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Patrimonio Cultural y natural


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2019  •  Documentos de Investigación  •  807 Palabras (4 Páginas)  •  154 Visitas

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     UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS[pic 1][pic 2]

“Francisco García Salinas”

UNIDAD ACADÉMICA DE HISTORIA

Programa de licenciatura

7º Semestre

                                                             Comentario 1

Patrimonio cultural

Alumna: Yeranui Alicia Kaloyan Padilla

Docente: Dr. Óscar Edilberto Santana Gamboa

Tijuana, B.C 04/ septiembre /2019

Introducción

El patrimonio cultural y natural, debe de ser conservado y cuidado por la humanidad, ya que constituyen un legado para las futuras generaciones y, en caso de perderse es insustituible El presente son las leyes establecidas por la UNESCO para poder llevarlo a cabo.

La Convención para sobre la protección del patrimonio cultural y natural, se llevó a cabo en la ciudad de París del 17 de octubre al 21 de 1972.  En esta convención se determinó que el patrimonio cultural de la humanidad se encuentra seriamente en peligro debido a muchas causas entre ellas el deterioró por el tiempo, lo que hace que este se pierda irremediablemente, se tienen que tomar entonces varias medidas para la protección de este, sino se perdería de forma irremediable.

Esta ley está dividida en ocho secciones, y cada una de ellas está formada por una serie de artículos, siendo un total de 38.

La sección I básicamente establece cuales son las definiciones de patrimonio cultural; que pueden ser monumentos, obras arquitectónicas, esculturas, pinturas, entre otros; conjuntos o grupos de construcciones y cualquier obra realizadas por el hombre que se considere excepcional desde el punto de vista histórico.  Se define el patrimonio natural, las cuales como su nombre lo indica, realizados por la naturaleza, que pueden ser formaciones geológicas y fisiográficas

La sección II hace mención, de que cada estado o región deberá de identificar, proteger y conservar, rehabilitar las zonas consideradas como patrimonio cultural para poder legar a futuras generaciones; además los diferentes estados deberán de garantizar la protección a través de políticas y establecer servicio para la protección, además de realizar estudios e investigaciones; tomar medidas jurídicas, científicas, técnicas adecuadas para la conservación. Se respetará la soberanía de cada estado.

Sección III, formación de comité intergubernamental de protección del patrimonio cultural y natural.  el cual estará formado por varios estados que se deben de elegir para cierto número de años y deberán asistir representantes del Centro Internacional de estudio para la conservación y restauración de los bienes culturales, un representante del Consejo Internacional de monumentos y lugares de interés artístico e histórico (ICOMOS), otro representante de la Unión Internacional para la conservación de la naturaleza y sus recursos (UICN)

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