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PRINCIPIOS DEL DERECHO NOTARIAL


Enviado por   •  10 de Mayo de 2015  •  342 Palabras (2 Páginas)  •  388 Visitas

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Entre los principios propios del derecho notarial, que se aplican también a la jurisdicción voluntaria, están los siguientes:

De la forma: este nos indica el procedimiento a seguir cuando se está documentando, ya que se debe perseguir una forma determinada al redactar actas y resoluciones notariales, estas últimas aunque son de redacción discrecional, tienen requisitos mínimos y un orden lógico.

De inmediación: En todos los asuntos de jurisdicción voluntaria el notario debe estar en contacto directo con los requirentes o solicitantes, con los hechos y actos que se producen dando fe de ello.

De rogación: Es un principio esencial para que se ponga en marcha la actividad notarial, si no hay rogación, no hay intervención notarial. El notario no actúa de oficio.

Del consentimiento: Este es un requisito esencial y debe estar libre de vicios, si no existe el consentimiento, no debe haber actuación notarial. La ratificación y aceptación queda plasmada mediante la firma en el documento, siendo ésta la forma de plasmar el consentimiento.

Seguridad jurídica: Por la fe pública que tiene el notario, los actos que legaliza se tienen por ciertos existe certidumbre o certeza. Se basa en la norma general que los documentos autorizados por notario producen fe y hacen plena prueba (salvo el derecho de las partes de redargüirlos de nulidad o de falsedad), según el Artículo 186 del Código procesal civil y mercantil.

Autenticación: La intervención y autorización del notario, con la firma y sello registrados, le da autenticación a los actos que documenta.

Fe pública: “en definitiva: puede preceptivamente afirmarse que la fe pública: es un principio real de derecho notarial, pues viniendo ser como una patente de crédito que se necesita forzosamente para que la instrumentación pública sea respetada y tenida por cierta...”.

Publicidad: Los actos que autoriza el notario son públicos, por medio de la autorización notarial se hace pública la voluntad de la persona.

Este principio tiene total aplicación en los asuntos de jurisdicción voluntaria, ya que todo lo que se documenta y resuelve es público, teniendo el notario la obligación de expedir testimonios o certificación de lo actuado

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