democrático, se encuentra al servicio de la ciudadanía bajo los principios rectores de imparcialidad, independencia, transparencia y eficacia.

b) FUNCIONES:

 Transformación política.- Como institución líder en materia electoral, el JNE busca promover iniciativas vinculadas a los cambios que el sistema político actual requiere para fortalecer la democracia en nuestro país.

 Gobernabilidad democrática.- El JNE promueve la construcción de lazos que disminuyen el distanciamiento entre el Estado, en sus distintos niveles, y la sociedad, facilitando una mayor cohesión social para la estabilidad democrática.

 Gestión electoral.- El JNE implementa acciones y herramientas vinculadas al funcionamiento del Sistema Electoral, para desarrollar sus funciones de una manera más eficaz y eficiente.

c) ELECCION DE INTEGRANTES:

Es un organismo constitucionalmente autónomo de competencia a nivel nacional, cuya máxima autoridad es el Pleno, integrado por cinco miembros, que son elegidos en diferentes instancias; su Presidente es elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema, los miembros son elegidos, uno por la Junta de Fiscales Supremos, uno por el Colegio de Abogados de Lima, uno por los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas y uno por los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Privadas. Su conformación colegiada y la forma

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