Para obtener el concepto de Derecho Aduanero se tomaron las definiciones de doce autores nacionales y extranjeros.
sarahi moralseEnsayo13 de Noviembre de 2017
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DESARROLLO
Para obtener el concepto de Derecho Aduanero se tomaron las definiciones de doce autores nacionales y extranjeros.
A mi criterio me quedo con la definición de PEDRO FERNANDO LALANNE, que dice: las normas legales y reglamentos que determinan el régimen fiscal al cual deben someterse los importadoras, exportadores, agentes marítimos, despachantes de aduanas, y en general quienes realicen operaciones con mercaderías a través de las fronteras de la Republica, por las vías marítimas, aéreas, terrestres y postales.
Con la unión de las características de las definiciones de los autores, se formuló la siguiente definición de derecho aduanero: es el conjunto de normas jurídicas que regulan, por medio de un ente administrativo, las actividades o funciones del estado en relación con el comercio exterior de mercancías que entren o salgan en sus diferentes regímenes al o del territorio aduanero, así como los medios y tráficos en que se conduzcan y las personas que intervienen en cualquier fase de la actividad o que violen las disposiciones jurídicas.
Se analizaron los elementos de la definición el primero que es “conjunto de normas jurídicas”. Todo derecho de acuerdo a lo que dice EDUARDO GARCIA MAYNEZ en sentido del objetivo, es un conjunto de normas, trátese de preceptos imperativos-atributivos, es decir de reglas que además de imponer derechos concede facultades, el segundo elemento es el ente administrativo y ese ente es la aduana, para Rafael Bielsa dice que la aduana es el órgano de administración publica por principal(no único objeto percibir los derechos fiscales de importación y exportación y hacer cumplir las disposiciones prohibitivas y de reglamentación del comercio internacional. Pedro Fernández Lalanne afirma que la aduana constituye uno de los más importantes atributos de la soberanía de la nación. Es el medio de Ejercer el poder de la Policía Fiscal en todo cuando se relaciona con la importación exportación y tránsito de mercancías por sus fronteras. Conforma la glosario de términos aduaneros latinoamericanos la aduana es el organismo encargado de aplicar la legislación relativa a la importación y exportación de mercaderías y a los otros registros aduaneros, de percibir y hacer percibir los gravámenes que les sean aplicables y cumplir las funciones que les sean encomendadas. En la tesis profesional las aduanas de México se entienden por aduana al órgano de la administración pública establecida por el ejecutivo federal autorizado para controlar el comercio exterior en las limitaciones y prohibiciones que la leyes fijan a las mercancías percibiendo los impuestos que se generan y regulan la economía nacional.
En referencia a las actividades o funciones del estado relacionadas con el comercio exterior de mercancías entren o salgan en sus diferentes regímenes del territorio aduanero, las actividades o funciones de Estado se dividen en principales y secundarias dentro de las primeras se señalan: la actividad fiscal, económica, control de riesgo y la social, para las actividades secundarias se encuadran en el derecho positivo las siguientes actividades: actividad de higiene publica, vigilancia, financiera, internacional.
Las actividades se encuadran a nuestro Derecho Aduanero Nacional.
La actividad fiscal se encarga de cumplirla el Estado, su objetivo es la recaudación de las contribuciones al comercio exterior, como una forma de obtener ingresos así se cumpla la función. La actividad económica ser materializa cuando el fin fiscal de las contribuciones a un segundo término y las disposiciones aduaneras son utilizadas como normas protectoras de la industria, el comercio y la agricultura nacional. La actividad de control de riesgo, busca establecer medidas de control para identificar el riesgo a través de un sistema inteligente que analice a la introducción o extracción de mercancías a lo del territorio aduanero mexicano, para cumplir con esta actividad la aduana tiene que contar con tecnología avanzada para utilizar el control a través de sistemas electrónicos automatizados. La actividad social prevalece sobre la actividad fiscal y económica, como en el caso de la creación de francas, puertos libres, las cuales se ha dado como una forma de desarrollo social más equilibrado de las comunidades que habitan dichas zonas y una redistribución más ordenada de la población.
En las actividades secundarias se hablan de la higiene publica, que consiste en impedir la entrada a productos nocivos a la salud o que por alguna circunstancia entes infectados, adulterados o contengan plagas que perjudiquen a la flora o fauna del país. La actividad de vigilancia, debe existir un cuerpo denominado policía fiscal, el cual su función será vigilar el cumplimiento de las actividades que anteriormente mencione, además que debe prevenir y combatir las violaciones de las normas aduaneras. La actividad financiera está enfocada al equilibrio de la balanza comercial de pago fijando los montos máximos de los recursos financieros aplicables a las importaciones la capacitación de divisas a través de las exportaciones. La actividad internacional tiene como finalidad la integración del país a la comunidad internacional. A través de convenios de comercio exterior que celebre el país mencionado el caso del TLCAW.
La regulación de los medios a los que se hace alusión son los sistemas de transportación que se utilizan para trasladar mercancías y personas, que entren o salgan del territorio nacional, quienes deberán de cumplir con las normas aduaneras en las que sean aplicables.
Respecto a los tráficos son: el marítimo, terrestre, aéreo, postal, fluvial, los cuales están regulados dentro del conjunto de normas del derecho aduanero.
A las personas que intervienen en la actividad son .los importadores y exportadores llamados también: consignatarios, agentes aduanales, responsables solidarios y conductores de los diversos medios de transporte, y como último a quienes violen o incumplan las disposiciones legales en virtud del poder coercitivo del derecho se les aplicará las sanciones correspondientes.
La naturaleza jurídica del derecho aduanero se afirma que el derecho público es el que mira al Estado de la cosa romana y el derecho privado el que se refiere al interés de los particulares. Es del Derecho Público cuando las normas tutelan el interés colectivo, y cuando cuidan el interés particular son de Derecho Privado.
Thöm sostiene la distinción entre derecho público y derecho privado fundada en la naturaleza de la tutela protectora de cada norma y para Maggiore la distinción entre Derecho Público y privado está en el proceso de subjetivación del Derecho. Kelsen afirma que la diferencia está en la forma de crear la norma, si es creada por un principio de autonomía, será de derecho privado, pero si su principio es de heteronimia será de derecho público, para concluir el derecho aduanero es derecho público, porque el sujeto esencial y dominante de la relación jurídica es el Estado; sus disposiciones son de orden público y no pueden ser modificadas por los particulares, la naturaleza de sus normas son de integración y subordinación jurídica; existiendo en una legislación especial que regula la relación con este Derecho.
La autonomía del derecho aduanero me quedo con la de Ariosel D. Gonzales, quien fue el primer autor que incluyó el concepto de autonomía del derecho aduanero en el derecho positivo, concluyo que “El derecho Aduanero tiene una especificad dogmática y orgánica que lo sitúa en el plano de un derecho autónomo, regido por principios y normas propias”.
La relación del Derecho Aduanero con otras disciplinas jurídicas; el derecho constitucional aduanero, son normas que pertenecen al derecho constitucional, que regulan la materia aduanera como son: la facultad privativa de la federación de establecer impuestos al comercio exterior, la facultad de la federación de gravar, restringir o prohibir la importación, exportación o tránsito de mercancías. Son normas del Derecho Administrativo al aportar los servicios propios de la actividad de la Administración Pública hacen que se materialicen las funciones aduaneras, así como establecer los órganos o dependencias del Estado que se encargan de recaudar los impuestos al comercio exterior.
Para el derecho fiscal aduanero, se relacionan la teoría de las contribuciones, definiciones de los impuestos al comercio exterior, los recursos de los particulares frente a los actos de autoridad aduanera, los procedimientos contenciosos, regulación de un delito de contrabando. El derecho financiero que se relacionan con el Aduanero, como es el caso de fijar los montos máximos de recursos financieros para importación de mercancías, la regulación de la balanza de pago y de comercio.
El derecho penal será en la aplicación de principios generales para penar todo acto o hecho contrario a la ley aduanera. El derecho Internacional que se relacionan con el derecho aduanero para establecer, zonas de integración aduanera, como son: aéreas de libre comercio, uniones aduaneras, mercados comunes, tratados bilaterales o multinacionales para crear organismos internacionales por ejemplo: La OMC (Consejo de cooperación aduanera de Bruselas).
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